RM 84-2016-MINCETURRM_84_2016_MINCETUR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2016-MINCETUR

Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio, del Proyecto de “Estrategia Nacional de Biocomercio y Plan de Acción al 2025”, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos

[+] Datos Generales
20160325Legislacion
Fecha de Promulgación :22/03/2016
Fecha de Publicación :25/03/2016
Entrada en vigencia :26/03/2016
Página El Peruano:581657
Estado :

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Lima, 22 de marzo de 2016

Visto, el Memorándum N° 142-2016-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N°009-2010-MINCETUR, se crea la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio (en adelante, la Comisión Nacional), de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, que actuará como soporte político y de dirección técnica del Programa Nacional Biocomercio en el Perú, y cuyo objetivo general es lograr la consolidación institucional del referido Programa, a fin de generar un entorno favorable para su desarrollo;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 009-2010-MINCETUR, la citada Comisión Nacional tiene entre sus funciones proponer y aprobar cambios y ajustes a las políticas, estrategias y líneas de acción del Programa Nacional Biocomercio en el Perú;

Que, en el marco de dichas funciones, la Comisión Nacional aprobó una propuesta de Estrategia Nacional de Biocomercio y su respectivo Plan de Acción con un horizonte de 10 años, esto es al 2025, tal como consta en las Actas de Sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Promoción de Biocomercio, de fechas 21 de mayo de 2014 y 27 de Noviembre del 2015, respectivamente;

Que, de conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior, teniendo entre otras responsabilidades, la de promover las exportaciones;

Que, conforme al Visto, se adjunta el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la “Estrategia Nacional de Biocomercio y Plan de Acción al 2025”, para el trámite correspondiente;

Que, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que los Decretos Supremos son normas de carácter general que reglamentan normas con rango de ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional;

Que, siendo que se trata de una norma de carácter general, conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, resulta pertinente disponer la prepublicación del referido proyecto conforme al procedimiento establecido;

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N°001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto

Disponer la prepublicación del Proyecto de “Estrategia Nacional de Biocomercio y Plan de Acción al 2025”, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía.

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Artículo 2.- Recepción, procesamiento y sistematización

El Viceministerio de Comercio Exterior queda encargado de recibir, procesar y evaluar las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se reciban acerca del Proyecto de “Estrategia Nacional de Biocomercio y Plan de Acción al 2025”, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, para posteriormente elaborar el texto definitivo de los mismos. Las opiniones, comentarios y/o sugerencias deberán ser remitidos por escrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sito en Calle Uno Oeste N° 050, Urbanización Córpac, San Isidro – Lima o a través del correo electrónico biocomercio@mincetur.gob.pe.

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Regístrese, comuníquese y publíquese

MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ

Ministra de Comercio Exterior y Turismo


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