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ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 016-2012

Establecen pago por derecho de autorización temporal por ocupación y uso de la vía pública de la Playa Chorrillos, Puerto de Huacho por la Festividad del Apóstol San Pedro

[+] Datos Generales
20120612Legislacion
Fecha de Promulgación :08/06/2012
Fecha de Publicación :12/06/2012
Entrada en vigencia :13/06/2012
Página El Peruano:468193
Estado :

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Huacho, 8 de junio de 2012

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Huaura, en Sesión Extraordinaria de fecha 8 de junio de 2012; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, tienen la facultad que emana de la voluntad popular, cuentan con personería jurídica de derecho propio, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con los límites que señala la Ley;

Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas que son disposiciones municipales con rango de Ley, conforme a lo establecido en la norma legal antes señalada;

Que, tradicionalmente en la cálida y hospitalaria ciudad de Huacho, se celebra la Festividad de San Pedro, estableciéndose espacios de recreación y esparcimiento para la población que participa de las diversas actividades que realizan por tal acontecimiento;

Que, resulta ineludible regular y normar el uso y ocupación de la vía pública en la Playa de Chorrillos, así como el desarrollo de las actividades comerciales en esa zona, durante los días de celebración de la tradicional Festividad del Apóstol San Pedro;

Estando a lo expuesto, con la dispensa de lectura y trámite de aprobación del Acta y del Dictamen de la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas y de conformidad con el numeral 8) del artículo 9º concordante con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; con el voto MAYORITARIO del Pleno del Concejo, se aprueba:

 

PAGO DE DERECHO DE AUTORIZACION TEMPORAL PARA LA OCUPACION Y USO DE LA VIA PUBLICA DE LA PLAYA DE CHORRILLOS Y PUERTO DE HUACHO POR LA FESTIVIDAD DEL APOSTOL SAN PEDRO.

Artículo Primero.- ESTABLECER el pago por derecho de autorización temporal a los usuarios por ocupación y uso de vía pública de la Playa Chorrillos, Puerto de Huacho con ocasión de la Festividad del Apóstol San Pedro correspondiente al año 2012, de acuerdo a la Unidad Impositiva Tributaria vigente y los porcentajes determinados para cada puesto y/o módulo, según el detalle siguiente:

El uso de la Explanada de la Playa de Chorrillos-Huacho, para la instalación de juegos mecánicos, se otorgara previo proceso de evaluación de los expedientes presentados.

La ocupación de la Explanada de la Playa de Chorrillos será mediante módulos:

Área 40 m2. Para Vivanderas (de 5ml x 8ml)

Área 16 m2. Para Artesanías (de 4ml x 4ml)

Área 4 m2. Para la venta de Picarones, Frituras,

Anticuchos, postres (dulces), venta

de vinos y otros.

(de 2ml x 2ml)

Para los juegos mecánicos, el área de ocupación de la vía pública, será la que utilicen dichos juegos.

Los requisitos a presentar para la autorización de un puesto en la Explanada de la Playa de Chorrillos por la Festividad de San Pedro serán las siguientes:

PARA PUESTOS

- Solicitud

- Copia del D.N.I. del solicitante

- Carnet de Sanidad (vivanderas)

- Declaración Jurada de compromiso de venta de licor limitado y cumplimiento a las recomendaciones de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaura, caso contrario estará sujeto a las sanciones respectivas y/o retiro inmediato.

- Los puestos de vivandera o puestos de venta de alimentos deben de cumplir con las medidas sanitarias respectivas, que garanticen la higiene y conservación de los alimentos.

- La evaluación será según fecha de presentación de los expedientes presentados.

- En caso de personas jurídicas, deberá adjuntarse su personería jurídica.

PARA JUEGOS:

- Solicitud

- Copia del D.N.I. del dueño o representante de la Empresa

- Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento a las recomendaciones de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaura, caso contrario estará sujeto a las sanciones respectivas y/o retiro inmediato.

- La evaluación será según fecha de presentación de los expedientes presentados, calidad de juegos, estado de conservación y a la modernidad.

- En caso de personas jurídicas, deberá adjuntarse su personería jurídica.

En el caso del Puerto de Huacho los kioscos que se ubiquen deberán de pagar un derecho por autorización por ocupación de vía pública de S/.5.00 nuevos soles por m2.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- Aprobar el periodo improrrogable de veintiocho (28) días consecutivos, a partir del 13 de Junio al 10 de Julio de 2012, para uso y ocupación de la vía pública de la Playa de Chorrillos y Puerto de Huacho por la Festividad de San Pedro.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Administración General y Economía, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Administración Tributaria, Oficina de Fiscalización Tributaria, Oficina de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, a fin que los usuarios cumplan con abonar los derechos correspondientes antes de su ubicación.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- La autorización para uso temporal y/o área ocupación de las vías pública es individual e intransferible, debiéndose presentar una declaración jurada simple, señalando que no registra adeudos con la Municipalidad Provincial de Huaura y que no está representando a terceros. Se prohíbe toda clase de subcontratación.

KEYWORDS:

Artículo Quinto.- La Autorización Municipal para la ocupación del área a que se refieren los artículos precedentes será expedida por la Gerencia de Servicios Públicos, previa verificación de los pagos realizados y de los cumplimientos de los requisitos establecidos.

KEYWORDS:

Artículo Sexto.- No se aceptará monopolio de ninguna persona natural, ni persona jurídica, siendo el otorgamiento de las ubicaciones de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad municipal vigente, los mismos que es individual e intransferible.

KEYWORDS:

Artículo Sétimo.- Establézcase la zona de estacionamiento vehicular en la Playa de Chorrillos, en los espacios identificados y señalados habilitados para tal fin, a partir de las 09:00 hasta las 23:00 horas de lunes a domingo, abonando por tal concepto la tasa inmediata de S/.2.00 nuevos soles, para que el vehículo permanezca estacionado, encargándose del cobro respectivo a la Gerencia de Administración Tributaria.

KEYWORDS:

Artículo Octavo.- Encárguese a la Oficina de Recaudación y Control, para que en coordinación con las oficinas competentes, emita al despacho de Alcaldía en un plazo de 15 días útiles, contados a partir del día siguiente de culminado el período otorgado para el uso y ocupación de la vía pública, materia del presente Decreto, un informe detallado sobre la recaudación obtenida durante la festividad del Apóstol San Pedro, con conocimiento de la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Administración Tributaria, Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas.

KEYWORDS:

Artículo Noveno.- Encárguese a la Gerencia de Administración General y Economía, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico, Oficina de Planeamiento Tributario y Orientación al Contribuyente, Oficina de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento de la presente norma municipal, así como a la Oficina de Logística la publicación correspondiente.

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Artículo Décimo.- Déjese sin efecto legal toda norma o disposición que se oponga al presente.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

SANTIAGO CANO LA ROSA

Alcalde Provincial


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