RM 143-2016-RERM_143_2016_RE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0143/RE-2016

Autorizan viaje de asesora de la APCI a Tailandia, en comisión de servicios

[+] Datos Generales
20160220Legislacion
Fecha de Promulgación :19/02/2016
Fecha de Publicación :20/02/2016
Entrada en vigencia :21/02/2016
Página El Peruano:578553
Estado :

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Lima, 19 de febrero de 2016

VISTO:

El Memorando (APC) N.° APC0062/2016, de 17 de febrero de 2016, remitido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, y la invitación cursada por la Cancillería del Reino de Tailandia, mediante La Nota 1603.3/628, de 12 de febrero de 2016, para participar en la III Reunión del Grupo de Trabajo de Cooperación Técnica entre Perú y Tailandia, a realizarse en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 25 al 26 de febrero de 2016;

CONSIDERANDO:

Que, el propósito del citado encuentro, es la evaluación de los proyectos ejecutados en el marco del Programa de Cooperación al Desarrollo entre Perú y Tailandia 2012 – 2015, y la revisión de nuevos requerimientos de cooperación técnica entre Perú y Tailandia;

Que, la APCI ha designado como representante a la señora Johana Lúcar Olivera, asesora de la Alta Dirección, a fi n de que participe en el referido evento, por ser de interés institucional y acorde con las funciones que desarrolla la mencionada entidad;

Que, para la participación de la representante designada por la parte peruana, los pasajes aéreos serán financiados por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), y los viáticos serán financiados por el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional;

Que, mediante Memorando N.° 142-2016-APCI/OGA, de 16 de febrero de 2016, la Oficina General de Administración de la APCI informa del importe de los viáticos de la citada comisión; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándum N.º 090-2016-APCI/DEOPP, de 16 de febrero de 2016, indicó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 746, del Despacho Viceministerial, de 17 de febrero de 2016;

De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo N.º 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 075-2008-PCM; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y su Reglamento;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Johana Lúcar Olivera, Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 25 al 26 de febrero de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

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Artículo 2. Los gastos que irroguen los pasajes aéreos serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM);

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Artículo 3. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosN.º de díasViáticos por día US$Total de Viáticos US$
Johana Lúcar Olivera2+2500, 002 000,00

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Artículo 4. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la referida asesora deberá informar a la Directora Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), sobre las acciones realizadas durante el presente viaje, y presentar un informe a la Ministra de Relaciones Exteriores.

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Artículo 5. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS

Ministra de Relaciones Exteriores


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