RAD 13-2012-CE-PJRAD_13_2012_CE-PJ

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 013-2012-CE-PJ

Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios en los Distritos Judiciales de Tacna, Junín y del Santa

[+] Datos Generales
20120131Legislacion
Fecha de Promulgación :24/01/2012
Fecha de Publicación :31/01/2012
Entrada en vigencia :01/02/2012
Página El Peruano:460119
Estado :

Lima, 24 de enero de 2012

VISTOS:

El Oficio N° 008-2012-ETIINLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; el Informe N° 003-2012-ETIINLPT-ST/PJ de la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico; Oficio N° 002-2012-CDDP-CSJJU/PJ del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, Oficio N° 284-2012-P-CSJSA/PJ del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Santa y el Oficio N° 098-2012-P-CSJT/PJ del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, así como los Informes Nros. 23, 24 y 25-2012-SEP-GP-GG-PJ elaborados por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General de este Poder del Estado, relacionados con los órganos jurisdiccionales transitorios de trabajo de los Distritos Judiciales de Junín, Santa y Tacna, respectivamente.

CONSIDERANDO:

Primero.- Que mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 265-2011-CE-PJ de fecha 25 de octubre de 2011 se prorrogó el plazo de funcionamiento del Primer y Segundo Juzgados de Trabajo Transitorios de Huancayo - El Tambo, Distrito Judicial de Junín, hasta el 31 de enero del año en curso.

Segundo.- Que, la Resolución Administrativa N° 186-2011-CE-PJ de fecha 12 de julio de 2011 mediante su artículo segundo prorrogó el plazo de funcionamiento hasta el 31 de los corrientes, entre otros, del Primer Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Distrito Judicial del Santa, denominación que fue precisada en virtud del artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 265-2011-CE-PJ, del 25 de octubre de 2011.

Tercero.- Que, asimismo, el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 229-2011-CE-PJ de fecha 7 de setiembre de 2011 dispuso la conversión y reubicación a partir del 1 de octubre del mismo año, del Juzgado Mixto Transitorio de Abancay, Distrito Judicial de Apurímac, en Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Tacna, Corte Superior de Justicia del mismo nombre y prorrogó su funcionamiento hasta el 31 de enero del presente año.

Cuarto.- Que la Resolución Administrativa N° 130-2011-CE-PJ, del 11 de mayo de 2011 mediante su artículo tercero dispone que la evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales donde se encuentra implementada la Ley N° 29497, están bajo la supervisión del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la fi nalidad de efectuar su seguimiento y monitoreo.

Quinto.- Que los Informes Nros. 23, 24 y 25-2012-SEP-GP-GG-PJ elaborados por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General de este Poder del Estado; así como el Informe N° 003-2011-ETIINLPT-ST/PJ de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, concluyen en la factibilidad de la prórroga de la vigencia de funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales transitorios; sin embargo, es necesario que los mencionados órganos jurisdiccionales incrementen el nivel de resolución en sus respectivos despachos, para tal efecto se deben dictar medidas preventivas al respecto.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 063-2012 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios:

Hasta el 31 de marzo de 2012

DISTRITO JUDICIAL DE TACNA

- Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Tacna

Hasta el 31 de mayo de 2012

DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN

- Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo - El Tambo

- Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo - El Tambo

DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA

- Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chimbote

Artículo Segundo.- Exhortar a los Jueces de los mencionados órganos jurisdiccionales transitorios incrementar el nivel de resolución en sus respectivos despachos judiciales, a efectos de contribuir con una eficaz descarga procesal. Vencida la prórroga, con los informes emitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia mencionadas, se evaluarán los niveles de resolución a efectos de determinar sus prórrogas o de ser el caso su reubicación.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Junín, Santa y Tacna, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO

Presidente


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