RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2019-MEM/DM
Otorgan concesión definitiva a Metro de Lima Línea 2 S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión
| 20190130Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 23/01/2019 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 30/01/2019 |
| Entrada en vigencia : | 31/01/2019 |
| Página El Peruano: | 15 |
| Estado : |
Lima, 23 de enero de 2019
VISTOS: El Expediente N° 14386518 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.T. Los Ingenieros – S.E.A.T. Mercado Santa Anita y S.E.A.T. Mercado Santa Anita”, presentada por Metro de Lima Línea 2 S.A.; y, los Informes N° 377-2018-MEM/DGE-DCE y N° 026-2019-MEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; así como los Informes N° 023-2019-MEM/OGAJ y N° 082-2019-MEM/OGAJ elaborados por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, Metro de Lima Línea 2 S.A. y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, suscriben el Contrato de concesión para el diseño, financiamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, el 28 de abril de 2014;
Que, mediante carta ML2-SPV-CARTA-2018-1149 con Registro N° 2848260, de fecha 28 de agosto de 2018, Metro de Lima Línea 2 S.A. solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E.T. Los Ingenieros – S.E.A.T. Mercado Santa Anita y S.E.A.T. Mercado Santa Anita, ubicada en los distritos de Ate y Santa Anita, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante Resolución Directoral N° 229-2017-MTC/16, de fecha 24 de mayo de 2017, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorga la conformidad al Informe Técnico Sustentatorio – ITS para la modificación del recorrido de la Línea subterránea de 60 kV de la Obra “Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambeta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, Provincias de Lima y Callao, Región Lima”;
Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, mediante el Informe de Vistos, ha verificado y evaluado que Metro de Lima Línea 2 S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomienda otorgar la concesión definitiva de transmisión para el proyecto Línea de Transmisión en 60 kV S.E.T. Los Ingenieros – S.E.A.T. Mercado Santa Anita y S.E.A.T. Mercado Santa Anita;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Metro de Lima Línea 2 S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E.T. Los Ingenieros – S.E.A.T. Mercado Santa Anita y S.E.A.T. Mercado Santa Anita, ubicada en los distritos de Ate y Santa Anita, provincia y departamento de Lima, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Línea de Transmisión:
Salida/Llegada de la Línea Transmisión (subterránea) | Tensión (kV) | N° de Terna | Longitud (m) | Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) |
S.E.T. Los Ingenieros - S.E.A.T. Mercado Santa Anita | 60 | 01 | 2 195,6 | 4 |
S.E.A.T. Mercado Santa Anita:
VÉRTICE | ESTE | NORTE |
A | 288384,42 | 8 667860,68 |
B | 288415,68 | 8 667 873,29 |
C | 288429,95 | 8 667 837,91 |
D | 288398,69 | 8 667 825,30 |
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 527-2019 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Metro de Lima Línea 2 S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 03 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5.- Disponer que el texto de la presente Resolución Ministerial se inserte en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión N° 527-2019, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición por cuenta de Metro de Lima Línea 2 S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas