ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2011-GOB.REG. TUMBES-CR
Crean el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Tumbes -COREMYPE Tumbes
20120219Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 06/12/2011 |
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Fecha de Publicación : | 19/02/2012 |
Entrada en vigencia : | 20/02/2012 |
Página El Peruano: | 461080 |
Estado : |
Tumbes, 06 de Diciembre del 2011 EL CONSEJO REGIONAL TUMBES
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Ordinaria de Consejo Nº 12 de fecha 06 de diciembre del 2011, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 096-2011/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen sobre creación del COREMYPE.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N°28015– Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, la defi ne como la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios; Que asimismo, la Ley N° 28015 crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – CODEMYPE, como órgano adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el artículo 9° establece la obligación de los Gobiernos Regionales de crear en cada región un Consejo Regional de la MYPE, con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad, cuya función macro será promover el acercamiento entre las diferentes asociaciones de las MYPE, entidades privadas de promoción y asesoría a las MYPE y autoridades regionales;
Que, con Ley N° 29271 se transfiere funciones y competencias sobre Micro y Pequeñas Empresas – MYPES del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Ministerio de la Producción y con Ordenanza Regional N° 016-2009-GOB.REG.TUMBES-CR, de fecha 26 de noviembre del 2009, el Gobierno Regional Tumbes transfiere a la Dirección Regional de la Producción las funciones y competencias sobre micro y pequeñas empresas – MYPE, consignadas en el artículo 48° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, en concordancia y cumplimiento de la normatividad vigente, corresponde crear mediante Ordenanza Regional el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Tumbes – COREMYPE Tumbes, como un órgano consultivo, adscrito al Gobierno Regional Tumbes, con el objetivo de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Tumbes y actualizar su conformación;
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- CREAR el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Tumbes – COREMYPE Tumbes, como un órgano consultivo, adscrito al Gobierno Regional Tumbes, con el objetivo de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE, en su ámbito geográfico y su articulación con los planes y programas locales, regionales y nacionales.
Artículo Segundo.- El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Tumbes – COREMYPE TUMBES, estará conformado por: - Gerente Regional de Desarrollo Económico, como representante del Presidente del Gobierno Regional de Tumbes, quien preside el COREMYPE TUMBES.
- Un representante de la Dirección Regional de la Producción, de la Dirección de MYPE e Industria, quien actuará como Secretaría Técnica.
- Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.
- Un representante de la Dirección Regional de Agricultura.
- Un representante de la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes.
- Un representante de la Dirección de Mi Empresa – Oficina de Tumbes.
- Un representante de SUNAT Tumbes.
- Un representante de la Municipalidad Provincial de Tumbes.
- Un representante de la Municipalidad Provincial de Zarumilla.
- Un representante de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar.
- Un representante de la Universidad Nacional de Tumbes.
- Un representante de Organismos privados de promoción de las MYPE.
- Cuatro representantes de la Asociación de la Micro y Pequeñas Empresas – APEMYPE.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda norma regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional conforme a lo establecido en el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su Promulgación.
En Tumbes a los seis días del mes de diciembre del dos mil once.
DIEGO ALEMÁN RAMÍREZ
Consejero Delegado
POR TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase
Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el
GERARDO FIDEL VIÑAS DIOSES
Presidente Regional