RD 205-2024-MCRD_205_2024_MC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000205-2024-UE005/MC

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque. Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque

[+] Datos Generales
20241129Legislacion
Fecha de Promulgación :24/10/2024
Fecha de Publicación :29/11/2024
Entrada en vigencia :30/11/2024
Estado :

[+]

Chiclayo, 24 de octubre del 2024

VISTOS,

El Oficio Nº 001093-2024-OGRH-SG/MC; Informe Nº 000175-2024-ORH-UE005/MC; Informe Nº 000067-2024-OAJ-UE005/MC; Hoja de Envio N° 000549-2024-OPP-UE005/MC; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28939, se crea la Unidad Ejecutora 111 - Naylamp - Lambayeque, que comprende los museos: Museo Tumbas Reales de Sipán, Museo Nacional Sicán, Museo Arqueológico Nacional Brüning, Museo de Sitio de Túcume y los Monumentos Arqueológicos de la Región Lambayeque;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2006-ED, se crea el Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, que tiene por finalidad: garantizar, activar, potenciar la protección, defensa, conservación, investigación, difusión y puesta en valor del Patrimonio Arqueológico del departamento de Lambayeque;

Que, por Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, se aprobó la fusión por absorción del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque del Ministerio de Educación al Ministerio de Cultura;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 039-2011-MC, se precisó la creación de la Unidad Ejecutora Naylamp - Lambayeque dentro del pliego 003 del Ministerio de Cultura, cuyos recursos financian los gastos del Proyecto Especial;

Que, la Unidad Ejecutora 005 Naylamp - Lambayeque, es una institución de derecho público con autonomía administrativa y financiera en los asuntos de su competencia, dependiente presupuestalmente del Ministerio de Cultura;

Que, con Resolución Ministerial N° 477-2012-MC, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque, y en su numeral 2.2.1.1 se señala que la Dirección del Proyecto Especial, es la autoridad administrativa y presupuestaria, ejerce la representación legal del Proyecto Especial y está representado por un Director, quien es designado por el Ministro de Cultura mediante Resolución Ministerial (...) El Director es también responsable de la Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque;

Que, por Resolución Ministerial N° 089-2018-MC, se resuelve: Disponer que el Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, así como la Unidad Ejecutora 005: Naylamp – Lambayeque con la que éste cuenta, dependan de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque;

Que, mediante Resolución de Secretaria General N° 070-2020-SG/MC, se resuelve: Definir como entidad pública Tipo B del Ministerio de Cultura, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque (Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque), por las consideraciones expuestas en la presente resolución;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000158-2024-MC, se resolvió, entre otros, Designar temporalmente al señor CARLOS EDUARDO WESTER LA TORRE, Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque del Ministerio de Cultura, como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, y Responsable de la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en adición a sus funciones;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, con el objetivo de “Establecer y precisar las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones”;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) como el “Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”;

Que, el subnumeral 5.2.3 del numeral 5.2 de la Directiva, señala como responsabilidad de la Oficina de Recursos Humanos (ORH), o la que haga sus veces, entre otras, elaborar la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos - MCC y/o de sus modificaciones, así como el informe técnico sustentatorio;

Que, el subnumeral 5.2.4 del numeral 5.2 de la Directiva, señala como responsabilidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), o la que haga sus veces, entre otras, emitir opinión sobre las propuestas de MCC en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas, entre otros, del Manual de Operaciones (MOP) vigente;

Que, el subnumeral 6.1.8 del numeral 6.1 de la Directiva, prevé que en caso la entidad constituya una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del titular, debe remitir su propuesta al titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita, la cual a través de su Oficina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, evalúa el proyecto recibido estando a la Directiva y en atención a su propio MCC; disposición con la cual se ha cumplido al constituir la Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque una entidad pública tipo B, habiendo emitido opinión favorable al respecto la Oficina General de Recursos Humanos del MC a través del Oficio Nº 001093-2024-OGRH-SG/MC, haciendo suyo el Informe Nº 000071-2024-OGRH-SG-JÑS/MC;

Que, el subnumeral 6.1.7 de la Directiva, establece que, al obtener la validación, el Titular de la Entidad aprueba el Manual de Clasificador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.;

Que, el apartado 2.2.1.1 del MOP del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque. Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque, establece que, la Dirección del Proyecto Especial, es la autoridad administrativa y presupuestaria, ejerce la representación legal del Proyecto Especial y está representado por un Director, quien es designado por el Ministro de Cultura mediante Resolución Ministerial (...) El Director es también responsable de la Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque;

Que, la Oficina de Recursos Humanos, emite el Informe Nº 000175-2024-ORH-UE005/MC en el cual concluye, entre otros, que la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque ha sido aprobado por la Entidad Tipo A; y, en se sentido, solicita su revisión y emisión del acto administrativo correspondiente;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite el Informe Nº 000067-2024-OAJ-UE005/MC en el cual concluye, entre otros, que la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque ha sido aprobado por la Entidad Tipo A; por lo que se cumple con la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH;

Que, la Oficina de Planeamiento Presupuesto, a través de la Hoja de Envio N° 000549-2024-OPP-UE005/MC, ha emitido opinión favorable para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque. Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque;

Con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Por las consideraciones mencionadas, de conformidad con las normas legales antes citadas, la Directiva N° 003-2021-PCM/SIP, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR/PE, la Resolución Ministerial N° 477-2012-MC y la Resolución Ministerial N° 000158-2024-DM/MC;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque. Unidad Ejecutora 005 Naylamp Lambayeque, que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y el mismo día de la citada publicación, se publica con su Anexo, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal de Transparencia, y en el Portal Institucional de la Entidad (www.naylamp.gob.pe).

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Oficina General de Recursos Humanos, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, a la Oficina de Administración, Recursos Humanos, Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Infraestructura y Proyectos, Integridad Institucional, Relaciones Públicas e Informática para su publicación en la página Web de la Institución (www.naylamp.gob.pe), así como la Oficina de Asesoría Jurídica para los fines pertinentes.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese (publíquese/notifíquese) y cúmplase.

CARLOS EDUARDO WESTER LA TORRE

UE 005- NAYLAMP


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