R 309-2023-SERNANPR_309_2023_SERNANP

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 000309-2023-SERNANP-J-SGD

Aprueban los Lineamientos para la Implementación de la Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del Área de Conservación Regional

[+] Datos Generales
20231230Legislacion
Fecha de Promulgación :29/12/2023
Fecha de Publicación :30/12/2023
Entrada en vigencia :31/12/2023
Estado :

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San Isidro, 29 de diciembre del 2023

VISTOS:

El Informe N° 1095-2023-SERNANP-DDE del 16 de noviembre de 2023, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, el Informe N° 000008-2023-SERNANP/OPP-SGD de fecha 01 de diciembre de 2023 y el Memorando N° 000099-2023-SERNANP/OPP-SGD de fecha 19 de diciembre del 2023, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000081-2023-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 28 de diciembre de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el inciso b) del numeral 2 de la Segunda Disposición Final del Decreto Legislativo señalado en el considerando precedente, es función del SERNANP aprobar las normas y establecer los criterios técnicos y administrativos, así como los procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el literal b) del artículo 3° de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas de administración regional, se denominan Áreas de Conservación Regional. Asimismo, de acuerdo con el artículo 5° del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, las Áreas de Conservación Regional complementan el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE;

Que, el artículo 11° de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que los Gobiernos Descentralizados de nivel regional podrán gestionar la tramitación de la creación de un Área de Conservación Regional en su jurisdicción, la cual se conformará sobre áreas, que, teniendo una importancia ecológica significativa, no califican para ser declaradas como áreas del Sistema Nacional. En todo caso, la Autoridad Nacional podrá incorporar al SINANPE aquellas áreas regionales que posean una importancia o trascendencia nacional;

Que, en ese marco mediante Resolución Presidencial N° 200-2021-SERNANP, se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el establecimiento de las Áreas de Conservación Regional, que tienen por objetivo establecer los lineamientos para la evaluación de los expedientes presentados ante el SERNANP, como propuestas para el establecimiento de Áreas de Conservación Regional-ACR;

Que, en las mencionadas Disposiciones Complementarias, en su artículo 10 se dispone que, los Gobiernos Regionales recibirán asistencia técnica por parte del SERNANP previamente al dar inicio al procedimiento administrativo a través de la presentación del expediente de la propuesta de ACR, dicha asistencia no configura el inicio de dicho procedimiento, toda vez que su finalidad es, facilitar el cumplimiento de los requisitos y los términos técnicos de referencia y que, las acciones de asistencia técnica que brindará el SERNANP en el marco de la elaboración del Expediente Técnico de la propuesta de ACR, se desarrollarán de acuerdo a un protocolo que será complementario a las presentes Disposiciones Complementarias;

Que, en esa línea, la Dirección de Desarrollo Estratégico mediante Informe N° 1095-2023-SERNANP-DDE, indica que, a fin de cumplir con lo dispuesto en la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, modificada con Resolución de Contraloría N° 093-2021-CG, se ha definido como uno de los “Productos Priorizados” a la “Representatividad de ecosistemas en el sistema de áreas naturales protegidas mejorada” estableciéndose en coordinación con Oficina de Planeamiento y Presupuesto como medida de control “Establecer lineamientos de asistencia técnica para la DDE”, por lo cual, dicha Dirección cumple con elaborar los Lineamientos para la Implementación de las Asistencias Técnicas a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del Área de Conservación Regional”, el cual corresponde al producto priorizado “Representatividad de ecosistemas en el sistema de áreas naturales protegidas mejorada;

Que, asimismo, la Dirección de Desarrollo Estratégico en el informe antes mencionado precisa que, con dicha propuesta normativa se brindará un mejor servicio, para reducir los riesgos de omitir acciones en el proceso de Asistencia a los Gobiernos Regionales en la elaboración de los expedientes técnicos de ACR por falta de Lineamiento de asistencia técnica;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 000008-2023-SERNANP/OPP-SGD emite opinión técnica favorable a los “Lineamientos para la Implementación de la Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del Área de Conservación Regional”;

Que, en ese sentido, conforme a los documentos de vistos y teniendo en cuenta que los Lineamientos en mención se encuentran conforme lo dispuesto Disposiciones Complementarias para el establecimiento de las Áreas de Conservación Regional aprobadas Resolución Presidencial N° 200-2021-SERNANP y Directiva N° 004-2022-SERNANP-GG-OPP, denominada “Normas y Procedimiento para la Formulación, Aprobación, Actualización, Difusión y Control de los Documentos Normativos”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 078-2022-SERNANP, corresponde emitir la Resolución Presidencial que aprueba los “Lineamientos para la Implementación de la Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del Área de Conservación Regional”;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal b) y d) del artículo del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y el artículo 10 Disposiciones Complementarias para el establecimiento de las Áreas de Conservación Regional aprobadas Resolución Presidencial N° 200-2021-SERNANP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la Implementación de la Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del Área de Conservación Regional, cuyo texto y sus anexos forman parte integrante de la presente Resolución.

KEYWORDS:

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp, el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE

Jefe del SERNANP


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