RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000190-2024-MIDIS
Aprueban la modificación de la Directiva Nº 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria, Versión 2, aprobada por Resolución Ministerial Nº 082-2022-MIDIS
20241204Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 02/12/2024 |
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Fecha de Publicación : | 04/12/2024 |
Entrada en vigencia : | 05/12/2024 |
Estado : |
San Isidro, 2 de diciembre del 2024
VISTOS:
El Memorando Nº D000471-2024-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº D000944-2024-MIDIS-DPSC emitido por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; el Informe Nº D000690-2024-MIDIS/DGDAPS emitido por la Dirección General Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe Nº D000402-2024-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000470-2024-MIDIS-OGAJ emitido por de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Ley Nº 31126, se modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares; incorporando como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, o en su defecto de las municipalidades provinciales, registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población;
Que, el Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, que “Establece funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria – PCA”, dispone como parte de las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, “Formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión, seguimiento, monitoreo y evaluación del PCA”;
Que, de acuerdo al Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 041-2022-MIDIS, modificado por Resolución Ministerial Nº 003-2024-MIDIS, el PCA es un programa descentralizado a los Gobiernos Locales, 43 distritales en Lima Metropolitana y 195 provinciales en el resto del país, que suscriben un Convenio de Gestión con el MIDIS, cuyo fin es brindar un complemento alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención, que se encuentran agrupados en cinco modalidades: Comedores y Ollas Comunes, Hogares – Albergues, Personas en Riesgo, Trabajo Comunal y PANTBC, la provisión del complemento alimentario se efectúa mediante la entrega de alimentos en especie u otras formas de entrega, a la población usuaria del programa en situación de pobreza y vulnerabilidad, en el marco del derecho a la alimentación adecuada; para lo cual, el componente de “Monitoreo, Supervisión y Acompañamiento”, propone y organiza las acciones de monitoreo, acompañamiento y supervisión del cumplimiento del buen uso de los recursos del Programa, así como del cumplimiento de los procesos y compromisos establecidos en dicho reglamento y en la normativa vigente referida al PCA;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 082-2022-MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria, la cual tiene como objetivo establecer pautas operativas que faciliten y garanticen la ejecución adecuada de actividades de monitoreo y supervisión para mejorar la efectividad, eficiencia y calidad de la gestión del PCA, uniformizando los criterios para aplicar las actividades señaladas y los mecanismos de coordinación para mejorar la gestión del PCA.;
Que, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, a través del Informe Nº D000944-2024-MIDIS-DPSC, y la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales mediante el Informe Nº D000690-2024-MIDIS/DGDAPS, proponen la modificación de la Directiva Nº 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria versión 2, con relación al Documento denominado “Precisiones para el registro y atención de alertas del PCA” referente al registro de las alertas por parte de los Especialistas Territoriales y responsables del PCA de los Gobiernos Locales en el marco de la mejora continua en el procedimiento y finalidad pública del programa; para tal efecto adjuntan el proyecto de modificación correspondiente;
Que, mediante Informe Nº D000402-2024-MIDIS-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorga conformidad al Informe Nº D000207-2024-MIDIS-OM emitido por la Oficina de Modernización, a través del cual, la OGPPM emite opinión técnica favorable a la propuesta de modificación de la Directiva Nº 002-2022-MIDIS y traslada los actuados a la Secretaría General a fin de continuar con el trámite respectivo;
Que, en virtud de los considerandos precedentes, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la modificación de la Directiva Nº 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución Ministerial Nº 143-2024-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de modificación de Directiva
Aprobar la modificación de la Directiva Nº 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria, Versión 2, aprobada por Resolución Ministerial Nº 082-2022-MIDIS, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social