RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 424-2022-VIVIENDA
Designan miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
| 20221230Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 29/12/2022 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 30/12/2022 |
| Entrada en vigencia : | 31/12/2022 |
| Página El Peruano: | 95 |
| Estado : |
Lima, 29 de diciembre de 2022
VISTOS:
Los Oficios N°s. 1340-2022-MTPE/1 y 016-2022-MTPE/4/8 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Informe N° 866-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), aprobado por la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, el CONAFOVICER está conformado por siete miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, nombrado por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 327-2021-VIVIENDA, se designa al señor Jean Pierre D´Laura Quintana como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, con los documentos del visto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que el citado miembro ha formulado renuncia a la designación señalada en el considerando precedente; motivo por el cual, solicita que se designe en su reemplazo al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado;
Que, por el Informe N° 866-2022-VIVIENDA/OGAJ, desde el punto de vista legal, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera viable la emisión de la Resolución Ministerial por la cual se designa al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, que aprueba el Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Vivienda y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del
Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jean Pierre D´Laura Quintana como miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, designado por la Resolución Ministerial N° 327-2021-VIVIENDA; dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento