RD 39-2024-EF/50.01RD_39_2024_EF/50.01

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0039-2024-EF/50.01

Resolución Directoral que aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025, y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025

[+] Datos Generales
20241220Legislacion
Fecha de Promulgación :18/12/2024
Fecha de Publicación :20/12/2024
Entrada en vigencia :01/01/2025
Estado :
Comentario:
Esta norma entró en vigencia el 01/01/2025 excepto su art.1. que entró en vigencia el 21/12/2024, según su art. 5.

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Lima, 18 de diciembre de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;

Que, conforme al numeral 22.1 del artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las mismas que se encuentran reguladas genéricamente por el citado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fase de Ejecución Presupuestaria se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal, periodo en el que se perciben los ingresos públicos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y sus modificaciones;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así como los Modelos, las Fichas y los Lineamientos, estableciéndose en la referida Directiva las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para el año fiscal respectivo;

Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, referidas a promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025;

Que, los artículos 19 y 21 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, disponen que los ingresos y los gastos públicos se estructuran siguiendo las Clasificaciones por Fuentes de Financiamiento, Económica, Institucional, Funcional, Programática y Geográfica, las mismas que son aprobadas mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, por lo cual resulta necesario aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025;

En uso de las facultades conferidas en los artículos 5, 19 y 21 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025

Aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el que forma parte de la presente Resolución Directoral.

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Artículo 2.- Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025

2.1 Aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025, los cuales forman parte de la presente Resolución Directoral, de acuerdo a lo siguiente:

a) Clasificador Económico de Ingresos para el Año Fiscal 2025 (Anexo 1).

b) Clasificador Económico de Gastos para el Año Fiscal 2025 (Anexo 2).

c) Clasificador Institucional para el Año Fiscal 2025 (Anexo 3).

d) Clasificador de Fuentes de Financiamiento y Rubros para el Año Fiscal 2025 (Anexo 4).

e) Clasificador Geográfico para el Año Fiscal 2025 (Anexo 5).

2.2 La Dirección General de Presupuesto Público evalúa las solicitudes de modificación de los Clasificadores Económicos de Ingresos y de Gastos, e Institucional, propuestas por las entidades públicas, a efectos de establecer la codificación correspondiente e inclusión dentro del respectivo Clasificador, de ser el caso.

2.3 Los Clasificadores Presupuestarios aprobados mediante la presente Resolución Directoral, no convalidan los actos o acciones que realicen los pliegos presupuestarios con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades establecidas por las normas legales, así como tampoco, en ningún caso, dichos Clasificadores Presupuestarios constituyen el sustento legal para la realización de operaciones de ingresos y gastos.

Las partidas contempladas en los citados Clasificadores Presupuestarios, únicamente se utilizan para el registro de las transacciones que han sido contraídas por las entidades públicas en el marco de la normatividad vigente, orientadas al cumplimiento de sus tareas y/o funciones para la prestación de los servicios públicos, que legalmente les han sido encomendadas, para la consecución de sus objetivos y metas institucionales.

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Artículo 3.- Modificación

La Dirección General de Presupuesto Público puede modificar mediante Comunicado, los plazos establecidos en el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales aprobados en la presente Resolución Directoral. Dicho Comunicado se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

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Artículo 4.- Publicación

Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución Directoral y el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a los que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.

La presente Resolución Directoral, el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025, a los que hacen referencia los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Directoral, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

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Artículo 5. Vigencia

La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2025, salvo lo dispuesto en el artículo 1 que entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución Directoral.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Director General

Dirección General de Presupuesto Público

Anexo de la R.D. N° 0039-2024-EF/50.01, que aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025, y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025

CUADRO DE PLAZOSDE LA FASE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA PARA EL AÑO FISCAL 2025CORRESPONDIENTE A LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL,GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES(RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0039-2024-EF/50.01)
A CARGO DEL MEFPLAZOS
* Aprobación, mediante Resolución Directoral, de la revisión de la Programación de Compromisos Anual (PCA) de oficio.Hasta el 10 de abril de 2025.Hasta el 10 de julio de 2025.Hasta el 10 de octubre de 2025.
A CARGO DE LOS PLIEGOSPLAZOS
* Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440.Hasta el 31 de diciembre de 2024.
* Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), en el caso extraordinario de Gobiernos Regionales y gobierno local, donde el Consejo Regional o Municipal, respectivamente, no hubiera aprobado el PIA en el plazo señalado en la normatividad vigente.Hasta el 05 de enero de 2025.
* Presentación de la copia de la Resolución que aprueba el PIA.Hasta el 05 de enero de 2025.
* Presentación de la copia de la Resolución o Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda que aprueba el PIA.Hasta el 05 de enero de 2025.
* Presentación de la copia de la Resolución o Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda que aprueba el PIA en los gobiernos regionales y gobiernos locales- caso extraordinario de gobiernos regionales o gobiernos locales, en los que el Consejo Regional o Consejo Municipal, según corresponda, no hubiera aprobado el PIA en el plazo señalado en la normatividad vigente.Hasta el 10 de enero de 2025.
* Presentación del Modelo Nº 8/GN “Detalle de los Gastos financiados con recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, Donaciones y Contrapartida Nacional”.Hasta el 22 de enero de 2025.
* Actualización, durante el trimestre, de la Programación de Compromisos Anual (PCA).Del 01 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025.Del 01 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025.Del 01 de julio de 2025 al 30 de setiembre de 2025.Del 01 de octubre de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
* Presentación de las copias de las Resoluciones que aprueban Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional.Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada la Resolución.
* Presentación de la copia de la Resolución de Modificación Presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, de Habilitaciones y Anulaciones, entre Unidades Ejecutoras.Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada la Resolución.
* Aprobación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de una Unidad Ejecutora.mes 01: hasta el 10 de febrero de 2025.mes 02: hasta el 10 de marzo de 2025.mes 03: hasta el 10 de abril de 2025.mes 04: hasta el 09 de mayo de 2025.mes 05: hasta el 10 de junio de 2025.mes 06: hasta el 10 de julio de 2025.mes 07: hasta el 08 de agosto de 2025.mes 08: hasta el 10 de setiembre de 2025.mes 09: hasta el 10 de octubre de 2025.mes 10: hasta el 10 de noviembre de 2025.mes 11: hasta el 10 de diciembre de 2025.mes 12: hasta el 09 de enero de 2026.
* Presentación de las copias de las Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de una Unidad Ejecutora.mes 01: hasta el 14 de febrero de 2025.mes 02: hasta el 14 de marzo de 2025.mes 03: hasta el 15 de abril de 2025.mes 04: hasta el 15 de mayo de 2025.mes 05: hasta el 13 de junio de 2025.mes 06: hasta el 15 de julio de 2025.mes 07: hasta el 15 de agosto de 2025.mes 08: hasta el 15 de setiembre de 2025.mes 09: hasta el 15 de octubre de 2025.mes 10: hasta el 14 de noviembre de 2025.mes 11: hasta el 15 de diciembre de 2025.mes 12: hasta el 15 de enero de 2026.
* Solicitud de opinión favorable de la DGPP para las transferencias al CAFAE.mes 10: hasta el 30 de octubre de 2025.
* Registro del Formato Nº 19 “Proyección de ejecución de inversiones”.• Proyección de ejecución de inversiones - II Trimestre 2025.• Proyección de ejecución de inversiones - III Trimestre 2025.• Proyección de ejecución de inversiones - IV Trimestre 2025.• Proyección de ejecución de inversiones – I Trimestre 2026.II Trimestre 2025: Hasta el 21 de marzo de 2025.III Trimestre 2025: Hasta el 20 de junio de 2025.IV Trimestre 2025: Hasta el 19 de setiembre de 2025.I Trimestre 2026: Hasta el 19 de diciembre de 2025.
* Registro del Formato Nº 28 “Proyección de Ejecución mensual en gasto corriente”.FEBRERO: hasta el 10 de febrero de 2025.MARZO: hasta el 03 de marzo de 2025.ABRIL: hasta el 03 de abril de 2025.MAYO: hasta el 02 de mayo de 2025.JUNIO: hasta el 03 de junio de 2025.JULIO: hasta el 03 de julio de 2025.AGOSTO: hasta el 04 de agosto de 2025.SETIEMBRE: hasta el 03 de setiembre de 2025.OCTUBRE: hasta el 03 de octubre de 2025.NOVIEMBRE: hasta el 04 de noviembre de 2025.DICIEMBRE: hasta el 03 de diciembre de 2025.Fecha de corte: Primer día calendario de cada mes.
* Presentación de solicitudes de modificación de límite máximo de incorporación de mayores ingresos de los pliegos del gobierno nacional y gobiernos regionales.I Trimestre: Desde el 01 al 31 de marzo de 2025.Trimestre: Desde el 01 al 30 de junio de 2025.Trimestre: Desde el 01 al 30 de setiembre de 2025.IV Trimestre: Desde 01 al 21 de noviembre de 2025.
* Registro y Emisión de Previsiones Presupuestarias.A. Formato 05 - GN-GR-GL - Previsiones Presupuestales (sin inversiones)
PERIODOFECHA CORTECARGA Y REMISIÓN
Trimestre I31/03/2025Del 01 al 11 de abril de 2025
Trimestre II30/06/2025Del 01 al 18 de julio de 2025
Trimestre III30/09/2025Del 01 al 17 de octubre de 2025
Trimestre IV31/12/2025Del 01 al 16 de enero de 2026
B. Formato 05 - GN-GR-GL - Previsiones Presupuestales de Inversiones
PERIODOFECHA CORTECARGA Y REMISIÓN
Trimestre I31/03/2025Del 01 al 15 de abril de 2025
Trimestre II30/06/2025Del 01 al 15 de julio de 2025
Trimestre III30/09/2025Del 01 al 15 de octubre de 2025
Trimestre IV31/12/2025Del 05 al 19 de enero de 2026


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