RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 140-2024-MINEDU
Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan las acciones de personal docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Públicos en el marco de la Ley N° 30512 y su reglamento”
20241127Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 26/11/2024 |
---|---|
Fecha de Publicación : | 27/11/2024 |
Entrada en vigencia : | 28/11/2024 |
Estado : |
Lima, 26 de noviembre de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIFOID2024-INT-0763201, el Informe N° 1285-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente y de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística dependiente de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe N° 02210-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01578-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral f) del artículo 78 de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, ha considerado a las acciones de personal, a excepción de la encargatura, como un derecho propio de los docentes de la Carrera Pública Docente;
Que, los artículos 84, 85, 86, 87, 88 y 89 de la Ley N° 30512, regulan las siguientes acciones de personal: reasignación, permuta, destaque, licencias, encargatura y permisos, respectivamente;
Que, el artículo 105 de la Ley N° 30512, establece que los docentes contratados de Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES) públicos tienen los deberes y derechos establecidos en los artículos 77 y 78 en lo que les corresponda, y se encuentran sujetos al régimen disciplinario de los docentes de la carrera pública establecido en la referida ley;
Que, el artículo 187 del Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, establece que las acciones de personal de reasignación, permuta, destaque y encargo, no proceden en los siguientes supuestos: a) Entre plazas de un IES a una EES, ni de una Escuela de Educación Superior Tecnológica (EEST) a una Escuela de Educación Superior Pedagógica (EESP), ni viceversa, b) Cuando los docentes están comprendidos en procesos administrativos disciplinarios o estén cumpliendo sanción administrativa, c) Cuando se encuentren en uso de licencia sin goce de haber y d) Entre docentes que ocupen puestos de distintas áreas de desempeño;
Que, según lo dispuesto por el numeral 188.2 del artículo 188 del Reglamento de la Ley N° 30512, el Ministerio de Educación establece las normas que regulan las acciones de personal, según corresponda;
Que, bajo el marco normativo antes expuesto, mediante el Oficio N° 02998-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01285-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborado de forma conjunta por la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente y la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística dependiente de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan las acciones de personal docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Públicos en el marco de la Ley N° 30512 y su Reglamento”; cuyo objetivo es establecer disposiciones y procedimientos que regulen las acciones de personal aplicables a los docentes de la Carrera Pública del Docente (CPD) y contratados, en lo que corresponda, en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU;
Que, además, el Ministerio de Educación emitirá las orientaciones para regularizar la situación de los docentes y sus respectivas plazas que se encuentran ubicados en una Institución de Educación Superior distinta a la CPD a la que pertenecen por efectos de la adecuación establecida en el marco de la Resolución Ministerial N° 086-2018-MINEDU, debiendo ser ubicados en una Institución Pedagógica o Tecnológica acorde con su CPD, perfil y dentro del ámbito de la región a la que pertenece su institución de origen;
Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes;
Que, a través del Informe N° 02210-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto, desde el punto de vista de planificación es concordante con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y, desde el punto de vista de presupuesto, su implementación no irroga gastos adicionales al Pliego 010. M. de Educación ni al Tesoro Público, dado que es de naturaleza procedimental;
Que, mediante el Informe N° 01578-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delegó en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; el Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan las acciones de personal docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Públicos en el marco de la Ley N° 30512 y su reglamento”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El Ministerio de Educación emitirá las orientaciones para regularizar la situación de los docentes y sus respectivas plazas que se encuentran ubicados en una Institución de Educación Superior distinta a la Carrera Pública del Docente (CPD) a la que pertenecen por efectos de la adecuación establecida en el marco de la Resolución Ministerial N° 086-2018-MINEDU, debiendo ser ubicados en una Institución Pedagógica o Tecnológica acorde con su CPD, perfil y dentro del ámbito de la región a la que pertenece su Institución de origen.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
María Esther Cuadros Espinoza
Viceministra de Gestión Pedagógica