RM 275-2012-VIVIENDARM_275_2012_VIVIENDA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 275-2012-VIVIENDA

Autorizan Transferencia Financiera a favor de EPS SEDACUSCO S.A, para el financiamiento de obra del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cusco”

 

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Legislacion
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Lima, 6 de diciembre de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión - JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 Yenes Japoneses), para financiar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000;

Que, el citado Convenio de Préstamo N° PE-P29 en su Anexo 1 establece que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable - PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, el que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, actualmente denominado Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; además, el citado Convenio, en su Anexo 1, precisó que las “Agencias de Implementación” para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A.;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 768-2008-EF/75, de fecha 23 de diciembre de 2008, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, el mismo que establece en su Cláusula Tercera que el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF traslada a la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., la suma de ¥ 1 336 000 000,00;

Que, en el marco del Convenio de Préstamo N° PE-P29, con fecha 22 de enero del 2009 se suscribió el Convenio de Implementación para la ejecución del Proyecto “Lote 3 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales” entre el Programa Agua para Todos (Hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., en el cual se establecen los alcances, obligaciones, procedimientos y demás condiciones en que se desarrollará la implementación del citado proyecto;

Que, el numeral 13 de la Cláusula Cuarta del Convenio de Implementación de fecha 22 de enero de 2009, establece que el Programa Agua Para Todos (Hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano) formalizará la transferencia financiera a SEDACUSCO S.A. de los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento de recursos externos para la ejecución de la obra del Lote 3 Cusco;

Que, asimismo, la Cláusula Sexta del Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO S.A., de fecha 18 de julio del 2011, establece que los recursos a financiar por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (VIVIENDA), serán por la suma total de S/. 8 600 000,00, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto “Lote 3 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 062-2012-VIVIENDA de fecha 27 de marzo de 2012, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos (Hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano), hasta por la suma de S/. 8 600 000,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/. 34 713 164,00 en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la EPS SEDACUSCO S.A., para ser destinada a la ejecución del proyecto Lote 3 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco, en el marco del Contrato de Préstamo PE-P29;

Que, con fecha 22 de noviembre de 2012, se suscribió la Adenda N° 1 al Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., correspondiente a la Obra Lote 3 “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo”, Convenio de Préstamo N° PE - P29, estableciéndose en su Clausula Segunda que las partes acuerdan que VIVIENDA efectuará un aporte total adicional al monto de financiamiento comprometido a que se refiere el Convenio de fecha 18 de julio de 2011, por la suma de S/. 26 343 619,64, de los cuales S/. 4 210 845,96 corresponden al Año Fiscal 2012 y S/. 22 132 773,70 al año fiscal 2013;

Que, mediante el Memorándum N° 087-2012-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.2, la Unidad de Infraestructura y Sostenibilidad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicitó iniciar los procedimientos administrativos para la emisión del dispositivo legal que permita la transferencia de los recursos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/. 4 210 846,00 y en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/. 1 705 030,00, necesarios para el pago de las valorizaciones de obra del año 2012 de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco”, en virtud al Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO S.A., y el Convenio de Traspaso de Recursos aprobado con Resolución Ministerial N° 768-2008-EF/75, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29;

Que, mediante el Memorándum Nº 3050-2012/ VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señaló que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 4 210 846,00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/. 1 705 030,00 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Meta 0024: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano - Cusco, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias;

Que, en ese sentido, el literal b), del numeral 12.1 de artículo 12 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza de manera excepcional durante el presente año se realicen transferencias financieras para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 4 210 846,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; así como, la Transferencia Financiera por S/. 1 705 030,00 (UN MILLON SETECIENTOS CINCO MIL TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A, destinada al financiamiento de la Obra Lote 3 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cusco”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29.

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Artículo 2º.- Financiamiento

Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2012, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano.

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Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de las transferencias autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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Artículo 4º.- Monitoreo

El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.

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Artículo 5º.- Información

La EPS SEDACUSCO S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

 

 

 


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