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RESOLUCIÓN SBS Nº 8047-2012

Opinan favorablemente para que el Banco Financiero del Perú emita el Primer Programa de Bonos Subordinados - Banco Financiero

 

[+] Datos Generales
20121027Legislacion
Fecha de Promulgación :19/10/2012
Fecha de Publicación :27/10/2012
Entrada en vigencia :28/10/2012
Página El Peruano:477402
Estado :

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Lima, 19 de octubre de 2012

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú para que se emita opinión favorable respecto al “Primer Programa de Bonos Subordinados - Banco Financiero”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 150’000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), en su artículo 234º, faculta a las empresas del sistema financiero a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general;

Que, la emisión de instrumentos financieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos financieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa, con excepción de los bonos convertibles y subordinados, cuya emisión debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar dicha facultad en el Directorio; y que dicha emisión requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia;

Que, el artículo 233º de la Ley General establece las características que deben tener los bonos subordinados para que sean elegibles para el cómputo del patrimonio efectivo;

Que, el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS Nº 4727-2009 (en adelante, el Reglamento de Deuda Subordinada) establece los requisitos para emisión de instrumentos representativos deuda subordinada, así como las condiciones para el cómputo de dicha deuda subordinada en el patrimonio efectivo; siendo aplicables, en lo que corresponda, las normas relativas al procedimiento general o anticipado para la emisión en serie de instrumentos financieros, recogidas en la Circular Nº B-2074-2000.

Que, en sesión celebrada el 18 de julio de 2012, el Directorio del Banco Financiero del Perú, con delegación de la Junta General de Accionistas, aprobó el Primer Programa de Bonos Subordinados – Banco Financiero por S/. 150’000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y el Departamento Legal; y, con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica, y;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Financiero del Perú emita el Primer Programa de Bonos Subordinados – Banco Financiero, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 150’000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- El monto total de los bonos subordinados del Banco Financiero del Perú, podrá ser considerado dentro del cómputo del patrimonio efectivo de la entidad durante el plazo de vigencia de la mencionada emisión, siempre que se cumpla con lo dispuesto en el Capítulo IV del Reglamento de Deuda Subordinada.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG

Superintendente de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones


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