RJ 610-2011-JNAC-RENIECRJ_610_2011_JNAC-RENIEC

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 610- 2011-JNAC/RENIEC

Amplían campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI para las personas adultas mayores a partir de los 65 años de edad, a nivel nacional

[+] Datos Generales
20120104Legislacion
Fecha de Promulgación :29/12/2011
Fecha de Publicación :04/01/2012
Entrada en vigencia :05/01/2012
Estado :

Lima, 29 de diciembre de 2011

VISTOS: El Oficio N° 002320-2011/GRIAS/RENIEC (22DIC2011) e Informe N° 037-2011/GRIAS /RENIEC (21DIC2011) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Oficio N° 003184 -2011/GPP/ RENIEC (29DIC2011) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 002130-2011-GPP/SGP/ RENIEC (29DIC2011) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 002734-2011-GAJ/RENIEC (29DIC2011), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;

Que mediante Resolución Jefatural N° 873-2007/ JNAC/RENIEC (17OCT2007) la Jefatura Nacional dispuso, en el artículo cuarto, la atención gratuita de todo tipo de trámites para la obtención del DNI en el domicilio, incluyendo la toma de fotografías, a las personas mayores de setenta (70) años de edad con discapacidad severa y aquellas que se encuentren postradas, resolución que se encuentra actualmente vigente;

Que por Resolución Jefatural N° 1097-2010/JNAC/ RENIEC (30DIC2010), se aprobó la campaña para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años de edad en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados, cuya afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; pudiendo los referidos procedimientos efectuarse en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Oficina Registral Piura, de la Jefatura Regional Piura;

Que la citada Resolución Jefatural N° 1097-2010-JNAC/RENIEC (30DIC2010) fue modificada por la Resolución Jefatural N° 353-2011-JNAC/RENIEC (15JUL2011), así como por la Resolución Jefatural N° 558-2011-JNAC/RENIEC (21NOV2011), a fin de incluir como beneficiarios a personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional hasta el 31 de diciembre de 2011, precisándose que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil evaluaría la aprobación de la continuidad de esta política de gratuidad para los siguientes ejercicios fiscales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal;

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del informe del visto emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, señala que siendo el DNI un requisito indispensable para que las personas puedan realizar diversos trámites, resultaría factible atender la campaña de gratuidad propuesta por la GRIAS para los trámites de inscripción, rectificación y duplicados del DNI que realicen los adultos mayores de 65 años, los mismos que serán atendidos con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuente el Pliego 033: RENIEC en el Presupuesto Institucional 2012 y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2012, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y cuya afectación será en la medida que se realicen los mencionados trámites.

Artículo Segundo.- Los trámites mencionados en el artículo anterior se podrán efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Oficina Registral Piura, ésta última perteneciente a la Jefatura Regional Piura. La solicitud de dicho servicio se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la línea gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al número telefónico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales (Lima).

Artículo Tercero.- Declarar que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil evaluará la aprobación de la continuidad de ésta política de gratuidad, en los términos de lo mencionado en el Artículo Primero de la presente resolución, para los siguientes ejercicios fiscales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.

Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración y Planificación y Presupuesto.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO

Jefe Nacional

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil


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