R 297-2026-ESSALUDR_297_2026_ESSALUD

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000297-PE-ESSALUD-2026

Ratifican el Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025 de ESSALUD

[+] Datos Generales
20260319Legislacion
Fecha de Promulgación :19/03/2026
Fecha de Publicación :19/03/2026
Entrada en vigencia :20/03/2026
Estado :
Comentario:
Publicada en Edición Extraordinaria, distribuida con el diario oficial El Peruano el 20/03/2026.

[+]

Lima, 19 de marzo de 2026

VISTOS:

El Memorando N° 000430-GCPP-ESSALUD-2026, el Memorando N° 000342-GCPP-ESSALUD-2026, el Informe N° 000042-GPRE-GCPP-ESSALUD-2026 y el Memorando N° 000017-2026-GPC-GCPP-ESSALUD-2026 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Nota N° 000561-GCAJ-ESSALUD-2026, la Nota N° 000441-GCAJ-ESSALUD-2026 y el Informe N° 000204-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2026 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; y la Nota N° 000050-GG-ESSALUD-2026 y el Memorando N° 000666-GG-ESSALUD-2026 de la Gerencia General; el Acuerdo N° 06-5-ESSALUD-2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), en concordancia con el artículo 39 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la precitada Ley, le compete al Consejo Directivo el aprobar el Balance General y la Memoria Anual así como el Presupuesto Anual que presenta el Presidente Ejecutivo, y disponer su remisión a las entidades correspondientes, así como la respectiva publicación;

Que, con fecha 04 de diciembre de 2025, se publicó la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en la cual se dispuso un régimen especial para la aprobación del PIA y PIM del Seguro Social de Salud - ESSALUD;

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 establece que: “1. De manera excepcional, a partir de la publicación de la presente ley y durante el Año fiscal 2026, se suspende la aplicación de toda normativa emitida por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, que establezca requisitos o procedimientos adicionales para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de EsSalud. 2. Se faculta a EsSalud para aprobar mediante acuerdo de Consejo Directivo, ratificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva, el PIA y las modificaciones presupuestarias que den lugar al PIM. Dichas resoluciones deberán ser publicadas en el diario oficial El Peruano y puestas en conocimiento al FONAFE, a la Contraloría General de la República, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, dentro de los 5 días de aprobada la Resolución”;

Que, mediante el Acuerdo N° 11-10E-ESSALUD-2024 del 13 de diciembre 2024, el Consejo Directivo de ESSALUD ratificó el Presupuesto Institucional del Seguro Social de Salud- ESSALUD 2025 con el monto de S/ 17,477,674,795, y aprobó el presupuesto a nivel Desagregado de ESSALUD, en base al Presupuesto aprobado por el FONAFE con Acuerdo de Directorio N° 002-2024/014-FONAFE;

Que, en la Décimo Primera Sesión Extraordinaria del 18 de diciembre de 2025, mediante Acuerdo N° 07-11E-ESSALUD-2025 el Consejo Directivo aprobó el Presupuesto Institucional Modificado del 2025 de ESSALUD;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 001303-PE-ESSALUD-2025, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 18 de diciembre del 2025, se ratificó el Presupuesto Institucional Modificado del 2025 de ESSALUD, aprobado por el Consejo Directivo de ESSALUD mediante Acuerdo N° 07-11E-ESSALUD-2025;

Que, en la Quinta Sesión Ordinaria del 10 de marzo de 2026, mediante el Acuerdo N° 06-5-ESSALUD-2026, el Consejo Directivo aprobó, entre otros, el Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025 de ESSALUD;

Que, de conformidad con los artículos 12 y 13 del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1183-PE-ESSALUD-2025, la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD, preside el Consejo Directivo y ejerce la conducción general de los órganos centrales y desconcentrados de la institución y tiene entre sus funciones expedir resoluciones de presidencia ejecutiva en los asuntos de competencia de ESSALUD y las demás que le confiera la Ley y otras normas legales;

Que, de conformidad con el artículo 38 y 43 del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Gerencia de Presupuesto, es responsable del sistema nacional de presupuesto público en la entidad; conduce el proceso presupuestario, en sus fases de programación, formulación, aprobación, control de la ejecución y evaluación, así como supervisa la calidad del gasto en la institución;

Que, en el marco de sus competencias, mediante Memorando N° 000342-GCPP-ESSALUD-2026 e Informe N° 000042-GPRE-GCPP-ESSALUD-2026, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto sustenta la propuesta de Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025, señalando, entre otros, que ha sido formulado en concordancia con las prioridades estratégicas institucionales, asegurando la disponibilidad de recursos para la continuidad y calidad de las prestaciones de salud y económicas brindadas a los asegurados y sus derechohabientes, sobre la base de la información consolidada al cierre presupuestal del ejercicio 2025;

Que, asimismo, mediante Memorando N° 000430-GCPP-ESSALUD-2026, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto remite el expediente correspondiente para la ratificación del Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025 de ESSALUD aprobado por el Consejo Directivo;

Que, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, mediante Nota N° 000441-GCAJ-ESSALUD-2026 e Informe N° 000204-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2026, consideró legalmente viable que el Consejo Directivo apruebe el Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025, sobre la base de la documentación sustentatoria remitida por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y del marco normativo vigente, precisando que dicha aprobación debe efectuarse con observancia de lo dispuesto en la Ley N° 32513, para su posterior ratificación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; asimismo, mediante la Nota N° 000561-GCAJ-ESSALUD-2026, señala que resulta legalmente viable la ratificación del Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025 de ESSALUD mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 32513;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Consejo Directivo, entre otros, aprobar el Presupuesto Anual de la Institución;

Con los vistos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y,

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas,

SE RESUELVE:

Artículo 1.- RATIFICAR el Presupuesto Institucional Modificado II del Año Fiscal 2025 de ESSALUD, aprobado por el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 06-5-ESSALUD-2026, conforme a la siguiente estructura y monto en Soles:

PARTIDAS Y RUBROSMONTOExpresado enS/
 
1. INGRESOS17,802,394,486
1.2. Venta de Servicios16,722,482,881
- Aportaciones de Asegurados16,451,159,342
- Ley N° 30478 (Aportes 4.5% AFP)231,324,576
- Prestaciones a No Asegurados19,650,117
- Otros20,348,846
1.3. Ingresos Financiero212,358,246
1.4. Ingresos por Participaciones o Dividendos456,701
1.6. Otros867,096,658
2. EGRESOS16,779,932,624
2.1. Compra de Bienes2,730,269,035
2.1.1 Insumos y suministros2,539,265,587
2.1.2 Combustibles y lubricantes25,602,493
2.1.3 Otros165,400,955
2.2. Gasto de Personal8,821,612,311
2.2.1 Sueldos y Salarios (GIP)6,652,115,695
2.2.1.1 Básica (GIP)1,200,067,899
2.2.1.2 Bonificaciones (GIP)3,687,633,166
2.2.1.3 Gratificaciones (GIP)798,475,498
2.2.1.4 Asignaciones (GIP)339,574,518
2.2.1.5 Horas Extras (GIP)305,508,911
2.2.1.6 Otros (GIP)320,855,703
2.2.2 Compensación por tiempo de Servicio (GIP)541,403,625
2.2.3 Seguridad y previsión Social (GIP)444,820,031
2.2.4 Dietas del Directorio (GIP)480,000
2.2.5 Capacitación (GIP)4,679,441
2.2.6 Jubilaciones y Pensiones (GIP)376,545,061
2.2.7 Otros gastos de personal (GIP)801,568,458
2.2.7.1 Refrigerio (GIP)769,255
2.2.7.2 Uniformes (GIP)178,976,500
2.2.7.3 Asistencia Médica (GIP)-
2.2.7.4 Seguro complementario de alto riesgo (GIP)26,087,608
2.2.7.5 Pago de indem. por cese de relac. lab. (GIP)-
2.2.7.6 Incentivos por retiro voluntario (GIP)-
2.2.7.7 Celebraciones (GIP)-
2.2.7.8 Bonos de Productividad (GIP)552,082,456
2.2.7.9 Participación de trabajadores (GIP) 
2.2.7.10 Otros (GIP)43,652,639
2.3. Servicios Prestados por Terceros4,274,659,695
2.3.1 Transporte y almacenamiento194,859,098
2.3.2 Tarifas de servicios públicos141,927,077
2.3.3 Honorarios profesionales (GIP)744,349,750
2.3.3.1 Auditorías (GIP)2,886,939
2.3.3.2 Consultorías (GIP)1,486,110
2.3.3.3 Asesorías (GIP)-
2.3.3.4 Otros servicios no personales (GIP)739,976,701
2.3.4 Mantenimiento y Reparación221,999,939
2.3.5 Alquileres51,347,132
2.3.6 Serv. de vigilancia, guardianía y limp. (GIP)465,320,654
2.3.6.1 Vigilancia (GIP)235,149,000
2.3.6.2 Guardianía (GIP)-
2.3.6.3 Limpieza (GIP)230,171,654
2.3.7 Publicidad y Publicaciones645,567
2.3.8 Otros2,454,210,478
2.3.8.1 Servicio de mensajería y correspondencia (GIP)1,209,399
2.3.8.2 Prov. de personal por coop. y services (GIP) 
2.3.8.3 Otros relacionados a GIP (GIP)653,032,331
2.3.8.4 Otros no relacionados a GIP1,799,968,748
2.4. Tributos4,015,049
2.4.1 Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF 
2.4.2 Otros impuestos y contribuciones4,015,049
2.5. Gastos Diversos de Gestión949,376,534
2.5.1 Seguros67,509,792
2.5.2 Viáticos (GIP)13,347,058
2.5.3 Gastos de Representación-
2.5.4 Otros868,519,684
2.5.4.1 Otros relacionados a GIP (GIP)-
2.5.4.2 Otros no relacionados a GIP868,519,684
RESULTADO DE OPERACIÓN1,022,461,862
3. GASTO DE CAPITAL628,455,980
3.1 Presupuesto de Inversiones - FBK427,523,225
3.1.1 Proyecto de Inversión365,985,110
3.1.2 Gastos de capital no ligados a proyectos61,538,115
3.2 Inversión Financiera200,932,755
3.3 Otros-
4. INGRESOS DE CAPITAL-
4.1 Aportes de Capital-
4.2 Ventas de activo fijo-
4.3 Otros-
5. TRANSFERENCIAS NETAS-142,403,663
5.1 Ingresos por Transferencias-
5.2 Egresos por Transferencias142,403,663
 
RESULTADO ECONÓMICO251,602,219
6. FINANCIAMIENTO NETO-
6.1 Financiamiento Externo Neto-
6.1.1. Financiamiento largo plazo-
6.1.1.1 Desembolsos-
6.1.1.2 Servicios de Deuda-
6.1.1.2.1 Amortización-
6.1.1.2.2 Intereses y comisiones de la deuda-
6.1.2. Financiamiento corto plazo-
6.1.2.1 Desembolsos-
6.1.2.2 Servicio de la Deuda-
6.1.2.2.1 Amortización-
6.1.2.2.2 Intereses y comisiones de la deuda-
6.2 Financiamiento Interno Neto-
6.2.1. Financiamiento Largo Plazo-
6.2.1.1 Desembolsos-
6.2.1.2 Servicio de la Deuda-
6.2.1.2.1 Amortización 
6.2.1.2.2 Intereses y comisiones de la deuda 
6.2.2. Financiamiento Corto Plazo-
6.2.2.1 Desembolsos 
6.2.2.2 Servicio de la Deuda-
6.2.2.2.1 Amortización 
6.2.2.2.2 Intereses y comisiones de la Deuda 
7. RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES-
 
SALDO FINAL251,602,219
 
GIP - TOTAL10,698,871,503

KEYWORDS:

Artículo 2.- PRECISAR que la ejecución de los actos que realicen los órganos de ESSALUD derivados del uso de los recursos de las Partidas y Rubros contenidos en el Presupuesto correspondiente al año 2025, que se apruebe a nivel institucional; deben ceñirse estrictamente al marco normativo vigente y a las habilitaciones presupuestales respectivas de acuerdo al procedimiento de la materia, bajo responsabilidad de los titulares de dichos órganos.

KEYWORDS:

Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia General remita copia de la presente Resolución al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la aprobación de la presente Resolución.

KEYWORDS:

Artículo 4.- DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:

Artículo 5.- DISPONER que la Secretaría General remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones la presente Resolución, a fin de que proceda con su publicación en el Portal Institucional y en la Intranet del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, publíquese y comuníquese.

LUIS ROSALES PEREDA

Presidente Ejecutivo

ESSALUD


_________________________