RS 308-2012-DE/FAPRS_308_2012_DE/FAP

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2012-DE/FAP

Autorizan viajes de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a EE.UU., en comisión especial en el exterior

[+] Datos Generales
20120629Legislacion
Fecha de Promulgación :28/06/2012
Fecha de Publicación :29/06/2012
Entrada en vigencia :30/06/2012
Página El Peruano:469476
Estado :

Lima, 28 de junio de 2012

Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 2531 de fecha 22 de mayo de 2012 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50-EMAI-Nº 0689 del 22 de mayo de 2012.

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Defensa tiene establecido como objetivos del sector, fortalecer la formación técnica y promover su continua profesionalización, fomentar la participación del sector en el desarrollo socioeconómico del país y fortalecer las relaciones bilaterales y multilaterales de cooperación en materia de Defensa;

Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID) es un Foro Internacional integrado por representantes militares y civiles designados por los Estados miembros, que colaboran en identificar soluciones a los retos comunes de defensa y seguridad que surgen en el continente americano; asimismo, el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es una institución educativa multinacional que forma parte de la estructura de la Junta Interamericana de Defensa (JID) y de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que lleva a cabo cursos que tienen como participantes miembros de las Fuerzas Armadas, del Servicio Diplomático y otras dependencias de los estados del hemisferio;

Que, con la finalidad de mantener una mayor participación del Perú en la Junta Interamericana de Defensa, así como lograr el objetivo institucional de contar con presencia internacional y tener conocimiento de los riesgos que afrontan los Estados en el marco de la globalización; la Fuerza Aérea del Perú mediante una evaluación efectuada por el Comando de Educación, a los Oficiales Superiores de la especialidad de Armas Comando y Combate que hayan realizado operaciones aéreas en la zona del VRAE, de alto nivel profesional, con proyección para ocupar cargos de Alto Mando y en consideración a los méritos obtenidos, propone al Comandante FAP GINO PAOLO RENGIFO BARTRA, como Oficial Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de julio de 2012 al 30 de junio de 2014;

Que, al retorno a nuestro país, el citado Oficial se integrará al Estado Mayor, Comandos de Fuerza o como miembro de la Planta Orgánica de la Escuela Superior de Guerra Aérea, para desempeñarse como docente y poder trasmitir los conocimientos adquiridos y asesorar al Alto Mando en temas relacionados a Defensa y Seguridad Hemisférica;

Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de América, del Comandante FAP GINO PAOLO RENGIFO BARTRA, como Oficial Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de julio de 2012 al 30 de junio de 2014, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda;

Que, la Comisión Especial en el Exterior antes mencionada no se encuentra prevista en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012 y su modificatoria aprobada con Resolución Suprema Nº 017-2012 DE/SG de fecha 20 de enero de 2012, en razón que la invitación y aceptación del Comandante FAP GINO PAOLO RENGIFO BARTRA como Oficial Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y participante en el Colegio Interamericano de Defensa, fue aprobada con el Oficio Nº 988-2012-MINDEF/VPD/B/01.d de fecha 14 de mayo de 2012, sin embargo, considerando que es de suma importancia para los intereses del Gobierno Peruano, del Ministerio de Defensa y de la Fuerza Aérea del Perú, resulta pertinente expedir la autorización de viaje;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG de fecha 13 de febrero de 2009 se incorpora el “Capítulo VII: Comisión Especial en el Exterior” al Título II “Modalidades de Viaje al Exterior” del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, estableciendo en el Artículo 18º.-Derechos, que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el Artículo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG;

Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004;

De conformidad con la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior a la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, del Comandante FAP GINO PAOLO RENGIFO BARTRA, NSA: O-9570489, DNI: 09536344, como Oficial Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa, del 01 de julio de 2012 al 30 de junio de 2014.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo de ida: Lima – Washington D.C. (Estados Unidos de América) Titular y Esposa

US $ 1,636.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,272.00

Gastos de Traslado – Ida (Equipaje, bagaje e instalación)

US $ 6,930.00 x 02 x 01 persona = US $ 13,860.00

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero

US $ 6,930.00 x 06 meses x 01 persona = US $ 41,580.00

Total a pagar = US $ 58,712.00

Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 5º.-El Oficial designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros

JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA

Ministro de Defensa


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