RS 17-2016-VIVIENDARS_17_2016_VIVIENDA

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2016-VIVIENDA

Constituyen la Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

[+] Datos Generales
20161129Legislacion
Fecha de Promulgación :27/11/2016
Fecha de Publicación :29/11/2016
Entrada en vigencia :30/11/2016
Página El Peruano:605352
Estado :

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Lima, 27 de noviembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema; siendo que, el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confianza y no lo inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;

Que, el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, señala que las Comisiones Consultivas tienen por función absolver consultas o emitir opinión en temas de política y asuntos de competencia del Sector, cuando el Ministro lo considere necesario, y que su funcionamiento se regula mediante Reglamento Interno, aprobado por Resolución Ministerial;

Que, atendiendo al marco legal citado en los considerandos precedentes, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha considerado pertinente constituir una Comisión Consultiva encargada de absolver consultas o emitir opiniones en temas de política y asuntos de competencia del Sector Vivienda y Urbanismo, expidiendo pronunciamientos de carácter no vinculante y siempre que el Ministro lo considere necesario;

Que, conforme a los considerandos precedentes, es necesario constituir y designar a los miembros de la Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Constituir la Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual será presidida por el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, y estará encargada de absolver consultas o emitir opiniones en temas de política y asuntos de competencia del Sector Vivienda y Urbanismo, expidiendo pronunciamientos de carácter no vinculante y siempre que el Ministro lo considere necesario; así como de promover el diálogo en asuntos del referido Sector entre el Estado y la sociedad.

KEYWORDS:

Artículo 2.- La Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, está conformada por:

- El Presidente de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO;

- El Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

- El Decano del Colegio de Arquitectos del Perú;

- El Decano del Colegio de Ingenieros del Perú;

- Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú - AMPE;

- Un representante de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP.

Las instituciones conformantes de la Comisión Consultiva comunican mediante documento escrito a sus representantes titulares y alternos, los cuales ejercen el cargo ad honorem.

KEYWORDS:

Artículo 3.- La Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de publicada la presente Resolución Suprema, y tendrá una duración de dos (02) años.

KEYWORDS:

Artículo 4.- La Comisión Consultiva del Sector Vivienda y Urbanismo se rige por su Reglamento Interno, el cual es aprobado mediante Resolución Ministerial, a propuesta de la citada Comisión.

KEYWORDS:

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento


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