RJ 21-2025-JEFRJ_21_2025_JEF

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000021-2025-OEDI/JEF

Modifican el artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF

[+] Datos Generales
20250307Legislacion
Fecha de Promulgación :03/03/2025
Fecha de Publicación :07/03/2025
Entrada en vigencia :08/03/2025
Estado :

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San Luis, 3 de marzo del 2025

VISTOS:

El Informe N° 000018-2025-OEDI/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Informe N° 000013-2025-OEDI/GG de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1615 se crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de pre inversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI; y cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y se constituye como un pliego presupuestario;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1615, el OEDI es competente para brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, así como para la elaboración de los estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes, que le sean delegados mediante convenio;

Que, el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1615 aborda el cumplimiento de normas técnicas, precisando que, los expedientes técnicos o documentos equivalentes elaborados por el OEDI no requieren opinión del sector responsable funcional antes de su entrega a los gobiernos regionales o locales; no obstante, se establece que, previa a la entrega de dichos documentos a los gobiernos locales o regionales, el OEDI debe verificar, en coordinación con el sector responsable funcional, que se cumplan las normas técnicas, políticas sectoriales y documentos de gestión equivalentes pertinentes, conforme lo dispone el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1615;

Que, de acuerdo con lo previsto en los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 1615, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2024-PCM, el OEDI es responsable de verificar que los expedientes técnicos o documentos equivalentes enviados a los Gobiernos Regionales (GR) o Gobiernos Locales (GL) cumplan con las normas técnicas y políticas sectoriales, en coordinación con el sector responsable funcional, el que debe responder a los pedidos del OEDI dentro de un plazo determinado por el OEDI; siendo además que, si este sector no responde dentro del plazo, se considera que se han cumplido los requisitos, bajo responsabilidad del titular del sector responsable funcional;

Que, en el marco de las normas antes mencionadas, se aprobó la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF, la misma que, entre otros, dispone en su artículo 2 la publicación en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi);

Que, mediante Informe N° 000018-2025-OEDI/GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica sustenta la modificación del artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF a efectos de que la misma, además, sea publicada en el diario oficial El Peruano, en fiel cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 4.5 del artículo 4, y literal g) del numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobe publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, por lo que resulta viable proceder con la modificación del mencionado artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF, así como su publicación en el diario oficial El Peruano;

Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-PCM, el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobe publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y, la Resolución Jefatural N° 002-2024-OEDI-JEF que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF, en los términos siguientes:

“Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.”

KEYWORDS:

Artículo 2.- Disponer la publicación de la Resolución Jefatural N° 000017-2025-OEDI/JEF en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

KEYWORDS:

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA SERRUDO ECHAIZ

Jefa del Organismo de Estudios y

Diseño de Proyectos de Inversión

Organismo de Estudios y Diseño de

Proyectos de Inversión


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