RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 10-2014-MTC/14
Aprueban la versión a abril 2014 de la sección: Suelos y Pavimentos del Manual de Carreteras-Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos
| 20140416Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 09/04/2014 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 16/04/2014 |
| Entrada en vigencia : | 17/04/2014 |
| Página El Peruano: | 521097 |
| Estado : |
Lima, 9 de abril del 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, el cual tiene, entre otros objetivos, definir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas;
Que, dicho reglamento ha previsto en su artículo 20º la relación de manuales de gestión de carreteras, que deben ser aprobados. Asimismo, ha precisado en su artículo 18° que los manuales son documentos de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos técnicos a las diferentes fases de gestión de la infraestructura vial;
Que, uno de los manuales de gestión de carreteras, es el Manual de Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos, el cual, según el artículo 22º del mismo reglamento, contiene las normas, guías y procedimientos de los estudios de suelos, geología, geotecnia y diseño de pavimentos. Dicho manual, asimismo, está conformado por dos (02) secciones: i) Suelos y Pavimentos, y ii)
Geología y Geotecnia;
Que, el artículo 19° del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de órgano rector a nivel nacional, en materia de transporte y tránsito terrestre, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestión de la infraestructura vial. Asimismo; en el Numeral 4.1, de su artículo 4°, se precisa que este Ministerio, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento, e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento;
Que, de otro lado, según el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la Dirección Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la unidad orgánica que tiene como una sus funciones, la de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos);
Que, en virtud a ello y en ejercicio de sus competencias, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante la Resolución Directoral N° 05-2013-MTC/14 de fecha 18 de febrero del 2013, aprobó la Sección: Suelos y Pavimentos del Manual de Carreteras-Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos. Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano” en fecha 06 de marzo del 2013;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo tercero de la Resolución Directoral N° 05-2013-MTC/14, la Sección Suelos y Pavimentos del citado manual entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial; es decir, el día 07 de marzo del 2013;
Que, con posterioridad a la aprobación de la Sección: Suelos y Pavimentos del Manual de Carreteras-Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles ha advertido la existencia de algunos errores materiales, los cuales requieren ser corregidos a fin de evitar confusión o errores de interpretación. En ese sentido, ha realizado una revisión total de la citada sección y, como consecuencia de ello, ha elaborado una versión actualizada de la misma, al mes de abril del 2014;
Que, en atención a ello, la Dirección de Normatividad Vial, ha emitido el Informe N° 014-2014-MTC/14.04, de fecha 09 de abril del 2014, mediante el cual ha planteado a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, la aprobación de una nueva versión (a abril del 2014) de la Sección: Suelos y Pavimentos del Manual de Carreteras- Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos. Asimismo, en dicho informe ha considerado que, de conformidad con lo previsto en el Numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General” aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, resulta innecesaria la prepublicación de dicha versión ya que las modificaciones que prevé solo se contraen a correcciones de errores materiales y aspectos formales;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente dictar el acto administrativo de aprobación correspondiente;
De conformidad con la Ley N° 29370-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Ministerial N° 506-2008-MTC/02;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la versión a abril del 2014 de la Sección: Suelos y Pavimentos del Manual de Carreteras-Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos, el cual obra en Anexo que consta de trescientos un (301) páginas.
De conformidad con el artículo 18° del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, la sección aprobada constituye un documento de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio.
El original de la sección aprobada forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 05-2013-MTC/14.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer la publicación de esta resolución y de su Anexo, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mintc.gob.pe).
Artículo Cuarto.- La norma aprobada por el artículo primero de la presente resolución, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- Disponer la remisión a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de la publicación de la resolución directoral en el Diario Oficial El Peruano, copia autenticada y el archivo electrónico del Anexo respectivo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER N. ZECENARRO MATEUS
Director General
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles