RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0269-2025-MIDAGRI
Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego la realización del evento denominado “Salón del Cacao y Chocolate Internacional” en el mes de julio de cada año
| 20250715Legislacion |
| Fecha de Promulgación : | 14/07/2025 |
|---|---|
| Fecha de Publicación : | 15/07/2025 |
| Entrada en vigencia : | 16/07/2025 |
| Estado : | |
| Comentario: | Publicada en Edición Extraordinaria, distribuida con el diario oficial El Peruano el 16/07/2025. |
Lima, 14 de julio de 2025
VISTOS:
La Carta Nº 025-2025/APPCACAP-PRESIDENCIA de la Presidencia de la Asociación Peruana de Productores de Cacao; el Proveído del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego de fecha 08 de julio de 2025; el Memorando Nº 723-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, que adjunta el Informe Técnico Nº 0016-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWG; y el Informe Nº 0930-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; flora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria;
Que, la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional establece el compromiso de impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector; y, dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución, promover la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural;
Que, la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada por el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, identifica como problema público el bajo nivel de desarrollo competitivo agrario, el cual será atendido mediante tres objetivos prioritarios, que responden al incremento del nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena valor; a la reducción de la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y, a mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible;
Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado con Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, en adelante el TI del ROF MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia;
Que, mediante la Carta Nº 025-2025/APPCACAO-PRESIDENCIA, el Presidente de la Asociación Peruana de Productores de Cacao, solicita al MIDAGRI que el “Salón del Cacao y Chocolate Internacional”, que se realiza anualmente en el mes de julio, sea declarado “De Interés del sector Agrario y de Riego”, mediante Resolución Ministerial;
Que, al respecto, mediante el Informe Técnico Nº 0016-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWG, remitido con Memorando Nº 723-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) señala que el “Salón del Cacao y Chocolate Internacional” es un evento de promoción, innovación y desarrollo del sector cacaotero y chocolatero del Perú y Latinoamérica; su realización año tras año en el mes de julio, está enmarcada dentro de los objetivos institucionales de las entidades que elaboraron el “Plan Nacional para el Desarrollo de la Cadena de Valor del Cacao - Chocolate al 2030”, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2022-MIDAGRI;
Que, asimismo, en el citado informe se indica que el “Salón del Cacao y Chocolate Internacional” está dedicado al cacao peruano, el cual se ha convertido en un evento relevante para este producto en el país, y que se constituye con el propósito de integrar a los diferentes agentes económicos nacionales e internacionales de la cadena del cacao y chocolate para gestionar conocimiento, intercambiar información, establecer redes de contacto y fortalecer la institucionalidad, reafirmando así, el liderazgo del Perú como principal centro de origen del cacao fino y de aroma;
Que, en esa línea la DGDAA, concluye que el “Salón del Cacao y Chocolate Internacional”, que se realiza en el mes de julio de cada año, debe ser declarado de Interés del Sector Agrario y de Riego;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe Nº 0930-2025-MIDAGRI-SG-OGAJ, señala que, de acuerdo a la evaluación realizada por la DGDAA y opinión favorable en el marco de sus funciones y competencias, corresponde la emisión del acto resolutivo que declare de interés del Sector Agrario y de Riego el evento denominado “Salón del Cacao y Chocolate Internacional”, a realizarse en el mes de julio de cada año, en tanto contribuirá a fortalecer la presencia e imagen en el mundo de la calidad y especialidad del cacao peruano; captará la atención de inversores y mercados para el desarrollo de la cadena productiva del cacao, con enfoque en la economía agraria familiar; promoviendo el impulso a unidades productivas sostenibles, asociatividad y acceso a mercados, todo ello en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional; y la Política Nacional Agraria (PNA) 2021-2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, y el TI del ROF MIDAGRI;
Que, asimismo, el literal c) del artículo 8 del TI del ROF MIDAGRI, prescribe que es función, entre otras, del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, de la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 0017-2021-MIDAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declaración de interés sectorial
Declarar de interés del Sector Agrario y de Riego, la realización del evento denominado “Salón del Cacao y Chocolate Internacional” en el mes de julio de cada año; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego