DS 52-2025-EFDS_52_2025_EF

DECRETO SUPREMO Nº 052-2025-EF

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada

[+] Datos Generales
20250322Legislacion
Fecha de Promulgación :21/03/2025
Fecha de Publicación :22/03/2025
Entrada en vigencia :23/03/2025
Estado :

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LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que, con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2025, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su Sector o entre estas últimas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, mediante el Memorando Nº 0381-2025-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas, en atención al Oficio Nº 54-2025/PROINVERSIÓN/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la citada entidad, para financiar las actividades referentes a la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos y Obras por Impuestos, en el marco de las facultades previstas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 210-2022-EF, las mismas que contribuyen al cumplimiento del Objetivo Estratégico OEI1 ”Promover la inversión privada e inversión pública con participación del sector privado, orientada al cierre de brechas en infraestructura social y productiva en el país” del Plan Estratégico Institucional - PEI 2024 - 2030 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado por Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 046-2024 y del Objetivo Estratégico Sectorial OES.02. “Incrementar los niveles de productividad en la economía del país” del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024-2030, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 425-2023-EF/41, en el marco de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada por Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, así como de la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobada por Decreto Supremo Nº 077-2016-EF y de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada por Decreto Supremo Nº 345-2018-EF, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0050-2025-EF/41.03 de la Oficina de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), para financiar las actividades referentes a la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos y Obras por Impuestos, en el marco de las facultades previstas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 210-2022-EF, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA:En Soles
SECCIÓN PRIMERA:Gobierno Central
PLIEGO009:M. de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA001:Administración General
CATEGORÍA PRESUPUESTAL9001:Acciones Centrales
ACTIVIDAD5000003:Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios650 502,00
2.5 Otros Gastos19 427 007,00
============
TOTAL EGRESOS20 077 509,00
============
A LA:En Soles
SECCIÓN PRIMERA:Gobierno Central
PLIEGO055:Agencia de Promoción de la Inversión Privada
UNIDAD EJECUTORA001:Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION
CATEGORÍA PRESUPUESTAL0134:Promoción de la Inversión Privada
PRODUCTO3000714:Entidades reciben asistencia técnica en la ejecución de los procesos de promoción de proyectos de infraestructura y servicios públicos
ACTIVIDAD5005235:Ejecución de procesos de promoción de inversión privada en proyectos de infraestructura y servicios públicos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios17 074 257,00
PRODUCTO3000715:Entidades Públicas con Capacidades para Diseñar, Promover y Ejecutar Inversiones de Alcance Regional y/o Local
ACTIVIDAD5005237:Promoción de inversiones descentralizadas con participación del sector privado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios208 000,00
ACTIVIDAD5006217:Fortalecimiento de Capacidades a Entidades Públicas sobre mecanismos de Promoción de la Inversión Privada
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios1 592 000,00
PRODUCTO3000716:Inversionistas acceden a los servicios de promoción, información, orientación y apoyo para la atracción de inversión privada
ACTIVIDAD5005239:Promoción de oportunidades y mecanismos de inversión privada
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios850 049,00
ACTIVIDAD5005241:Negociación de contratos vinculados a la promoción de inversiones
FUENTE DE FINANCIAMIENTO1:Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios353 203,00
============
TOTAL EGRESOS20 077 509,00
============
KEYWORDS:

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

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Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

KEYWORDS:
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Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ

Ministro de Economía y Finanzas


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