R 116-2014-MDA/GDU-SGHUER_116_2014_MDA/GDU-SGHUE

RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 116-2014-MDA/GDU-SGHUE

Recepcionan obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito

 

[+] Datos Generales
20140418Legislacion
Fecha de Promulgación :20/02/2014
Fecha de Publicación :18/04/2014
Entrada en vigencia :19/04/2014
Página El Peruano:521231
Estado :

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Ate, 20 de Febrero de 2014

LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

VISTO:

El Expediente Nº 45523 de fecha 12 de Octubre de 2012, seguido por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL PARQUE INDUSTRIAL El ASESOR – “APPIA”, debidamente representado por el Sr. Juan de la Cruz Roger Mendoza Torre; por el cual solicitan la Recepción de Obra de Habilitación Urbana para Uso de Industria Elemental y Complementaria “I-1”, del terreno matriz con un área bruta total de 180,690.03 m2 y un área Habilitable de 168,690.03 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; cuyos Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en vía de Regularización fueron aprobados mediante Resolución Nº 106-92-MLM/SMDU-DMDU de fecha 30/06/1992, Resolución Nº 016-98-MML-DMDU, de fecha 23/01/1998 y resolución Nº 042-98-MML-DMDU de fecha 24/03/1998, expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 106-92-MML/SMDU-DMDU, de fecha 30/06/1992, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprueba los Estudios Preliminares de habilitación urbana en vía de regularización y para Uso de Industria Elemental y Complementaria “I-1”, del terreno con un área bruta total de 180,690.03 m2 y un área Habilitable de 168,690.03 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima,

Que, por Resolución Nº 016-98-MML-DMDU de fecha 23/01/1998, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprueba el Plano reajustado Nº 290-97-MML-DGO-DHU, a nivel de Estudios preliminares y la reubicación del área de aporte para Serpar, ubicándose en la manzana “R”, en los lotes 19 al 25 y en la manzana “CH” lote Nº 01, así como el replanteo de las áreas para Serpar de 1,806.88 m2 y para Servicios Públicos Complementarios de 3,838.31 m2, que está ubicado en la Mz. “CH” lote Nº 02, en el terreno de 180,690.03 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima,

Que, mediante Resolución Nº 042-98-MML-DMDU de fecha 24/03/1998, la Municipalidad Provincial de Lima, Autoriza la Inscripción Provisional Individualizada de los lotes que la constituyen en base al anteproyecto que figura en el Plano modificado Nº 290-97-MML-DGO-DHU, del área total del terreno de 180,690.03 m2, correspondiéndole un Área Útil de 97,335.92 m2; de la diferencia de 83,354.11 m2, corresponden a área cedida para Vía Metropolitana 7,178.00 m2, Área de vías Públicas 67,577.06 m2 y a Áreas de Compensación 8,599.05 m2,

Que, mediante Resolución Nº 941-2012-SUNARP/TR, (fs. 33-43) de fecha 27 de Junio de 2012, el Tribunal Registral, ante la solicitud de inscripción de la anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana y pre independización de lotes sobre el terreno inscrito en la partida Nº 11055763 del Registros de Predios de Lima, Resuelve Dejar Sin Efecto los numerales 1 y 3 de la observación; Revocar los numerales 2, 4 y 5 de la observación formulada por la Registradora del Registros de predios de Lima; y DISPONER LA INSCRIPCIÓN del título referido en el encabecimiento, previo pago de los derechos registrales si fuera el caso, conforme a los fundamentos expuestos en el análisis de la presente Resolución. Encontrándose debidamente inscrita la habilitación urbana en el Rubro B00001 Descripción del Inmueble de la Partida Nº 11055763 (fs. 44),

Que, mediante Carta Nº 1035-2012-EGP-C de fecha 26 de Setiembre de 2012, emitido por la empresa SEDAPAL, adjuntan la Carta Nº 1008-2005/ET-C (fs.29-31) de fecha 28 de Noviembre de 2005, en la que se aprueba la Recepción de las Obras de agua potable y alcantarillado de la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor, distrito de Ate,

Que, mediante Carta DPBT.12.1146777 (fs. 628) de fecha 13 de Noviembre de 2012, la empresa LUZ DEL SUR, indica que actualmente no cuentan con los documentos de conformidad de obra ejecutada de la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor, distrito de Ate; sin embargo, a fin de que puedan continuar con los trámites de habilitación urbana, informan que actualmente existen Redes Eléctricas en dicha asociación a través de los cuales, pueden atenderse requerimientos de energía eléctrica según evaluación para cada potencia que soliciten,

Que, mediante Declaración Jurada (fs.1071) suscrita por el profesional responsable Ing. Cesar Iván Díaz Ramírez con DNI 42578563 y con colegiatura CIP Nº 118310 del Colegio de Ingenieros del Perú, y por el Sr. Juan de la Cruz Roger Mendoza Torre como representante de la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor – APPIA, declarando bajo juramento que habiendo realizado la inspección ocular en la habilitación urbana del Parque Industrial El Asesor, se observa que se ha culminado las obras de agua, saneamiento, electrificación y pavimentación de pistas y veredas, conforme al Plano Nº 290-97-MML/SMDU-DMDU,

Que, mediante Documento Nº 51495 (fs.614) de fecha 12 de Noviembre de 2012 y acumulados, el Sr. Manuel Hildebrando Lavarcés Pérez presenta oposición al presente trámite, señalando que el lote 3 de la manzana N tiene un área que difiere con el que corresponde a la Escritura Pública de compra venta (fs.620-629) celebrada con la Asociación de Productores Artesanos y Comerciantes las Maravillas y otorgada por el Juzgado Especializado Civil del Cono Este, donde se señala que el lote de terreno ubicado en la calle 13, Mz. N, lote 3 de la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor tiene un área de 200.00 m2. Sin embargo, es necesario precisar que de acuerdo a los estudios preliminares de habilitación urbana, donde se aprobó el Plano Nº 290-97-MML-DGO-DHU, el mencionado lote de terreno fue aprobado como Área de Compensación con un área de 189.40 m2, al tener forma irregular y no cumplir con el área mínima reglamentaria; faltándole un área de 10.60 m2 para completar los 200.00 m2, encontrándose dicha área fuera de los límites de la presente habilitación urbana, por lo cual le corresponde a la mencionada Asociación realizar las gestiones de permuta o compra venta de todas las áreas de compensación pertenecientes a los predios colindantes involucrados; luego del cual tramitarán la rectificación de los linderos y la recepción de obra de los lotes que se originen luego de las compensaciones respectivas, debiendo agregar que las futuras compensaciones no constituye acto previo para la Recepción de Obra del predio matriz, Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1571-2012 (fs. 778) de fecha 07 de Diciembre de 2012, SERPAR-LIMA, señala que conforme a la habilitación urbana aprobada se establece que el aporte de Parques Zonales de 1,806.88 m2 está constituido por los lotes 19 al 25 de la manzana “R” y lote 1 de la manzana “CH”, habiéndose verificado que los lotes 19 al 25 con un área total de 1,618.28 m2, se encuentra ocupados; por lo que dicha Entidad competente considera procedente aceptar la redención en dinero ascendente a la suma de S/.1’126,856.91, y en el artículo tercero se señala que la administrada deberá cumplir con la entrega al Servicio de Parques de Lima, de la Minuta de Cesión y Transferencia del lote 01 de la manzana “CH” con un área de 188.60 m2;

Que, mediante Anexo Nº 1253 de fecha 19 de Marzo de 2013, la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor – APPIA, señala que SERPAR – LIMA, aceptó la redención en dinero del área de aporte de Parques Zonales comprendida por los lotes 19 al 25 de la Mz. “R”, valorizándolo en la Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1571-2012 y mediante Oficio Nº 109-2013/SERPAR-LIMA/GG/MML del 04 de Febrero de 2013, le aprueban la siguiente modalidad de pago; una cuota inicial de S/.324,000.00 y el saldo en 11 cuotas mensuales, acreditando con Recibo de Ingresos Nº 21-086474 (fs. 910), pagado en la tesorería de dicha institución, la cancelación de la cuota inicial, encontrándose pagando las demás cuotas, siendo la más reciente de fecha 05 febrero de 2014 según Recibo Nº 21-091860 (fs.1070) advirtiendo el precitado oficio, que en caso de incumplir con el pago oportuno de alguna de las cuotas en las fechas programadas se dejará sin efecto el fraccionamiento otorgado, derivándose en forma inmediata los actuados a la unidad de ejecutoria coactiva de dicha institución con la finalidad de proceder conforme a lo establecido en la Ley Nº 26979,

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 15 de Enero de 2014, se acuerda Autorizar al señor Oscar Benavides Majino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate para que suscriba los documentos de transferencia a Título Gratuito de propiedad en representación y a favor de la Municipalidad Distrital de Ate del aporte reglamentarios denominado Servicios Públicos Complementarios, el mismo que fuera aprobado en la habilitación urbana del terreno de la Asociación de Propietarios del Parque El Asesor – APPIA, el cual está constituido por el Lote 02 Mz. CH, con frente a la Av. Separadora Industrial, con un área de 3,838.31 m2, Que, mediante Informe Nº 016-2014-MDA/GDUSGHUE-JLCHG de fecha 20 de Febrero de 2014, se concluye que el presente trámite corresponde a una Recepción de Obra de Habilitación Urbana; siendo procedente emitir la respectiva Resolución al contar con los servicios básicos y obras complementarias, así como cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 26878 y su Reglamento D.S.Nº 010-2005-VIVIENDA.

Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el artículo 79º, inciso 3.6.1 del Capítulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; artículo 75º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, así como, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Habilitaciones Urbanas Ley Nº 26878, su reglamento y por el Reglamento Nacional de Edificaciones.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- RECEPCIONAR las Obras de Habilitación Urbana para Uso de Industria Elemental y Complementaria “I-1”, del terreno matriz con un área bruta total de 180,690.03 m2 y un área Habilitable de 168,690.03 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; basado en el Plano Nº 290-97-MML-DGO-DHU que fuera aprobado mediante Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en vía de Regularización según Resolución Nº 106-92-MLM/SMDU-DMDU de fecha 30/06/1992, Resolucion Nº 016-98-MML-DMDU, de fecha 23/01/1998 y Resolucion Nº 042-98-MML-DMDU de fecha 24/03/1998, expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Del Área Bruta del terreno correspondiente a 180,690.03 m2, han cedido un área para Vía Metropolitana de 7,178.00 m2, Área de Vía Públicas 67,577.06 m2, y un Área de Compensación de 8,599.05 m2, correspondiéndole un Área Útil total de 97,335.92 m2, distribuido de la siguiente manera:

El aporte reglamentario de Parques Zonales y de Servicios Públicos Complementarios se encuentra ubicados en el Lote 01 con un área de 188.60 m2 y el Lote 02 con un área de 3,838.31 m2 de la Manzana “CH” respectivamente.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- DISPONER, que oportunamente se inscriba el Lote 01 de la manzana “CH” destinado como aporte a SERPAR-LIMA y el lote 02 de la manzana “CH” destinada como aporte a la Municipalidad Distrital de Ate, indicada en el artículo precedente, debidamente saneado mediante la respectiva Escritura Pública de Cesión y Transferencia.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- ESTABLECER, el levantamiento de la condición de aporte reglamentario de Parques Zonales a los Lotes 19 al 25 de la manzana “R”, considerando que la entidad competente SERPAR – LIMA, aceptó la redención en dinero de dicho aporte mediante Resolucion de Gerencia Administrativa Nº 1571-2012, encontrándose los administrados pagando dicho aporte por cuotas, quedando en garantía de pago los mencionados lotes hasta la cancelación total del aporte de Parques Zonales y en caso de incumplimiento dicha Entidad procederá conforme a lo establecido en la Ley Nº 26979.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Ate, la Habilitación Urbana que se recepciona con la presente Resolución.

KEYWORDS:

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notificados, por cuenta de los interesados.

KEYWORDS:

Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao – SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; a SERPAR LIMA y a la Subgerencia de Patrimonio y Servicios Generales de esta Entidad Edilicia para que suscriban la Escritura Pública de cesión y transferencia del aporte reglamentario respectivo; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y a los interesados para su conocimiento y fines.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CELIA VARGAS DE NÚÑEZ

Subgerente de Habilitaciones Urbanas

y Edificaciones

 


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