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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00091-2024-PE/OSIPTEL

Delegan en el Director de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2025, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático

[+] Datos Generales
20241228Legislacion
Fecha de Promulgación :24/12/2024
Fecha de Publicación :28/12/2024
Entrada en vigencia :29/12/2024
Estado :

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Lima, 24 de diciembre de 2024

OBJETODELEGACIÓN DE FACULTADES PARA APROBAR MODIFICACIONES PRESUPUESTALES EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO EN EL EJERCICIO FISCAL 2025

VISTO:

El Informe Nº 0154-OPPM/2024 sobre la facultad de delegar la atribución del Titular de la Entidad para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el Director de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en el ejercicio fiscal 2025.

CONSIDERANDO:

Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025 – Ley N° 32185;

Que, conforme lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7º del mencionado Decreto Legislativo, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 47.2 del artículo 47º del referido Decreto Legislativo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, ejerce funciones ejecutivas de dirección y representación del Organismo Regulador y es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal;

Que, la facultad de delegar en el Director de Planeamiento, Presupuesto y Modernización resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM PCM y Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 094-2020-PD/OSIPTEL, modificado con Decreto Supremo N° 140-2023-PCM y Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 127-2023-PE/OSIPTEL; en tanto, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el Órgano responsable de conducir los procesos de los sistemas administrativos de Planeamiento, Presupuesto, Inversión Pública y Modernización de la Gestión Pública;

Con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y,

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 32185 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025 y las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar en el Director de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2025, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático. El Director de Planeamiento, Presupuesto y Modernización deberá informar a la Presidencia Ejecutiva, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.

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Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.

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Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en el diario oficial El Peruano.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERRER ANIVAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ

Presidente Ejecutivo

Presidencia Ejecutiva


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