RM 248-2016-MIDISRM_248_2016_MIDIS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2016-MIDIS

Crean el Laboratorio de Innovación Social denominado “AYNI Lab-social”

[+] Datos Generales
20161018Legislacion
Fecha de Promulgación :14/10/2016
Fecha de Publicación :18/10/2016
Entrada en vigencia :19/10/2016
Página El Peruano:601859
Estado :

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Lima, 14 de octubre de 2016

VISTOS:

El Informe N° 525-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° 368-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y el Informe N° 485-2016-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; el cual tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil, siendo competente en materia de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social; así como en la protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;

Que, según la citada Ley, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, tiene entre otras funciones generales, establecer mecanismos de transparencia destinados a promover la participación activa del sector privado, del ámbito académico y de la sociedad civil en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación e impacto de los programas sociales, de modo que respondan efectivamente a las necesidades de la población en el marco de las políticas nacionales en la materia;

Que, asimismo, en lo que respecta a las funciones exclusivas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la referida Ley contempla, el desarrollo de metodologías e instrumentos de gestión para las políticas y programas de desarrollo e inclusión social, y tratándose de las funciones compartidas, prevé la promoción y desarrollo de investigación en materia de desarrollo e inclusión social;

Que, con la finalidad de proponer alternativas de solución a problemas vinculados a las prioridades de la política social así como a la política del actual gobierno de acercar el Estado al ciudadano, resulta necesario desde el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, desarrollar herramientas y mecanismos que den respuestas efectivas a estos objetivos;

Que, en ese sentido, resulta necesario crear un laboratorio de innovación social, el que se denominará “AYNI Lab-social”, con la finalidad de impulsar la identificación e implementación de soluciones innovadoras para lograr mejoras en las intervenciones a cargo del sector dirigidas a mejorar la calidad de vida de la población;

Que, el “AYNI Lab-social” estará a cargo del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio, al tener entre sus funciones, la definición y desarrollo de las metodologías e instrumentos de gestión social para las políticas y programas de desarrollo e inclusión social y promover la generación de información y el desarrollo de investigaciones en la materia;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N°29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación del AYNI Lab-social

Crear el Laboratorio de Innovación Social denominado “AYNI Lab-social”, herramienta que tiene por objeto, impulsar la generación de innovaciones costo-efectivas para la política social.

El “Ayni Lab-social” depende del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

KEYWORDS:

Artículo 2.- Finalidad del AYNI Lab-social

El “AYNI Lab-social” tiene como finalidad identificar e implementar soluciones innovadoras dirigidas a mejorar la calidad de vida de la población en condición de pobreza o vulnerabilidad, de acuerdo a las prioridades de la política social establecidas por el Gobierno.

KEYWORDS:

Artículo 3.- Características de las innovaciones

Las innovaciones a cargo del “AYNI Lab-social” tendrán las siguientes características:

a) Originales, por su capacidad de resolver necesidades o problemas sociales con poca burocracia.

b) Transferibles y reproducibles, por su capacidad de difusión y expansión.

c) Susceptibles de transformarse en una política, un servicio o un proceso social nuevo que satisfaga las necesidades de las y los ciudadanos en condición de pobreza o vulnerabilidad o mejore la eficacia de la administración pública.

d) Costo-efectivas al ser de bajo costo y por sus impactos potenciales.

e) Escalables, sobre la base de evidencia rigurosa.

KEYWORDS:

Artículo 4.- Funcionamiento del AYNI Lab-social

El “AYNI Lab-social” desarrolla sus actividades a través de las siguientes etapas:

a) Primera etapa: Priorización de necesidades, a partir de la identificación de los principales problemas a resolver.

b) Segunda etapa: Desarrollo de la innovación, la que se ejecutará a través de Fondos concursables y Mesas Temáticas de expertos, entre otras modalidades.

c) Tercera etapa: Implementación del piloto.

d) Cuarta etapa: Evaluación, evidencia y escalamiento.

KEYWORDS:

Artículo 5.- Grupo de Trabajo

El “AYNI Lab-social” está a cargo de un Grupo de Trabajo integrado por profesionales con experiencia en seguimiento y evaluación de políticas sociales, conformado por los siguientes integrantes:

a) El(la) Viceministro(a) de Políticas y Evaluación Social, quien la preside.

b) El(la) Viceministro(a) de Prestaciones Sociales.

c) El(la) Director General de Seguimiento y Evaluación.

d) El(la) Director General de Calidad de Prestaciones Sociales.

e) El(la) Director General de Coordinación de Prestaciones Sociales.

f) El Director(a) de Evaluación de Políticas.

g) El(la) Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento e Inversiones.

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo del Director(a) General de Seguimiento y Evaluación

KEYWORDS:

Artículo 6.- Funciones del Grupo de Trabajo

El Grupo de Trabajo del “AYNI Lab-social” tiene las siguientes funciones:

a) Identificar y priorizar necesidades urgentes de atención vinculadas a las prioridades de la política social, utilizando para ello diversas herramientas e instrumentos.

b) Coordinar con otras entidades del Estado, la cooperación internacional o instituciones privadas la implementación de fondos concursables, lo que incluye su participación desde los actos preparatorios para lograr el acompañamiento de algún fondo concursable hasta la evaluación del proyecto piloto.

c) Realizar el seguimiento a la ejecución de los concursos de innovación social y a la implementación de la propuesta, a nivel de piloto en ambiente controlado y escaladas a partir de la confirmación de logros esperados.

d) Acompañar al equipo de expertos en la evaluación de las propuestas de solución a los problemas priorizados, de conformarse la mesa temática de expertos.

e) Otras que le encomiende el(la) Viceministro(a) de de Políticas y Evaluación Social.

KEYWORDS:

Artículo 7.- Apoyo técnico y administrativo

Los órganos y Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social deberán brindar el apoyo técnico, legal y administrativo que requiera el “AYNI Lab-Social”, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

KEYWORDS:

Artículo 8.- Participación de otras entidades, especialistas e investigadores

El “AYNI Lab-social” puede contar con el apoyo, cooperación y colaboración de otras entidades públicas o privadas, nacionales, extranjeras o internacionales, de especialistas, expertos, investigadores y académicos.

KEYWORDS:

Artículo 9.- Manual de Operaciones

El “AYNI Lab-social” contará con un Manual de Operaciones, en el que se detalle sus objetivos, misión, visión, funcionamiento, reglamento interno del Grupo de Trabajo, entre otros aspectos, el cual será aprobado por Resolución del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social.

KEYWORDS:

Artículo 10.- Financiamiento

La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social u otras entidades públicas o privadas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social


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