RM 228-2012-MINSARM_228_2012_MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2012/MINSA

Adscriben a la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias - CENARUE, a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional denominado “Sistema de Atención Móvil de Urgencia - SAMU”

 

[+] Datos Generales
20120328Legislacion
Fecha de Promulgación :27/03/2012
Fecha de Publicación :28/03/2012
Entrada en vigencia :29/03/2012
Página El Peruano:463216
Estado :

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Lima, 27 de marzo del 2012

Visto, el Expediente Nº 12-026249-001, que contiene los Informes Nº 003-2012-DGSP/MINSA y Nº 053-2012-OGPP-OO/MINSA, emitidos por la Dirección General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, respectivamente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el literal h) del artículo 3º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia de rectoría sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, entre otros, el análisis y regulación técnica de la prestación de servicios de salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 751-2004/ MINSA, se aprobó la Norma Técnica Nº 018-MINSA/ DGSP-V.01: “Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contrareferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud”, que tiene como finalidad garantizar la continuidad de la atención de los usuarios en los servicios de salud, a través de un sistema de referencia y contrareferencia efectivo y eficiente, implementando en los diferentes establecimientos de salud, mejorando el estado de salud de las personas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 589-2007/ MINSA, se aprobó el “Plan Nacional Concertado de Salud”, en el cual se establece como uno de los Lineamiento de Política de Salud 2007 – 2020, el mejoramiento progresivo del acceso a los servicios de salud de calidad, el cual dispone que, para garantizar la atención de la salud a la población y el acceso universal equitativo y solidario a los servicios de salud, es necesaria la articulación efectiva del sistema de salud en función de la atención de la demanda y necesidades básicas de salud de la población;

Que, con Resolución Ministerial Nº 183-2011/MINSA, se conformó la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias – CENARUE, en la Dirección de Servicios de la Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas, hasta la aprobación del Manual de Organización y Funciones de la citada Dirección;

Que, el artículo 2º de la precita Resolución, dispone que la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias – CENARUE, será la encargada de organizar, diseñar, implementar y hacer cumplir los procesos de referencias de urgencias y emergencias en el ámbito nacional, que orienten y faciliten la atención de los usuarios en casos de urgencias y emergencias, brindando soporte al Sistema de Referencia y Contrareferencia, en el Marco del Aseguramiento Universal de salud;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2011-SA, se creó el Programa Nacional denominado “Sistema de Atención Móvil de Urgencia”, en adelante “El SAMU”, el cual se encuentra adscrito al Ministerio de Salud y tiene como finalidad gestionar integralmente la atención de urgencias y emergencias pre-hospitalarias, para su resolución oportuna, prioritariamente en zonas urbanas con mayor exposición a eventos de riesgos y en zonas rurales con alta dispersión de oferta de establecimientos de salud, en el marco del Sistema Nacional de Salud;

Que, el artículo 2º del precitado Decreto Supremo, establece como funciones de “El SAMU”, entre otras, articular la atención pre-hospitalaria con la atención en los servicios de emergencia de los establecimientos de salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 944-2011/MINSA, se aprobó el Manual de Operaciones de “EL SAMU”, en el cual se desarrollan los procesos estratégicos, esenciales y de soporte que desarrollará el referido Programa;

Que, mediante el documento del visto la Oficina de Organización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable a la propuesta de adscripción de la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias – CENARUE al Programa Nacional “SAMU”;

Que, con la finalidad de articular la atención pre-hospitalaria con la atención en los servicios de emergencia de los establecimientos de salud, resulta necesario adoptar acciones pertinentes destinadas asegurar el normal y eficiente funcionamiento del Programa Nacional denominado “SAMU”;

Contando con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el Informe Nº053-2012-OGPP-OO/MINSA, y con el visto del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modificatorias y en la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Adscribir la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias – CENARUE, a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional denominado “Sistema de Atención Móvil de Urgencia – SAMU”.

KEYWORDS:

Artículo 2º- Disponer que la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional denominado “Sistema de Atención Móvil de Urgencia – SAMU”, adopte las acciones pertinentes, a fin de evaluar la modificación del Manual de Operaciones de “EL SAMU”

KEYWORDS:

Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Electrónico del Ministerio de Salud http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA

Ministro de Salud


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