O 3-2014-MPHO_3_2014_MPH

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2014-MPH

Regulan y conforman la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Huaral

[+] Datos Generales
20140502Legislacion
Fecha de Promulgación :21/03/2014
Fecha de Publicación :02/05/2014
Entrada en vigencia :03/05/2014
Página El Peruano:522137
Estado :

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Huaral, 21 de marzo del 2014.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

POR CUANTO:

EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL

VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Regula y Conforma la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización y el Artículo 194º de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú”, precisa que los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el Título Preliminar, Artículo II, Establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar, derogar o modificar las Ordenanzas Municipales.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC se Aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, el mismo que señala que el citado dispositivo tiene como objeto: Establecer las normas generales para prestar el servicio, precisando además en su Artículo 4º que las Municipalidades son competentes para aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y fiscalización del servicio especial, dentro de su Jurisdicción.

Que, el acápite 3.3 del Artículo 3º del referido Decreto Supremo, señala que los Representantes de las Organizaciones de Transportadores, deberán acreditar ante la Comisión Técnica Mixta, su representatividad, conforme lo disponga la Municipalidad correspondiente, asimismo el número de representantes y su forma de participación en la referida comisión.

Que, asimismo la Séptima Disposición Complementaria Final del dispositivo legal señalado prescribe: Cada Municipio Distrital cuenta con una Comisión Técnica Mixta, la cual es autónoma y está integrada por los Regidores de la Comisión de Transporte, o por la Comisión que haga sus funciones, por representantes acreditados de la PNP y de las Organizaciones de Transportadores del Servicio Especial.

Que, la Administración Pública se rige por el Principio de Legalidad establecido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, en virtud de ello las disposiciones legales comentadas en los considerandos precedentes sustentan la procedencia legal de Regular y Conformar “La Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral”, con lo que se retoma aquel importante espacio de coordinación y concertación entre la Municipalidad de Huaral, los Transportistas y los Usuarios de este Servicio Público, con el fin de tratar la problemática del mismo y las alternativas necesarias para superarla.

Que, mediante Ordenanza Nº 011-2010-MPH, Publicada el 04 de Julio del 2010, en el Diario Oficial el Peruano, se Regula la Constitución y Funcionamiento de la Comisión Consultiva de Transporte y Tránsito en la Provincia de Huaral, la misma que en su Artículo Primero acápite l) señala dos representantes de los Transportistas del Servicio Especial en Vehículos Menores, que cuenten con acreditación mayoritaria a nivel provincial de las empresas o asociaciones que cuenten con autorización vigente emitido por la Gerencia de Transportes, de la Municipalidad Provincial de Huaral. (…)

Que, mediante Ordenanza Nº 017-2005-MPH, de fecha 18 de Diciembre del 2005, se Aprueba la Ordenanza que modifica e incorpora Artículo a la Ordenanza Municipal 010-2004-CMH, que establece la Creación de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en la Jurisdicción del Distrito de Huaral.

Que, mediante Informe Nº 016-2014-MPH/GTTSV, de fecha 12 de Febrero del 2014 del 2014, la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, señala que se hace necesario proyectar una Ordenanza que Regule y Conforme “La Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral”, en virtud que esta es de vital importancia en la formulación de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del tránsito y el transporte público en su jurisdicción, para ponerlas a consideración de la autoridad competente.

Que, mediante Informe Nº 048-2014-MPH/GPPR/SGPR, de fecha 21 de Febrero del 2014 del 2014, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, emite opinión favorable para su aprobación de la Ordenanza Municipal que Regula y Conforma “La Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral”.

Que, mediante Informe Nº 118-2014/MPH-GAF de fecha 05 de Marzo del 2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, opina a favor de la aprobación del Proyecto de Ordenanza que Regula y Conforma la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, teniendo en cuenta lo informado por la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial y la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización de esta Entidad.

Que, mediante Informe Nº 247-2014-MPH-GAJ de fecha 06 de Marzo del 2014 la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que habiendo efectuado la revisión del Proyecto de Ordenanza que Regula y Conforma la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, este despacho considera VIABLE su aprobación; siendo atribución del Concejo Municipal aprobarlo, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley de la materia.

Que, mediante Dictamen Nº 001-2014-MPH/CDUTSV de fecha 20 de Marzo del 2014, la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Seguridad Vial del Concejo Municipal RECOMIENDA al Pleno del Concejo Artículo Primero:

Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Regula la Conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral. Artículo Segundo: Secretaría General deberá optar las medidas conducentes para su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Que, estando a los fundamentos antes expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, numeral 8º Artículo 20 numeral 5º y Artículo 44º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” con el Voto Unánime de los Señores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

 

ORDENANZA

“QUE REGULA Y CONFORMA LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE HUARAL”

Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, la misma que se encuentra conformada de la siguiente manera:

a) Los Regidores integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Seguridad Vial.

b) Dos (02) Representantes de la Policía Nacional del Perú, debidamente acreditados.

c) Dos (02) Representantes designados por las Organizaciones Gremiales o Federaciones de Transportadores en vehículos menores, debidamente inscritos en los Registros Públicos.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- ESTABLECER que las Organizaciones Gremiales o Federaciones de Transportadores del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados, acreditarán en el plazo de siete (07) días hábiles posteriores a la publicación de la presente, los nombres de sus representantes, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de Transporte y Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Huaral, acompañando los siguientes documentos:

a) Ser Persona Jurídica representativa Inscrita en los Registros Públicos.

b) Certificado Vigencia de Poder vigente.

c) Copia Literal vigente de la Partida Registral, expedida por la Oficina Registral.

d) Representar a no menos del 30% del total de las Asociaciones y/o Empresas que preste servicio en el Distrito de Huaral.

e) Copia fedateada o legalizada por ante Notario Público, de las Resoluciones Gerenciales de Permiso de Operación y/o Renovación del Permiso de Operación vigentes, de las Asociaciones o Empresas, afiliadas a dicha organización o federación.

f) Relación de Asociaciones y/o Empresas afiliadas a dicha Organización y/o Federación.

g) Contar con la aprobación y autorización escrita por parte del Gerente General, Presidente o de quien hagas sus veces debidamente acreditado, por parte las Asociaciones o Empresas afi liadas, debiendo manifestar en ella de manera indubitable su voluntad a ser representadas.

h) Copia de DNI de los representantes de cada Transportador Autorizado.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- La Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, estará Presidida por el Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Seguridad Vial, pudiendo ser delegado a su elección en caso de ausencia a un Regidor de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Seguridad Vial.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- ESTABLECER las Funciones de la Comisión Técnica Mixta, las cuales son:

a) Participar en la formulación de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del Tránsito y el Transporte Público en la jurisdicción del Distrito de Huaral, para ponerlas a consideración de la autoridad competente.

b) Formular propuestas y/o participar en el análisis de las iniciativas sobre el programa anual de educación y seguridad vial.

c) Promover y difundir los acuerdos destinados a mejorar la imagen y calidad del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores.

d) Formular propuestas y/o participar en los proyectos de modificación de las normas complementarias al reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, emitidas por la autoridad competente.

KEYWORDS:

Artículo Quinto.- La Comisión Técnica Mixta, tendrá un Secretario Técnico, el mismo que estará a cargo del Funcionario responsable de la Gerencia de Transporte y Tránsito y Seguridad Vial, quien se encargará de la custodia y conservación del Libro de Actas, así como la redacción de Actas y acuerdos que lleve a cabo la Comisión.

KEYWORDS:

Artículo Sexto.- Para la instalación y funcionamiento de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, se requiere de la asistencia de la mitad más uno de los miembros.

KEYWORDS:

Artículo Séptimo.- El Presidente de la Comisión Técnica Mixta, deberá convocar a los integrantes que refiere el Artículo Primero, dentro de los cinco (05) días hábiles posteriores a la culminación del plazo estipulado en el Artículo Segundo, para la Instalación de la Comisión.

KEYWORDS:

Artículo Octavo.- FACÚLTESE al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias, para la aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza.

KEYWORDS:

Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, el cumplimiento de las presentes disposiciones en lo que corresponda.

Asimismo la notificación de la presente a los interesados.

KEYWORDS:

Artículo Décimo.- DEROGUESE lo establecido en el Artículo Primero acápite L) de la Ordenanza Nº 011-2010-MPH y todas las disposiciones que contravengan lo dispuesto en la presente Ordenanza, asimismo DEROGUESE la Ordenanza Nº 017-2005-MPH, de fecha 18 de Diciembre del 2005.

KEYWORDS:

Artículo Décimo Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.

KEYWORDS:

Artículo Décimo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la Publicación y Difusión de la presente Ordenanza en el Portal Web de la Institución (www.munihuaral.gob.pe).

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ

Alcalde Provincial

 

 


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