RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 644-2023/MDSM
Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la municipalidad
20231031Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 18/10/2023 |
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Fecha de Publicación : | 31/10/2023 |
Entrada en vigencia : | 01/11/2023 |
Estado : |
San Miguel, 18 de octubre de 2023
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
VISTOS, el Informe N° 1188-2023-URH-OAF/MDSM, emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorándum N° 2065-2023-OEC/MDSM emitido por la Oficina de Ejecución Coactiva, la Resolución de la Unidad de Recursos Humanos N° 040-2023-URH-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 331-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordado con artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los incisos 7.1 y 7.2 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor, así como el Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercen su cargo a tiempo completo;
Que, por ello, con la Resolución de Alcaldía N° 356-2020/MDSM de fecha 31 de julio de 2020, se designó, a partir del 01 de agosto de 2020, al abogado JOEL ITURRIZAGA QUEZADA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO;
Que, mediante la Resolución de la Unidad de Recursos Humanos N° 040-2023-URH-OAF/MDSM, de fecha 11 de octubre de 2023, en el segundo artículo, se declaró la responsabilidad administrativa del servidor Joel Iturrizaga Quezada por la comisión de la falta disciplinaria tipificada en el literal d) del artículo 85 de la Ley N° 30057, concordado con la función prevista en el articulo 3° del T.U.O. de la Ley N° 26976. Asimismo, en el artículo tercero, se impone la sanción de suspensión sin goce de haberes al servidor por el periodo de veinte (20) días;
Que, con el Memorándum N° 2065-2023-OEC/MDSM, de fecha 12 de octubre de 2023, la Oficina de Ejecución Coactiva solicita la encargatura de funciones para lo cual se propone al servidor CAS Abogado Alex Alpino Jara Trujillo, identificado con DNI N° 10741778 y con colegiatura N° 53475, a fin que asuma las funciones relativas al cargo de Ejecutor Coactivo;
Que, encontrándose vacante el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, es necesario encargar las funciones que ejerzan dicho cargo, a fin de continuar con el normal desenvolvimiento del servicio municipal;
Que, mediante los documentos vistos, la Unidad de Recursos Humanos señala que, urge la necesidad de la designación bajo la condición de encargatura del personal CAS, para el cargo de Ejecutor Coactivo en tanto dure la ausencia del titular;
Que, mediante el artículo 33-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la acreditación del Ejecutor Coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad;
Que, el inciso 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ENCARGAR, con eficacia anticipada a partir del 13 de octubre de 2023, al Abogado ALEX ALPINO JARA TRUJILLO, perteneciente a la Oficina de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Miguel bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicio-CAS regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, las funciones de EJECUTOR COACTIVO, durante la ausencia del titular.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Ejecución Coactiva, a la Oficina de Administración y Finanzas, a la Unidad de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, el fiel cumplimiento de la presente resolución
Artículo 3°.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EDUARDO BLESS CABREJAS
Alcalde