RA 84-2024-MDSRA_84_2024_MDS

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 84-2024-MDS

Reconocen a Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo 2024-2026

[+] Datos Generales
20240613Legislacion
Fecha de Promulgación :31/05/2024
Fecha de Publicación :13/06/2024
Entrada en vigencia :14/06/2024
Estado :

[+]

Lima, 31 de mayo de 2024

LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO

VISTO:

El Informe N° D000277-2024-SPV-GDS-MDS de fecha 16 de mayo de 2024, de la Subgerencia de Participación Vecinal, el Informe N° D000169-2024-OGPP-MDS de fecha 28 de mayo de 2024, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° D000327-2024-OGAJ-MDS de fecha 31 de mayo de 2024, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Constitución Política del Perú, en los artículos 195, 197 y 199, señala que las municipalidades promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asimismo formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. De la misma forma, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales se rigen por presupuestos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan y ejecutan en concordancia con sus planes de desarrollo local concertados; Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización tiene como objeto desarrollar el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobierno Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, defi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley mencionada en el párrafo precedente señala que “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”; Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, modifi cado por el Artículo 1 de la Ley N° 31433, señala en el numeral 6 del artículo 20, que es una atribución del Alcalde la de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; Que, el numeral 2 del artículo 7 de la Ley N° 27972, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital es uno de los órganos de coordinación del gobierno local; Que, el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo; Que, el artículo 102 de la citada norma, defi ne al Consejo de Coordinación local Distrital como un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley; Que, asimismo el Tercer Párrafo del mencionado artículo 102 establece respecto a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación local Distrital que “… son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral correspondiente”; Que, el artículo 111 de la Ley N° 27972, establece que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Que, mediante Ordenanza N° 547-2024-MDS y su modifi catoria la Ordenanza N° 548-2024-MDS, de fecha 13 de marzo de 2024, se aprueba el “Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Surquillo”; Que, el artículo 38 de la Ordenanza N° 547-2024-MDS y su modifi catoria la Ordenanza N° 548-2024- MDS, prescribe que “Concluido el escrutinio y redactada el Acta Electoral y resuelta las impugnaciones si la hubiere, los miembros de mesa proclamarán a los candidatos que resulten elegidos”; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 03-2024-MDS de fecha 12 de abril de 2024, se convoca a elecciones para elegir a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) del Distrito de Surquillo, para el periodo 2024-2026; aprobándose en su artículo 2 el cronograma de actividades del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil y aprobándose en su artículo 3 la apertura del Libro de registro de organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad Distrital de Surquillo; Que, a través del “Acta de Reunión para la aprobación del Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil” de fecha 15 de abril de 2024, se aprueba el Reglamento de Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, mediante el cual se regula los mecanismos a seguir para la elección de los cuatro (04) Representantes de la Sociedad Civil del distrito de Surquillo, para integrar el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) periodo 2024 – 2026; Que, mediante el artículo 25 del Reglamento de Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Dist rital – CCLD, aprobado con Acta de Reunión de fecha 15 de abril de 2024, prescribe que “El comité Electoral proclamará a la lista ganadora que obtenga mayoría simple del total de votos válidos, emitiéndose la respectiva acta electoral, la misma que será suscrita en tantos ejemplares como sea necesario”; Que, con fecha 14 de mayo de 2024, mediante proceso electoral se realizó las elecciones en acompañamiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); por consiguiente, se eligió a los cuatro (04) Representantes de la Sociedad Civil del distrito de Surquillo, para integrar ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD; Que, mediante Informe N° D000277-2024-SPV-GDS-MDS de fecha 16 de mayo de 2024, la Subgerencia de Participación Vecinal, remite a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto el Proyecto de Resolución de Alcaldía, para el Reconocimiento de los cuatro (04) Representantes de la Sociedad Civil elegidos ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, del distrito de Surquillo; Que, mediante Informe N° D000169-2024-OGPP-MDS de fecha 28 de mayo de 2024, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la necesidad de la aprobación del Proyecto de Resolución de Alcaldía, que reconoce a los cuatro (04) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), para el periodo 2024-2026, de la Municipalidad Distrital de Surquillo; Que, a través del Informe Nº D000327-2024-OGAJ-MDS, de fecha 31 de mayo de 2024, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica concluye que legalmente es viable que mediante Resolución de Alcaldía se reconozca a los cuatro (04) Representantes de la Sociedad Civil, para integrar el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de la Municipalidad Distrital de Surquillo, para el periodo 2024-2026, conforme se acredita con el Acta Electoral, según lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 547-2024-MDS que aprueba el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Surquillo, modifi cado mediante Ordenanza N° 548-2024-MDS y el Decreto de Alcaldía N° 03-2024- MDS de fecha 12 de abril de 2024; De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 43 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

SE RESUELVE:

[original] [+]

Artículo 1.- Reconocer, a los cuatro (04) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo 2024-2026 de la Municipalidad Distrital de Surquillo, elegidos democráticamente; el cual queda conformado de la forma siguiente:

CARGO

DNI

NOMBRES Y APELLIDOS

ORGANIZACIÓN QUE REPRESENTA

MIEMBRO 1

07867864

Guillermo Iván Muñoz Tipiani

JUNTA DE VECINOS LA CALERA DE LA MERCED – SECTOR TELEFÓNICO

MIEMBRO 2

06652407

Miguel Arturo Nieto Román

JUNTA VECINAL DEL CONJUNTO HABITACIONAL "LA MERCED"

MIEMBRO 3

08813280

Flor de María Naranjo Flores

ORGANIZACIÓN DEL ADULTO MAYOR "MARÍA DE GUADALUPE"

MIEMBRO 4

08840933

Rosa Genoveva Quiroz Velasco

ORGANIZACIÓN DEL ADULTO MAYOR "RED DISTRITAL"

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 2.- Otorgar las respectivas credenciales a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo 2024-2026, referidos en el artículo precedente.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 3.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Ofi cina General de Comunicación e Imagen Institucional, a la Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Surquillo, así como a los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de Surquillo.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Participación Vecinal la notifi cación y/o coordinaciones necesarias para la recepción de la presente Resolución y credenciales a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), para el periodo 2024 – 2026, del distrito de Surquillo.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 5.- Encargar a la Ofi cina General de Secretaría del Concejo la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Gobierno Electrónico y Digital, la difusión de la presente Resolución, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

POR TANTO

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ

Alcaldesa


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe