RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0358-2016 MGP/DGCG
Aprueban el “Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo, Fluvial y Lacustre”, DICAPI N° 010-2016
20160908Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 18/05/2016 |
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Fecha de Publicación : | 08/09/2016 |
Entrada en vigencia : | 09/09/2016 |
Página El Peruano: | 598632 |
Estado : |
Callao, 16 de mayo del 2016
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley N° 17824 de fecha 23 de setiembre del 1969, Ley de Creación del Cuerpo de Capitanías y Guardacostas; Decreto Legislativo N° 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, Decreto Legislativo que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas y la Ley de la Marina de Guerra del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1138, de fecha 9 de diciembre del 2012; en concordancia con la Constitución Política del Estado, establecen como función de la Autoridad Marítima Nacional, velar por la seguridad y protección de la vida humana en el medio acuático de acuerdo a la normativa nacional aplicable y a los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte;
Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas aprobado por Decreto Supremo N° 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, corresponde a la Autoridad Marítima Nacional, llevar a cabo las operaciones de búsqueda y rescate de personas que se encuentren en peligro en el medio acuático;
Que, el Convenio Internacional sobre Seguridad de la Vida Humana en el Mar, SOLAS – 74 aprobado por Decreto Supremo N° 039-81-MA de fecha 17 de noviembre de 1981 y Resolución Legislativa N° 24820 de fecha 25 de mayo de 1988, Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo, SAR-79, conceden gran importancia a la prestación de auxilio a personas que se hallen en peligro en el mar y al establecimiento por parte de todo Estado ribereño, de medidas que exijan la vigilancia de costas y los servicios de búsqueda y salvamento;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0657-2005/DCG de fecha 22 de diciembre del 2005, la Autoridad Marítima Nacional aprobó el “Plan de Búsqueda y Rescate Marítimo, Fluvial y Lacustre” – DICAPI N° 013-05;
Que, es necesario actualizar las disposiciones contenidas en el Plan de Búsqueda y Rescate vigente, a fin de adecuarlo a las enmiendas adoptadas en los Convenios Internacionales SOLAS-74 y SAR-79, de la Organización Marítima Internacional, considerando el óptimo uso de los medios, aéreos y de superficie disponibles a cargo de la Marina de Guerra del Perú, así como de las entidades públicas y privadas, para afrontar con éxito los casos de búsqueda y salvamento en el ámbito de su responsabilidad;
De conformidad a lo propuesto por el Comandante de Operaciones Guardacostas y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo, Fluvial y Lacustre”, DICAPI N° 010-2016 de fecha 16 de mayo del 2016.
Artículo 2°.- Las entidades públicas y privadas, involucradas en el Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo, Fluvial y Lacustre, deben elaborar su respectivo plan subsidiario en el ámbito de su responsabilidad, con la finalidad de coadyuvar con éxito las operaciones de búsqueda y salvamento.
Artículo 3°.- Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe, el “Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo, Fluvial y Lacustre”, DICAPI N° 010-2016 de fecha 16 de mayo del 2016, en la fecha de publicación de la Presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4°.- Dejar si efecto la Resolución Directoral Nº 0657-2005/DCG de fecha 22 de diciembre del 2005.
Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.)
VÍCTOR POMAR CALDERÓN
Director General de Capitanías y Guardacostas