RM 55-2025-MINEM/DMRM_55_2025_MINEM/DM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2025-MINEM/DM

Autorizan transferencia financiera a favor de PROINVERSION para financiar gastos de desarrollo del Proyecto de Masificación del uso del Gas Natural por Red de Ductos en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna

[+] Datos Generales
20250220Legislacion
Fecha de Promulgación :19/02/2025
Fecha de Publicación :20/02/2025
Entrada en vigencia :21/02/2025
Estado :

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Lima, 19 de febrero de 2025

VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 013-2025-MINEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 036-2025/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 037-2025/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 0108-2025/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 469-2024-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 751 615 274,00 (Setecientos cincuenta y un millones seiscientos quince mil doscientos setenta y cuatro y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, el acápite viii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (en adelante, Ley Nº 32185), autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (en adelante, PROINVERSION), hasta por la suma de S/ 7 564 000,00 (Siete millones quinientos sesenta y cuatro mil y 00/100 soles), para financiar los gastos del desarrollo del Proyecto de Masificación del uso del Gas Natural por Red de Ductos en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna;

Que, la precitada norma señala que los recursos a trasferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso del acápite viii; asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 del citado dispositivo legal se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Que, con fecha 13 de noviembre de 2023, se suscribió el Convenio de Colaboración Interinstitucional y de Encargo entre el MINEM y PROINVERSION, con el objeto de regular las actividades que se llevarán a cabo para el desarrollo del Proyecto “Masificación del uso de gas natural - Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna” (en adelante, El Proyecto), a fin que se pueda realizar un nuevo proceso de promoción de la inversión privada que asegure que la Concesión Sur Oeste cuente con un nuevo concesionario, en el marco de lo establecido en la Cláusula Cuarta del citado convenio;

Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 013-2025-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos, señala que, corresponde que el MINEM realice la trasferencia a favor de PROINVERSIÓN, por el importe de S/ 7 564 000,00 (Siete millones quinientos sesenta y cuatro mil y 00/100 soles), a efectos de financiar los gastos del desarrollo del Proyecto, conforme a lo señalado en el acápite viii) del literal k) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, y lo establecido en el Convenio de Colaboración Interinstitucional y de Encargo suscrito entre el MINEM y PROINVERSION;

Que, mediante Informe N° 036-2025/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitió opinión favorable señalando que la Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 7 564 000,00 (Siete millones quinientos sesenta y cuatro mil y 00/100 soles) para atender la transferencia financiera a favor de PROINVERSIÓN, conforme a lo establecido en el acápite viii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2025-00162-001 (SIAF 0000000161) de fecha 22 de enero de 2025, por el importe de S/ 7 564,000.00 (Siete millones quinientos sesenta y cuatro mil con 00/100 soles) para financiar los gastos del desarrollo del Proyecto;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe N° 037-2025/MINEM-OGA-OFIN, señala que el MINEM dispone de los recursos presupuestales y financieros necesarios en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor de PROINVERSIÓN, en el marco del acápite viii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185;

Que, mediante Informe Nº 0108-2025-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para autorizar la transferencia financiera de recursos a favor de PROINVERSIÓN, conforme a lo señalado en la normativa vigente y el citado Convenio de Colaboración Interinstitucional y de Encargo;

Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, para financiar los gastos del desarrollo del Proyecto de Masificación del uso del Gas Natural por Red de Ductos en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, por la suma de S/ 7 564 000,00 (Siete millones quinientos sesenta y cuatro mil y 00/100 soles), en el marco de lo establecido en el acápite viii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

KEYWORDS:

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según detalle:

Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente Recaudados

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas - Central

Gastos de Capital

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 7 564 000,00

KEYWORDS:

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTERO CORNEJO

Ministro de Energía y Minas


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