RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0519-2012-ED
Aprueban Directiva “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones Educativas”
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Lima, 19 de diciembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el literal h) del numeral 24 de su artículo 2, establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, y, que nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes; asimismo, el segundo párrafo del artículo 15, prevé que el educando tiene derecho a una formación que respete su identidad, así como al buen trato psicológico y físico;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0405-2007-ED, se aprobó los “Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas”;
Que, el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0056-2012-ED, que aprobó la Directiva Nº 003-2012-MINEDU/VMGI-CADER “Procedimiento para la atención de denuncias contra servidores y funcionarios del Sector Educación”, establece que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, en coordinación con la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos – CADER del Ministerio de Educación, propondrán la modificación de los referidos lineamientos;
Que, La Ley General de Educación, Ley Nº 28044, tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora; rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras;
Que, el artículo 75 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que la Oficina de Control y Seguimiento, dependiente de la Oficina General de Ética Pública y Transparencia, tiene entre otras funciones, recibir, analizar y derivar a la instancia correspondiente las denuncias de los ciudadanos y orientarlos en los procedimientos a seguir para la presentación y resolución de sus peticiones, coadyuvar a las instancias competentes para vigilar el cumplimiento de las acciones de instauración del procedimiento sancionador y la aplicación de las sanciones administrativas disciplinarias;
De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y, el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 019-2012-MINEDU/ VMGI-OET denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones Educativas”, la misma que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0405-2007-ED, que aprobó los “Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas”.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la Directiva aprobada en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación http://www.minedu.gob.pe/normatividad/.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación