ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2015-MDSMP
Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores
| 20150131Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 08/01/2015 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 31/01/2015 |
| Entrada en vigencia : | 01/02/2015 |
| Página El Peruano: | 545984 |
| Estado : |
San Martín de Porres, 8 de enero del 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regulan las actividades y funcionamiento del sector público;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 9° del numeral 28) del antes mencionado texto de ley, corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y la dieta de los regidores;
Que, de acuerdo a lo establecido en el primer párrafo del artículo 12° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 las dietas son fijadas por acuerdo de concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión debiendo publicarse obligatorio dicho acuerdo bajo responsabilidad;
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 4° inciso e) y 5° numeral 2° de la Ley N° 28812 Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado, modificado por el Decreto de Urgencia N° 038-2006, los Alcaldes Distritales reciben una remuneración mensual, que es fijada por el Concejo Municipal, correspondiente en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta por un monto máximo de cuatro y un cuarto de la UISP (Unidad de Ingreso del Sector Público ) por todo concepto, y que los Regidores reciben dietas según los montos que fije el respectivo Concejo Municipal, de conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 siendo que en ningún caso dicha dieta puede superar el total del treinta por ciento de la remuneración mensual del Alcalde;
Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2014-PCM se fija en S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles) el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2015;
De conformidad con los artículos 9, inciso 8) y 41 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Voto unánime de los Señores Regidores;
ACUERDA:
Artículo Primero.- FIJAR la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres manteniendo el monto de la remuneración que venía percibiendo hasta el 31 de diciembre del 2014 en la suma de S/. 11,000.00 (ONCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).
Artículo Segundo.- FIJAR la dieta de los Señores Regidores la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres manteniendo el monto que venía percibiendo hasta el 31 de diciembre del 2014 en la suma equivalente al 15% de la remuneración mensual del Alcalde, señalada en el artículo precedente que asciende a la suma de S/. 1650.00 (UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por cada sesión efectivamente asistida determinándose un máximo de dos (02) sesiones remuneradas al mes.
Artículo Tercero.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las Gerencias de Administración y Finanzas; y Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde