DECRETO DE ALCALDÍA Nº
002-2011-A-MDC.-
Prorrogan plazo de vencimiento de primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales de 2011
Cieneguilla, 29 de marzo de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
VISTO:
El Informe Nº 038-2011-MDC/GR, de fecha 28 de Marzo del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído s/n de fecha 29 de marzo de 2011 de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 127-GAJ-MDC, de fecha 29 de Marzo del 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de las fechas de vencimiento de los tributos 2011 y de la vigencia del Beneficio Tributario de los Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2011 en el distrito de Cieneguilla.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 130-2011-MDC, se estableció un régimen de incentivos por el Pronto Pago, de los Tributos Municipales 2011, otorgando un descuento del 10% sobre el monto insoluto de la Tasa de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2011, para los contribuyentes que paguen de forma adelantada del Total de los Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial del presente ejercicio, hasta el vencimiento de la primera cuota, fijándose el cronograma de pagos con vencimiento de la primera cuota el 31 de Marzo del presente ejercicio tanto para Impuesto Predial como para los Arbitrios Municipales;
Que, el artículo sexto de la Ordenanza Nº 130-2011-MDC faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como disponer la prórroga de la misma de ser necesario;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero:
PRORROGAR el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del 2011, hasta el 30 de Abril del presente ejercicio.
Artículo Segundo:
APLICAR el artículo tercero de la Ordenanza Nº 130-2011-MDC hasta el vencimiento prorrogado de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales.
Artículo Tercero:
ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (
www.municieneguilla.gob.pe
), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (
www.serviciosalciudadano.gob.pe
) y a la Subgerencia de Relaciones Públicas y Registro Civil la difusión de la misma.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase.
EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA
Alcalde