RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 290-2016-SERNANP
Aprueban Plan Maestro del Parque Nacional Otishi, período 2016 - 2020
20161111Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 31/10/2016 |
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Fecha de Publicación : | 11/11/2016 |
Entrada en vigencia : | 12/11/2016 |
Página El Peruano: | 603989 |
Estado : |
Lima, 31 de octubre de 2016
VISTO:
El Informe N° 897-2016-SERNANP-DDE de fecha del 07 de setiembre de 2016 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Informe N° 686-2016-SERNANP-DGANP, del 27 de octubre de 2016 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, a través de los cuales emiten su conformidad a la propuesta de aprobación del Plan Maestro del Parque Nacional Otishi, periodo 2016-2020.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas naturales Protegidas;
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Ambiente, se crea el Servicio de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por El Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2003-AG, publicado el 15 de enero de 2003, se categoriza la superficie de 305. 973.05 ha. de la Zona Reservada del Apurímac como Parque Nacional Otishi, comprendida entre la Reserva Comunal Machiguenga y la Reserva Comunal Asháninka;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 099-2005-INRENA, de fecha 11 de mayo de 2005, se aprobó el Plan Maestro del Parque Nacional Otishi, periodo 2005-2010;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;
Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años;
Que, el numeral 5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM que estableció “Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas” precisa que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero del año 2014, se aprobaron las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional”;
Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2013-2015-SERNANP-DDE de fecha del 06 de junio del 2016, se aprueban los Términos de Referencia para el proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Otishi;
Que, mediante Resolución Directoral N° 015-2015-SERNANP-DDE de fecha de 08 de junio del 2015, se aprueba la modificación del cronograma de los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Otishi; |
Que, mediante Resolución Directoral N° 05-2016-SERNANP-DDE de fecha de 24 de febrero del 2016, se aprueba la modificación del cronograma de los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Otishi;
Que, la propuesta de Plan Maestro del Parque Nacional Otishi es el resultado de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG;
Que, el Informe N° 897-2016-SERNANP-DDE concluye que la propuesta de Plan Maestro del Parque Nacional Otishi, periodo 2016-2020, ha sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, la primera disposición transitoria y final de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP;
Que, asimismo del referido informe se advierte que la propuesta de Plan Maestro no presenta observaciones, ha sido validada por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y cuenta con la conformidad de la Alta Dirección del SERNANP;
Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Plan Maestro del Parque Nacional Otishi, período 2016-2020, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la zonificación establecida en el Plan Maestro aprobado en el artículo anterior, la misma que entrará en vigencia una vez que sea ratificada o precisada del proceso de consulta previa, mientras tanto, se mantiene la zonificación aprobada mediante Resolución Jefatural N° 099-2005-INRENA.
Artículo 3°.- Aprobar la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta en el Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
La versión oficial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.
Artículo 4°.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional Otishi, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 5°.- Publicar la presente Resolución, la Memoria Descriptiva y el Mapa en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe