RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00339-2025-SUCAMEC-DEPP
Aprueban modificación del Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC
| 20250725Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 04/06/2025 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 25/07/2025 |
| Entrada en vigencia : | 10/09/2025 |
| Estado : | |
| Comentario: | La presente norma entrara en vigencia el 10/09/2025, según su art. 3. |
Lima, 4 de junio de 2025
VISTO: El Informe Técnico N° 02341-2025-SUCAMEC-DEPP-SDAEPP de fecha 05 de mayo de 2025, emitido por la Subdirección de Autorizaciones de Explosivos y Productos Pirotécnicos de la Dirección de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil y las consideraciones siguientes;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;
Que, conforme a lo dispuesto en el literal d) del artículo 66 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC aprobado por Resolución de Superintendencia N° 05463-2024-SUCAMEC-SN, es función de la Dirección de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, aprobar y supervisar la actualización de la nómina de explosivos, productos pirotécnicos y sus correspondientes materiales relacionados sujetos a control, así como también la de los productos pirotécnicos prohibidos;
Que, en el artículo 43 de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil (en adelante, la Ley), señala que el reglamento de la Ley establece la clasificación de los explosivos y materiales relacionados. Se considera como materiales relacionados a los insumos, conexos y accesorios de naturaleza explosiva;
Que, en los numerales 154.1 y 154.2 del artículo 154 del Reglamento de la Ley N° 30299, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-IN (en adelante, el Reglamento), se regula la compatibilidad entre explosivos y materiales relacionados, y señala que por Directiva aprobada mediante Resolución de Superintendencia se establece la Tabla de Compatibilidad de los mismos, la cual debe ser tomada en cuenta para efectos de su almacenamiento y transporte;
Que, en ese sentido, a través de la Resolución de Superintendencia N° 309-2018-SUCAMEC de fecha 15 de marzo de 2018, se dispuso aprobar la Directiva N° 002-2018-SUCAMEC sobre la “Clasificación y compatibilidad de explosivos y materiales relacionados”; la misma que en el numeral 5.8 de las Disposiciones Generales, establece que es deber de esta Superintendencia Nacional publicar el Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, el mismo que, contiene la relación detallada de los nombres comerciales correspondientes a cada denominación genérica de los explosivos y materiales relacionados controlados por la SUCAMEC, el cual es aprobado mediante Resolución de Gerencia y es actualizado permanentemente, en caso se requiera incluir nuevos nombres comerciales;
Que, con Informe Técnico N° 02341-2025-SUCAMEC-GEPP, la Subdirección de Autorizaciones de Explosivos y Productos Pirotécnicos de la Dirección de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, informa que se requiere incluir al Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC nuevos productos entre explosivos y materiales relacionados ingresados al mercado nacional, motivo por el cual corresponde modificar e incorporar los cambios al citado catálogo aprobado con Resolución de Gerencia N° 00959-2018-SUCAMEC-GEPP, modificado mediante la Resolución de Gerencia N° 923-2021-SUCAMEC-GEPP, Resolución de Gerencia N° 00344-2022-SUCAMEC-GEPP, Resolución de Gerencia N° 03079-2023-SUCAMEC-GEPP y Resolución de Gerencia N° 01857-2024-SUCAMEC-GEPP ;
Que, en atención al Informe Técnico N° 02341-2025-SUCAMEC-DEPP-SDAEPP corresponde se apruebe la modificación del Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, el mismo que contiene mil ciento cuarenta y nueve (1 149) productos que detalla el nombre comercial, unidad de medida, denominación genérica y clasificación de los explosivos y materiales relacionados;
Que, la aprobación y entrada en vigencia de la información antes descrita y contenida en el Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC supone, desde una perspectiva procedimental, una posible afectación a los derechos de los administrados. Por lo que, corresponde otorgar un vacatio legis de treinta (30) días hábiles desde su publicación, asimismo, los trámites administrativos iniciados antes de su publicación se adecúan a la presente Resolución en el estado en que se encuentren;
Por tanto, de conformidad con la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, el Reglamento de la Ley N° 30299, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-IN, de acuerdo con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC aprobado por Resolución de Superintendencia N° 05463-2024-SUCAMEC-SN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la MODIFICACIÓN del Catálogo de Explosivos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- La presente resolución entra en vigencia a los treinta (30) días hábiles de su publicación en el diario oficial El Peruano. Los trámites administrativos iniciados antes de su publicación se adecúan a la presente Resolución en el estado en que se encuentren.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. El Anexo aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución se publica en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO FRANCISCO QUISPE INGA
Director
Dirección de Explosivos y Productos
Pirotécnicos de Uso Civil