R 1327-2025-PE-ESSALUDR_1327_2025_PE-ESSALUD

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 001327-PE-ESSALUD-2025

Ratifican Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal para el Seguro Social de Salud - ESSALUD aprobadas mediante Acuerdo N° 12-12E-ESSALUD-2025

[+] Datos Generales
20251230Legislacion
Fecha de Promulgación :30/12/2025
Fecha de Publicación :30/12/2025
Entrada en vigencia :31/12/2025
Estado :
Comentario:
La presente norma entrara en vigencia el 02/01/2026 , según su art. 5. Publicada en Edición Extraordinaria, distribuida con el diario oficial El Peruano el 31/12/2025.

[+]

Lima, 30 de diciembre de 2025

VISTOS:

El Memorando N° 008374-GCOP-ESSALUD-2025 e Informe N° 000636-2025-SGEFS-GFPS-GCOP-ESSALUD-2025; el Memorando N° 002068-GCPP-ESSALUD-2025 y el Informe Nº 000256-GPRE-GCPP-ESSALUD-2025 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000079-2025-GCGP-ESSALUD-2025 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; la Nota N° 001887-GCAJ-ESSALUD-2025 y el Informe N° 000934-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2025 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 003778-GG-ESSALUD-2025 de la Gerencia General; el Acuerdo N° 12-12E-ESSALUD-2025; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), en concordancia con el artículo 39 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la precitada Ley, le compete al Consejo Directivo el aprobar el Balance General y la Memoria Anual así como el Presupuesto Anual que presenta el Presidente Ejecutivo, y disponer su remisión a las entidades correspondientes, así como la respectiva publicación;

Que, con fecha 04 de diciembre de 2025, se publicó la Ley N° 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, que en su Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que las entidades públicas aprueban disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, que contienen necesariamente medidas en esos rubros. Dicha aprobación se efectúa conforme a lo siguiente: En el caso de EsSalud mediante acuerdo de consejo directivo ratificado por Resolución de Presidencia. En materia de ingresos del personal, negociación colectiva y arbitraje laboral, dicha entidad se sujeta a los lineamientos técnicos financieros y limitaciones que establezca el FONAFE;

Que, mediante Oficio N° 0887-2025-DE-FONAFE del 19 de diciembre de 2025 FONAFE remite los “Lineamientos Técnicos Financieros y Limitaciones en Materia de Ingresos del Personal, negociación colectiva y arbitraje laboral para el Seguro Social de Salud-ESSLUD a aplicarse en el año fiscal 2026”, los mismos que en el extremo referido a la designación de personal gerencial, pago de horas extras y en relación a la entidad que emite el informe técnico sobre la situación económica financiera y la sostenibilidad del Seguro Social de Salud -ESSALUD, entre otros aspectos, han sido materia de observación por parte de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, la Gerencia Central de Operaciones y la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, cuyo sustento se encuentra en los informes de vistos;

Que, en la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria del 30 de diciembre de 2025, mediante Acuerdo N° 12-12E-ESSALUD-2025, el Consejo Directivo de ESSALUD aprobó las Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal para el Seguro Social de Salud - ESSALUD;

Que, de conformidad con los artículos 12 y 13 del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1183-PE-ESSALUD-2025, la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD, preside el Consejo Directivo y ejerce la conducción general de los órganos centrales y desconcentrados de la institución y tiene entre sus funciones expedir resoluciones de presidencia ejecutiva en los asuntos de competencia de ESSALUD y las demás que le confiera la Ley y otras normas legales;

Que, mediante Memorando N° 002068-GCPP-ESSALUD-2025 y el Informe Nº 000256-GPRE-GCPP-ESSALUD-2025, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto propone medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, específicamente, medidas generales en materia de adquisición de bienes y servicios;

Que, mediante el Informe N° 000079-2025-GCGP-ESSALUD-2025, la Gerencia Central de Gestión de las Personas remite la propuesta de “Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, negociación colectiva y arbitraje laboral para el Seguro Social de Salud - ESSALUD a aplicarse en el año fiscal 2026”;

Que, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, a través de la Nota N° 001887-GCAJ-ESSALUD-2025 y el Informe N° 000934-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2025, concluye que estando a lo expuesto por Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia Central de Gestión de las Personas, resulta legalmente viable que el Consejo Directivo apruebe las Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal para el Seguro Social de Salud - ESSALUD, precisando que dicha aprobación debe efectuarse con observancia de lo dispuesto en la Ley N° 32513, para su posterior ratificación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Consejo Directivo, entre otros, aprobar el Presupuesto Anual de la Institución;

Con los vistos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Central de Gestión de las Personas, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y,

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas,

SE RESUELVE:

Artículo 1.- RATIFICAR las Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal para el Seguro Social de Salud - ESSALUD aprobadas mediante Acuerdo N° 12-12E-ESSALUD-2025, que como Anexo forman parte de la presente Resolución.

KEYWORDS:

Artículo 2.- PRECISAR que la presente Resolución entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2026.

KEYWORDS:

Artículo 3.- DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:

Artículo 4.- DISPONER que la Secretaría General remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones la presente Resolución y su Anexo, a fin de que proceda con su publicación en el Portal Institucional y en la Intranet del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, publíquese y comuníquese.

SEGUNDO CECILIO ACHO MEGO

Presidente Ejecutivo

ESSALUD


_________________________