DA 6-2016-MDP/ADA_6_2016_MDP/A

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016-MDP/A

Prorrogan el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (1°, 2° y 3° cuota) del Ejercicio Fiscal 2016

[+] Datos Generales
20160412Legislacion
Fecha de Promulgación :28/03/2016
Fecha de Publicación :12/04/2016
Entrada en vigencia :13/04/2016
Página El Peruano:582992
Estado :

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Pachacamac, 28 de marzo del 2016

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC

VISTO:

La Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de Febrero del 2016, Informe Nº026-2016-MDP/GR emitido por la Gerencia de Rentas, sobre “Prórroga de Vencimiento de Pago del Impuesto Predial (1º cuota) y Arbitrios Municipales (1º,2º y 3º cuota).”

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que (…) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, mediante Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de Marzo del 2016, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 20 de Febrero del 2016, se aprobó la “Ordenanza que establece el Vencimiento de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2016”, señalando como fecha de vencimiento, para el pago del Impuesto Predial (1º cuota) y Arbitrios Municipales (1º,2º cuota), hasta el 29 de Febrero del presente año.

Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación, ampliación y/o prórroga de la misma;

Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 004-2016-MDP/A de fecha 29 de Febrero del 2016, se prorrogo el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2016 y Arbitrios Municipales 2016 (1ºy 2º cuota), hasta el 31 de Marzo del presente año.

Que, mediante Informe Nº 026-2016-MDP/GR de fecha 22 de Marzo del 2016, la Gerencia de Rentas sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de febrero del 2016, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza.

Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (…), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (1º,2º y 3º Cuota) del Ejercicio Fiscal 2016, hasta el 29 de Abril del presente año.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el fiel cumplimiento del presente Decreto.

Asimismo a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación y difusión del presente Decreto, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacamac (www.munipachacamac.gob.pe), y otros medios de comunicación, respectivamente.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el portal institucional.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HUGO L. RAMOS LESCANO

Alcalde


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