RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 18-2023-VIVIENDA/VMCS
Designan Directores titular y suplente en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A.
20231130Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 28/11/2023 |
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Fecha de Publicación : | 30/11/2023 |
Entrada en vigencia : | 01/12/2023 |
Estado : |
Lima, 28 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Oficio N° 129-2023-GG/EPS RIOJA S.A. de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A., la Nota N° 336-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS y el Memorándum N° 724-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el Informe N° 709-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, y;
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas;
Que, el artículo 51 del TUO de la Ley Marco establece que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento;
Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del TUO de la Ley Marco dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y, un (1) director, titular y suplente, propuesto por la Sociedad Civil, esto es, por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;
Que, los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del TUO de la Ley Marco, disponen que la designación del director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS) a través de Resolución del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; y, que dicha resolución tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente;
Que, el artículo 66 del Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA (en adelante, TUO del Reglamento), dispone que el periodo del Directorio de la empresa prestadora pública de accionariado municipal es de tres (3) años, computados desde la elección o designación del primer miembro del Directorio; debiéndose renovar totalmente este órgano colegiado al término de dicho periodo, incluyendo a aquellos directores que fueron elegidos o designados para completar periodos; precisándose que el Directorio que concluyó su periodo continuará en funciones hasta la conformación del nuevo Directorio, en concordancia con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal” (en adelante, Disposiciones);
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 17 de las Disposiciones, la Plataforma Virtual es la herramienta informática, administrada por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, a través de la cual los Gobiernos Regionales e instituciones de la Sociedad Civil registran a sus candidatos a director;
Que, conforme a la Nota N° 336-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentada en el Informe N° 709-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, y al Memorándum N° 724-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, a través de su Dirección de Saneamiento, ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de dos candidatos propuestos por el Gobierno Regional de San Martín, señalando que los mismos resultan aptos; y, determinándose en razón al puntaje obtenido, que corresponde designar al señor Cesar Alonso Trigozo Suárez, en el cargo de Director Titular; y, al señor Víctor Hugo Ordoñez Sánchez, en el cargo de Director Suplente, para un nuevo periodo en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A.;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA; y, la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designación de Directores titular y suplente, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A.
Designar como Directores titular y suplente, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A., propuestos por el Gobierno Regional de San Martín, para un nuevo periodo de dicho Directorio que se inicia a partir de la publicación de la presente Resolución Viceministerial, a las siguientes personas:
Director titular | Cesar Alonso Trigozo Suárez |
Director suplente | Víctor Hugo Ordoñez Sánchez |
Artículo 2.- Notificación
Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A., para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- Publicación
Publicar la presente Resolución Viceministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ROMÁN BUSTAMANTE ALBÚJAR
Viceministro de Construcción y Saneamiento