RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2016/MINSA
Aprueban la “Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control de Pie Diabético”
20160407Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 05/04/2016 |
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Fecha de Publicación : | 07/04/2016 |
Entrada en vigencia : | 08/04/2016 |
Página El Peruano: | 582568 |
Estado : |
Lima, 5 de abril del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-015959-010 que contiene el Informe Nº 011-2016-DIPREN-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública y el Informe Nº 379-2016-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas;
Que, el artículo 4 de la precitada Ley, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, asimismo, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud disponen que es función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como “Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, (…)”;
Que, el artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en salud pública en materia de Prevención de Enfermedades No Transmisibles y Oncológicas;
Que, en virtud de ello, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha elaborado el proyecto de “Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control del Pie Diabético”, con el objetivo de establecer criterios técnicos para el diagnóstico, tratamiento y control del pie diabético en personas con diabetes mellitus tipo 1 y 2 en el primer nivel de atención;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;
Que, mediante el Informe Nº 379-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de Prestaciones de Salud, del Director General de Políticas y Normatividad en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control del Pie Diabético”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, se encargará de la difusión, monitoreo y supervisión de la Guía Técnica aprobada por la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- El Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud, o las que hagan sus veces, son responsables de aplicar la presente Guía Técnica, así como monitorear y evaluar el proceso de implementación en sus respectivos ámbitos.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud