R 166-2023-OS/CDR_166_2023_OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 166-2023-OS/CD

Modifican la Res. N° 130-2023-OS/CD, que fijó los valores máximos de los presupuestos y de los cargos mensuales de reposición y mantenimiento de la conexión eléctrica, aplicables a los usuarios finales del servicio público de electricidad

[+] Datos Generales
20230907Legislacion
Fecha de Promulgación :05/09/2023
Fecha de Publicación :07/09/2023
Entrada en vigencia :08/09/2023
Estado :

[+]

Lima, 5 de setiembre de 2023

Que, mediante Resolución N° 130-2023-OS/CD, (en adelante “Resolución 130”), el Consejo Directivo de Osinergmin fijó los valores máximos de los presupuestos y de los cargos mensuales de reposición y mantenimiento de la conexión eléctrica, aplicables a los usuarios finales del servicio público de electricidad;

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. - Electro Nor Oeste, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - Electro Oriente, Electro Dunas S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A. - Electrosur, Enel Distribución Perú, Luz del Sur S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - Hidrandina, Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - Seal, Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. - Coelvisac, Asociación Proconsumidores del Perú, Servicios de Asesoría Energética E.I.R.L, Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - Adinelsa, Electro Sur Este S.A.A. y Empresa Concesionaria de Electricidad De Ucayali S.A. - Electro Ucayali contra la Resolución 130, se han expedido las Resoluciones N° 152-2023-OS/CD, N° 153-2023-OS/CD, N° 154-2023-OS/CD, N° 155-2023-OS/CD, N° 156-2023-OS/CD, N° 157-2023-OS/CD, N° 158-2023-OS/CD, N° 159-2023-OS/CD, N° 160-2023-OS/CD, N° 161-2023-OS/CD, N° 162-2023-OS/CD, N° 163-2023-OS/CD, N° 164-2023-OS/CD y N° 165-2023-OS/CD, respectivamente;

Que, Osinergmin declaró fundados o fundados en parte determinados extremos de los petitorios de los recursos impugnativos recibidos, habiendo decidido, asimismo, que, a raíz de las decisiones allí acordadas, se proceda a consignar, en resolución complementaria, las modificaciones pertinentes a la Resolución 130, las cuales se encuentran detalladas en el Informe Técnico N° 627-2023-GRT;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y, en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 27-2023 del 04 de setiembre de 2023.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifíquese la tabla de los Cargos de Reposición de Elementos Sustraídos por Terceros de la Conexión en Baja Tensión, BT5B (CRER), señaladas en el Numeral 3.3.3 del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

EmpresaCRER 2023S/ /Usuario-mes
Coelvisac0,00
Electro Dunas0,00
Electro Oriente0,01
Electro Pangoa0,00
Electro Puno0,00
Electro Sur Este0,00
Electro Tocache0,00
Electro Ucayali0,00
Electrocentro0,01
Electronoroeste0,00
Electronorte0,00
Electrosur0,00
Emsemsa0,00
Emseusa0,00
Enel0,01
Hidrandina0,00
Luz del Sur0,01
Seal0,00
Sersa0,00

KEYWORDS:

Artículo 2.- Modifíquense las tablas señaladas en el Numeral 1 Fórmula de Actualización de los Presupuestos y Cargos de Reposición de la Conexión Eléctrica y en el Numeral 2 Fórmula de Actualización de los Cargos de Mantenimiento de la Conexión Eléctrica, del Artículo 2 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

1. Fórmula de Actualización de los Presupuestos y Cargos de Reposición de la Conexión Eléctrica (FAPC)

Para las conexiones eléctricas se tienen los siguientes coeficientes de participación:

Tipo de ConexiónDescripciónFAPC(x)APCBPCCPCDPCTotal
C1/C2Conexiones Aéreas, Subterráneas, Subterráneas Múltiples y Mixtas en Baja TensiónFAPC (1)0,450,460,050,041,00
C3/C4Conexiones Subterráneas, Subterráneas Múltiples y Mixtas en Baja TensiónFAPC (2)0,280,510,160,051,00
C5Conexiones Básicas en Media Tensión (PMI, PMS y Celda)FAPC (3)0,210,790,000,001,00
C5Otros Elementos Electromecánicos en Media TensiónFAPC (4)0,380,410,210,001,00
C1/C2/C3/C4/C5Vereda, Murete, Mástil y Protección de EstructurasFAPC (5)1,000,000,000,001,00

Para los costos por metro de cable se tienen los siguientes coeficientes de participación:

Tipo de ConexiónDescripciónFAPC(x)APCBPCCPCDPCTotal
C1/C2Conexiones Aéreas, Subterráneas, Subterráneas Múltiples y MixtasFAPC (6)0,750,000,000,251,00

2. Fórmula de Actualización de los Cargos de Mantenimiento de la Conexión Eléctrica (FACM)

Tipo de ConexiónDescripciónFACM(x)ACMBCMCCMDCMTotal
C1/C2Conexiones Aéreas y Mixtas en Baja TensiónFACM (1)0,910,090,000,001,00
C3/C4/C5Conexiones Aéreas, Mixtas y Subterráneas en Baja TensiónFACM (2)0,920,080,000,001,00

KEYWORDS:

Artículo 3.- Modifíquense las tablas 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6, 2.7, 2.8, 2.9 Y 2.10 señaladas en el Anexo B del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

Tabla N° 2.1: Conexiones en Baja Tensión 220 V - Soles

Fases Tipo Subtipo PotenciaConectada (Pc) OpciónTarifaria Aérea(2) Subterránea(2)(3)
Monofásica C1 C1.1 Pc ≤ 3 kW BT5A 613 755
BT5B (2 hilos) 349 482
BT5B (2 hilos) - Rural (1) 404
BT5B (3 hilos) 352 492
BT5B (3 hilos) - Rural (1) 407
BT6 281 436
BT5F 613 754
BT5I (2 hilos) (4) 380 520
BT5I (3 hilos) (4) 380 520
C1.2 3 kW < Pc ≤ 10 kW BT5A 639 761
BT5B (2 hilos) 374 495
BT5B (3 hilos) 377 498
BT6 306 441
BT5F 639 759
BT5I (2 hilos) (4) 406 526
BT5I (3 hilos) (4) 406 526
Trifásica C2 C2.1 Pc ≤ 10 kW BT5A 805 963
BT5B 600 762
BT6 458 573
BT2/BT3/BT4 2 716 2 831
BT5F 805 966
BT5I (4) 485 646
C2.2 10 kW < Pc ≤ 20 kW BT5A 826 968
BT5B 621 767
BT6 479 579
BT2/BT3/BT4 2 877 2 976
BT5I (4) 505 652
C3 C3.1 20 kW < Pc ≤ 50 kW BT5A/BT5B/BT2/BT3/BT4 3 669 4 028
C4 C4.1 50 kW < Pc ≤ 75 kW BT2/BT3/BT4 3 676 4 759
C4.2 75 kW < Pc ≤ 150 kW BT2/BT3/BT4 6 447
C4.3 150 kW < Pc ≤ 225 kW BT2/BT3/BT4 8 702
C4.4 225 kW < Pc ≤ 300 kW BT2/BT3/BT4 10 315

(1) Aplicable a los Sectores Típicos 3, 4 y Sistemas Eléctricos Rurales (SER).

(2) Aplicable a conexiones con acometida simple o doble.

(3) Aplicable a conexiones subterráneas o mixtas (aérea/subterránea).

(4) El costo de la conexión no incluye los costos del medidor.

Tabla N° 2.2: Conexiones en Baja Tensión Múltiples 220 V - Soles

Fases Tipo Subtipo PotenciaConectada (Pc) OpciónTarifaria Conexión Caja Toma(1)
Monofásica C1 C1.1 Pc ≤ 3 kW BT5B (2 hilos) 200 101
BT5B (3 hilos) 203 101
BT5F 464 101
BT5I (2 hilos) (2) 231 101
BT5I (3 hilos) (2) 231 101
BT5E 304
C1.2 3 kW < Pc ≤ 10 kW BT5B (2 hilos) 216 178
BT5B (3 hilos) 219 178
BT5F 481 178
BT5I (2 hilos) (2) 247 178
BT5I (3 hilos) (2) 247 178
BT5E 397
Trifásica C2 C2.1 Pc ≤ 10 kW BT5B 379 180
BT5F 584 180
BT5I (2) 263 180
BT5E 559
C2.2 10 kW < Pc ≤ 20 kW BT5B 390 364
BT5I (2) 275 364
BT5E 754
(1) Aplicable en conexiones múltiples con 3 o más usuarios.
(2) El costo de la conexión no incluye los costos del medidor.

Tabla N° 2.3: Conexiones en Baja Tensión 380/220 V - Soles

Fases Tipo Subtipo PotenciaConectada (Pc) OpciónTarifaria Aérea(1) Subterránea(1)(2)
Trifásica C2 C2.1 Pc ≤ 10 kW BT5A 911 992
BT5B 730 811
BT6 600 632
BT5F 911 992
BT5I (3) 624 705
BT2/BT3/BT4 3 765 3 797
C2.2 10 kW < Pc ≤ 20 kW BT5A 914 995
BT5B 734 815
BT6 603 635
BT5I (3) 627 708
BT2/BT3/BT4 3 769 3 801
C3 C3.1 20 kW < Pc ≤ 50 kW BT5A/BT5B/BT2/BT3/BT4 3 736 4 133
C4 C4.1 50 kW < Pc ≤ 75 kW BT2/BT3/BT4 3 976 4 559
C4.2 75 kW < Pc ≤ 150 kW BT2/BT3/BT4 5 907
C4.3 150 kW < Pc ≤ 225 kW BT2/BT3/BT4 7 893
C4.4 225 kW < Pc ≤ 300 kW BT2/BT3/BT4 8 582
(1) Aplicable a conexiones con acometida simple o doble.(2) Aplicable a conexiones subterráneas o mixtas (aérea/subterránea).(3) El costo de la conexión no incluye los costos del medidor.

Tabla N° 2.4: Conexiones en Baja Tensión Múltiples 380/220 V - Soles

Fases Tipo Subtipo PotenciaConectada (Pc) OpciónTarifaria Conexión Caja Toma(1)
Trifásica C2 C2.1 Pc ≤ 10 kW BT5B 386 136
BT5F 566 136
BT5I (2) 279 136
BT5E 522
C2.2 10 kW < Pc ≤ 20 kW BT5B 389 307
BT5I (2) 283 307
BT5E 696
(1) Aplicable en conexiones múltiples con 3 o más usuarios.

Tabla N° 2.5: Conexiones en Baja Tensión 220 V - Prepago - Soles

Fases Tipo Subtipo PotenciaConectada (Pc) OpciónTarifaria Aérea(2) Subterránea(2)(3)
Monofásica C1 C1.1 Pc ≤ 3 kW BT7 (2 hilos) 834 975
BT7 (2 hilos) - Rural (1) 889
BT7 (3 hilos) 1 158 1 009
BT7 (3 hilos) - Rural (1) 1 213
C1.2 3 kW < Pc ≤ 10 kW BT7 (2 hilos) 860 980
BT7 (3 hilos) 1 184 1 026
(1) Aplicable a los Sectores Típicos 3, 4 y Sistemas Eléctricos Rurales (SER).(2) Aplicable a conexiones con acometida simple o doble.(3) Aplicable a conexiones subterráneas o mixtas (aérea/subterránea).(3) Aplicable a conexiones subterráneas o mixtas (aérea/subterránea).

Tabla N° 2.6: Costo por Metro de Cable de Conexiones en Baja Tensión 220 V - Prepago - Soles

Fases Tipo Subtipo Potencia Conectada (Pc) Opción tarifaria Costo
Monofásica C1 C1.1 Pc ≤ 3 kW BT7 22
C1.2 3 kW < Pc ≤ 10 kW BT7 23

Tabla N° 2.7: Conexiones Básicas en Media Tensión - Soles

Tabla N° 2.8: Otros Elementos Electromecánicos en Media Tensión - Soles

Tabla N° 2.9: Costo por Vereda, Murete y Mástil en Baja Tensión - Soles

Tabla N° 2.10 Cargo mensual del sistema de medición inteligente Conexiones en Baja Tensión 220 V - Soles/mes

Conexiones en Baja Tensión Múltiples 220 V - Soles/mes

Conexiones en Baja Tensión 380/220 V - Soles/mes

Conexiones en Baja Tensión Múltiples 380/220 V - Soles/mes

KEYWORDS:

Artículo 4.- Incorporar la tabla 2.11 en el Anexo B del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

Tabla N° 2.11: Costos Adicionales al Sistema de Protección y Seccionamiento - Soles

(1) Se adicionará S/. 1859,00 para 10 kV y S/. 3117,00 para 22,9 kV, a toda conexión aérea de media tensión conectados a nodos con corriente de cortocircuito Icc > 8 kA, dicho costo corresponde al costo diferencial de los fusibles aéreos de potencia SMD-20 versus los equipos de protección tipo cut-out estándar regulado.

(2) Se adicionará S/. 4 219,00 a todas las conexiones subterráneas de 10 kV y potencia conectada de 1000 kW a 2500kW, y S/. 16359,00 a todas las conexiones subterráneas de 22.9 kV y potencia conectada de 1000 kW a 2500kW. Dichos costos corresponden al costo diferencial del equipo de protección Interruptor de Mínimo Volumen de Aceite, Tripolar, In = 400 A, Pcc = 500 MVA, Interior (código SICODI SIM04) para 10 kV y el equipo de protección Interruptor de 22,9 KV, 125 KVp (BIL), 630 A, Operación Tripolar, al Exterior, Inc. Est. Soporte con código INC023TE0125 para 22,9 kV. versus los Seccionadores Bajo Carga, interior, tripolares, con códigos ESBCI3100400 y ESBCI3229400.

(3) Se adicionará S/. 621,00, a toda conexión aérea de media tensión de 10 y 22,9 kV ubicadas en la zona corrosiva del litoral peruano, dicho costo adicional corresponde al aislador extensor de línea a fuga en los armados del Sistema de Protección, obtenido de la base de datos SICODI.

KEYWORDS:

Artículo 5.- Modifíquense las tablas 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5 y 3.6 señaladas en el Anexo C del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

Tabla N° 3.1: Parámetro CRCB - Conexiones en Baja Tensión 220 V - Soles

Tabla N° 3.2: Parámetro CRCB - Conexiones en Baja Tensión Múltiples 220 V - Soles

Tabla N° 3.3: Parámetro CRCB - Conexiones en Baja Tensión 380/220 V - Soles

Tabla N° 3.4: Parámetro CRCB - Conexiones en Baja Tensión Múltiples 380/220 V - Soles

Tabla N° 3.5: CRCB - Conexiones en Baja Tensión 220 V - Prepago - Soles

Tabla N° 3.6: Parámetro CRCM - Conexiones Básicas en Media Tensión - Soles

KEYWORDS:

Artículo 6.- Modifíquese el Anexo D del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

Tabla N° 4.1: Parámetro CMCB - Conexiones en Baja Tensión 220 V - Soles

Tabla N° 4.2: Parámetro CMCB - Conexiones en Baja Tensión Múltiples 220 V - Soles

Tabla N° 4.3: Parámetro CMCB - Conexiones en Baja Tensión 380/220 V - Soles

Tabla N° 4.4: Parámetro CMCB - Conexiones en Baja Tensión Múltiples 380/220 V - Soles

Tabla N° 4.5: Parámetro CMCB - Conexiones en Baja Tensión 220 V - Prepago - Soles

Tabla N° 4.6: Parámetro CMCM - Conexiones en Media Tensión - Soles

Tabla N° 4.7: Cargos de Mantenimiento de las Conexiones en Media y Baja Tensión - Soles

KEYWORDS:

Artículo 7.- Modifíquese el Numeral 3.4.1 del Artículo 1 de la Resolución N° 130-2023-OS/CD, según lo siguiente:

“3.4.1 Cargos de Mantenimiento de la Conexión Eléctrica

Los cargos de mantenimiento de la conexión en media y baja tensión se detallan en el Anexo N° D, como sigue:

- Tabla N° 4.7: Cargos de mantenimiento de las Conexiones en Media y Baja Tensión”.

KEYWORDS:

Artículo 8.- Incorporar el Informe Técnico N° 627-2023-GRT, como parte integrante de la presente resolución.

KEYWORDS:

Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y que sea consignada, junto con el Informe Técnico N° 627-2023-GRT en el portal web institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx

KEYWORDS:
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OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ

Presidente del Consejo Directivo


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