RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0012-2026-IN
Crean el Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
| 20260109Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 07/01/2026 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 09/01/2026 |
| Entrada en vigencia : | 10/01/2026 |
| Estado : |
Lima, 7 de enero de 2026
VISTOS: el Informe N° 000292-2025-IN-OGTIC-OGD de la Oficina General de Tecnología de la Información y Comunicaciones; el Memorando N° 003327-2025-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que contiene el Informe N° 000805-2025-IN-OGPP-OMD y; el Informe N° 003593-2025/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1266, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, otorgándole competencia a nivel nacional en materia de orden interno y orden público, así como la competencia compartida en materia de seguridad ciudadana y señalando su rectoría sobre el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;
Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; asimismo, el artículo 4 de la citada Ley, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobada a través del Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, se establece como problema público “Bienes, servicios y regulaciones que no responden a las expectativas y necesidades de las personas y a la creación de valor público”. Ante ello, plantea objetivos prioritarios y lineamientos que orientan la modernización de la gestión pública, lo cual se entiende como un proceso de transformación constante a fin de mejorar lo que hacen las entidades públicas y de esa manera, generar valor público;
Que, asimismo, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 establece como Objetivo Prioritario 3: Fortalecer la mejora continua en el Estado, y a su vez el Lineamiento 3.2: Fortalecer la implementación de la gestión del conocimiento en las entidades públicas, mediante el cual se busca desarrollar e implementar procesos de generación y difusión del conocimiento para mejorar la capacidad de respuesta de las entidades públicas frente a los problemas públicos identificados, a través de comunidades de práctica entre los servidores públicos, entidades públicas, privadas y academia para fomentar procesos de aprendizaje interinstitucional y promover la mejora continua e innovación en las intervenciones públicas;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, señala que la ley tiene como finalidad mejorar la prestación y acceso de servicios digitales en condiciones interoperables, seguras, disponibles, escalables, ágiles, accesibles, y que faciliten la transparencia para el ciudadano y personas en general y promover la colaboración entre las entidades de la Administración Pública, así como la participación de ciudadanos y otros interesados para el desarrollo del gobierno digital y sociedad del conocimiento. Asimismo, el artículo 8 dispone que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de gobierno digital que comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital; dictando para tal efecto normas y procedimientos en materia de gobierno digital y, es responsable de su operación y correcto funcionamiento;
Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, señala que la transformación digital es un proceso continuo, disruptivo, estratégico y de cambio cultural que se sustenta en el uso intensivo de las tecnologías digitales, sistematización y análisis de datos para general efectos económicos, sociales y de valor para las personas. Por su parte, el artículo 7 establece que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, constituyéndose en la autoridad técnico normativa a nivel nacional sobre la materia;
Que, el inciso c) del numeral 17.2 del artículo 17 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2021-PCM, dispone que el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital es uno de los instrumentos estratégicos del Sistema Nacional de Transformación Digital;
Que, el artículo 22 del referido Reglamento establece que el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital es el espacio colaborativo para cocrear, producir, innovar, prototipar y diseñar plataformas digitales, soluciones tecnológicas y servicios digitales, así como para fomentar el desarrollo del talento digital y el impulso de una sociedad digital, con la colaboración de las entidades públicas y cooperación de la sociedad civil, ciudadanos, academia y sector privado; el cual está a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, quien emite las normas para su operación;
Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 003-2019-PCM/SEGDI, se crea el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado, como un mecanismo para co-crear, producir, innovar, prototipar y diseñar plataformas digitales, soluciones tecnológicas y servicios digitales con las entidades públicas; así como para fomentar el desarrollo del talento digital y de una sociedad digital, con la colaboración de la academia, sector privado, sociedad civil y ciudadanos;
Que, la Ley N° 31449, Ley que fortalece el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado para el impulso de la innovación en el ámbito público, tiene como objeto fortalecer el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado, para impulsar la innovación en el ámbito público a nivel nacional con enfoque territorial, con la finalidad de encontrar soluciones a los problemas de dicho ámbito mediante mecanismos, de manera no limitativa, de innovación digital, innovación abierta e innovación social a través de la transformación digital, para mejorar la calidad de los servicios públicos, centrado en los ciudadanos;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno y Transformación Digital N° 004-2024-PCM/SGTD, se crea la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital, como mecanismo que integra y articula a los Laboratorios de Innovación Digital a nivel nacional para el desarrollo de acciones e iniciativas, disponiendo que esta puede estar integrada por Laboratorios de Innovación Digital de las entidades públicas, organizaciones del sector privado, academia y sociedad civil organizada, en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital, con la finalidad de asegurar que la Red sea inclusiva y represente la diversidad en el ámbito de la innovación digital en el país;
Que, a través del artículo 3 de la Resolución señalada en el considerando precedente, se aprueban los Lineamientos para la adhesión de Laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital, en los cuales se define en el literal a) del numeral 6.2 del ítem 6 a los laboratorios públicos como aquellos implementados por las entidades públicas en el ámbito de sus competencias, como un espacio colaborativo y multidisciplinario, que tienen enfoque en el cambio sistémico con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, generar evidencia sólida para respaldar la toma de decisiones en políticas públicas y promover la innovación digital para aumentar la competitividad y la sostenibilidad;
Que, por lo antes expuesto, a fin de promover un espacio de cooperación y cocreación que fomente la innovación e investigación digital, resulta necesario implementar un Laboratorio de Innovación y Transformación Digital, para coadyuvar en el desarrollo de la transformación digital en el Estado, mediante el diseño y creación de servicios digitales, soluciones tecnológicas y plataformas digitales enfocadas en satisfacer las necesidades de la sociedad;
Que, en ese sentido, mediante el Informe N° 000292-2025-IN-OGTIC-OGD, la Oficina de Gestión de Gobierno Digital de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones sustenta y propone la creación del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER, como un mecanismo estratégico para fortalecer las capacidades institucionales y que promueva la articulación interorgánica a través de procesos de co-creación orientados a la generación de valor público; asimismo, señala que dicha iniciativa se alinea con el Sistema Nacional de Transformación Digital y la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital, lo cual permite articular acciones interinstitucionales, consolidar ecosistemas de innovación y facilitar el intercambio y transferencia de conocimiento de alcance nacional;
Que, asimismo, con el Memorando N° 003327-2025-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000805-2025-IN-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, a través del cual emite opinión técnica favorable a la propuesta de creación del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER, a fin de promover el desarrollo de acciones e iniciativas orientas a resolver problemas públicos internos para la mejora continua e innovación en las intervenciones públicas a través de soluciones tecnológicas y servicios digitales, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, con el Informe N° 003593-2025/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal, en el marco de sus competencias, recomendando la emisión del acto resolutivo que disponga la creación del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER;
Con el visado de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública del Estado; el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital; el Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2021-PCM; el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 003-2019-PCM/SEGDI, que crea el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado; la Resolución de Secretaría de Gobierno y Transformación Digital N° 004-2024-PCM/SGTD, que crea la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital y aprueba los Lineamientos para la adhesión de Laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
Crear el laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER, como un espacio que permita fomentar espacios de colaboración y difusión para el intercambio de información, experiencias y buenas prácticas en innovación y transformación digital, articuladamente con la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital, para asegurar la implementación de soluciones digitales innovadoras en materia de orden interno, orden público, seguridad ciudadana y seguridad pública, mediante el trabajo colaborativo y multidisciplinario, con la participación del mismo personal del Ministerio del Interior y del público en general (ciudadanos, sociedad civil, empresas privadas, academia, otras entidades públicas, entre otros).
Artículo 2.- Objetivos del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
El Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER tiene los siguientes objetivos:
a) Implementar espacios de colaboración y mecanismos de co-creación para el desarrollo de propuestas de ideas innovadoras y soluciones creativas con diversos actores públicos, privados y de la sociedad civil.
b) Diseñar productos (bienes o servicios) innovadores, disruptivos y escalables basados en evidencia y el uso de tecnologías emergentes que permitan abordar problemas prioritarios de la política de seguridad ciudadana en el marco logístico existente.
c) Realizar pruebas piloto en la fase de pre-implementación para evaluar la viabilidad y eficacia de productos innovadores, identificando desafíos y ajustando detalles con el fin de optimizar su implementación a gran escala.
d) Evaluar la implementación de productos innovadores para su incorporación en la provisión de servicios del Ministerio del Interior.
Artículo 3.- Líder del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
El líder del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER es el/la Director/a de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, quien es representante del titular de la entidad en el Comité de Gobierno Digital, según la Resolución Ministerial N° 316-2020-IN; siendo responsable de representar oficialmente al laboratorio y conducir las iniciativas de innovación digital en la organización, asegurando que las soluciones propuestas generen valor estratégico, operativo y/o competitivo.
Artículo 4.- Coordinador del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
El coordinador del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER es el Director/a de la Oficina de Gestión de Gobierno Digital de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; siendo responsable de las gestiones operativas y de facilitar la participación del laboratorio en las actividades e iniciativas de la Red de Laboratorio de Innovación Digital.
Artículo 5.- Equipo Técnico del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
5.1. Los integrantes del Equipo Técnico del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER son propuestos y establecidos por el coordinador del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER, en función a la naturaleza, alcance y características de los proyectos digitales que se formulen y desarrollen desde el Laboratorio.
5.2. El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:
a. Identificar y priorizar las problemáticas de atención vinculadas a las prioridades de gestión y las Políticas del Sector Interior, utilizando diversas herramientas que permitan mapear oportunidades de innovación.
b. Impulsar la colaboración con otras entidades públicas y privadas del ámbito nacional e internacional, así como de la sociedad civil, asociaciones sin fines de lucro, instituciones académicas y de investigación, de organizaciones no gubernamentales, de profesionales expertos, y ciudadanía en general, en calidad de invitados, para el cumplimiento de sus funciones y de manera ad honorem.
c. Realizar el seguimiento a la ejecución de los proyectos de innovación en materia de seguridad ciudadana y la implementación de la propuesta, a nivel de piloto en ambiente controlado y escaladas a partir de la confirmación de logros esperados.
d. Acompañar la evaluación de las propuestas de solución a los problemas priorizados, contribuyendo así a la evaluación continua del impacto de las soluciones propuestas.
e. Realizar otras acciones que le asigne el líder del laboratorio, demostrando la flexibilidad y adaptabilidad del equipo para abordar nuevos desafíos e integrarse a diferentes fases del ciclo de innovación.
Artículo 6.- Equipo Operativo del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER
Los integrantes del Equipo Operativo del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER son propuestos y establecidos por el coordinador del Laboratorio de Innovación Digital del Ministerio del Interior - INNOVA MININTER, de acuerdo al personal disponible, según la cantidad y complejidad de las innovaciones que el laboratorio esté desarrollando; estando conformado como mínimo por:
- Un/una Analista de Gobierno Digital.
- Un/una Asistente de Gobierno Digital.
- Una persona que presta servicio especializado para Investigación y Gestión del Conocimiento.
Artículo 7.- Colaboración, asesoramiento y apoyo
El líder o el coordinador del Laboratorio de Innovación Digital - INNOVA MININTER puede invitar y solicitar la participación, en calidad de invitados y de manera ad honorem, de representantes de otras entidades públicas y especialistas de instituciones privadas del ámbito nacional e internacional, así como de la sociedad civil, asociaciones sin fines de lucro, instituciones académicas y de investigación, de organizaciones no gubernamentales, de profesionales expertos, y ciudadanía en general, a fin de que brinden su colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aportes, para el cumplimiento de los objetivos del laboratorio.
Artículo 8.- Financiamiento
La implementación de los dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE TIBURCIO ORBEZO
Ministro del Interior