R 373-2023-UNF/COR_373_2023_UNF/CO

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 373-2023-UNF/CO

Autorizan viajes de docentes de la Universidad Nacional de Frontera para participar en pasantías a realizarse en Brasil

[+] Datos Generales
20230815Legislacion
Fecha de Promulgación :07/08/2023
Fecha de Publicación :15/08/2023
Entrada en vigencia :16/08/2023
Estado :

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA

Sullana, 7 de agosto de 2023

VISTOS:

Oficio Nº 389-2023-UNF-VPA/FIIAB de fecha 14 de julio de 2023; Informe Nº358-2023-UNF-OAJ; Informe Nº 595-2023-UNF-PCO-OPP, de fecha 03 de agosto de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país.

Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 146-2022-UNF/CO, de fecha 07 de abril de 2019, se aprobó el Reglamento General de Admisión de la Universidad Nacional de Frontera.

Que, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 204-2019-UNF/CO, de fecha 24 de abril de 2019, se aprobó la Directiva Nº 003-2019-UNF denominada: “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicios al Exterior del País” el cual define a la Comisión de Servidos en su capítulo V. DEFINICIONES numeral 5.1, como: “(...) el desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la Entidad, debidamente autorizado por el funcionario competente, para realizar funciones al exterior del país, directamente relacionadas con los fines y objetivos institucionales.

Que, con Directiva Nº 003-2019-UNF, en su capítulo VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS”, numeral 7.1. titulado “Requerimiento y Otorgamiento de las Asignaciones Económicas”, establece que:

a. El comisionado inicia el trámite, ante el Jefe del Órgano o Unidad Orgánica Superior y gestiona la “Autorización de Comisión de Servicios” de acuerdo al Formato Nº1, adjuntando la documentación que sustente la comisión de servicios, con una anticipación no menor a veinte (20) días hábiles a la fecha prevista del viaje, salvo situación imprevista debidamente justificada.

b. El Jefe del Órgano o Unidad Orgánica, eleva la “Autorización de Comisión de Servicios” mediante Oficio al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNF, para la aprobación mediante acto resolutivo de Comisión Organizadora, como máxima autoridad de la UNF.

c. En el Oficio deberá exponerse la justificación expresa de la comisión de servicios al exterior, el que debe estar sustentado en el interés nacional o en el interés específico de la UNF, el número de días que durará la comisión de servicios y otros gastos. Asimismo, se deberá adjuntar la Invitación formal al evento o comunicación que contenga el detalle del mismo.

d. La Oficina de Presidencia, remitirá el expediente al Jefe de la Dirección General de Administración a fin de determinar el monto de los viáticos y pasajes que corresponden a la comisión de servicios al exterior solicitada.

e. La Dirección General de Administración derivará el expediente a la Unidad de Abastecimiento a fin de determinar el monto de los viáticos y pasajes que correspondan a la comisión de servicios solicitada.

f. La Unidad de Abastecimiento de acuerdo a su competencia, realizará el estudio de mercado para determinar el costo de los pasajes e indicará el monto correspondiente a los viáticos de acuerdo a la Escala de Viáticos al exterior vigente y derivará la información a la Dirección General de Administración.

g. La Dirección General de Administración, solicita a la Unidad de Tesorería informar sobre las rendiciones pendientes del comisionado que presenta la solicitud, debiendo consignar la firma y sello de la Jefatura de la Unidad de Tesorería en el Formato Nº1.

h. La Dirección General de Administración deriva el expediente a la Oficina General de Planificación y Presupuesto y solicita la certificación presupuestaria del egreso que irrogue la ejecución de la comisión de servicios al exterior solicitada, debiendo consignar la firma y sello de la Jefatura de la Oficina de Planificación y Presupuesto en el Formato Nº 1.

i. La Dirección General de Administración, eleva el expediente al Presidente de la Comisión Organizadora para la autorización y emisión del correspondiente Acto Resolutivo de la Comisión Organizadora.

j. La Resolución de autorización de viaje al exterior del país estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la UNF; y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac.

k. Toda autorización de viaje al exterior del país deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público.

l. La resolución de autorización de viaje al exterior deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia.

m. Corresponde a la Dirección General de Administración, a través de la Unidad de Abastecimiento, la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de Autorización de viaje al exterior y la elaboración de la “Planilla de Viáticos y Pasajes” en el Formato Nº 2, así como la adquisición y asignación de pasajes aéreos de ser el caso.

n. La Unidad de Abastecimiento, elabora la “Planilla de Viáticos y Pasajes” en el Formato Nº 2, registra el compromiso en el sistema SIAF-SP y deriva el expediente a la Unidad de Contabilidad para el devengado correspondiente.

o. La Unidad de Contabilidad registra el devengado y deriva el expediente a la Unidad de Tesorería.

p. La Unidad de Tesorería realiza el giro y abono en cuenta del comisionado de las asignaciones económicas autorizadas; y entrega el Formato Nº 2 al comisionado para su rendición y firma correspondiente.

Que, mediante Oficio Nº 389-2023-UNF-VPA/FIIAB de fecha 14 de julio de 2023, el Dr. Luis Ángel Paucar Flores, Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología solicita a la Vicepresidencia Académica de la Comisión Organizadora la autorización para pasantía, asignación de pasajes y viáticos para docente durante 30 días en los laboratorios del Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil; para lo cual adjunta su Plan de Trabajo, la Carta de Aceite y Carta de aceptación, indicando: (…) OBJETIVO: 1. Entrenamiento en nanotecnología (Biosensores) en los laboratorios del Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas-UNICAMP. 2. Desarrollo y análisis, de la instrumentación, acompañamiento al trabajo científico del grupo de investigación. 3. Ampliar los conocimientos y competencias de investigación científica de los alumnos y el docente.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES – Duración de 30 días

INSTITUCIÓNLABORATORIOFECHA
Universidad Estatal de Campinas UNICAMP BrasilVisita a los laboratorios de Nanotecnología y Biotecnología para el desarrollo avanzado14-08-2023 al15-08-2023
Desarrollo y análisis de las actividades/capacitaciones en el laboratorio16-08-2023 al 15-09-2023

Realizar una pasantía del docente durante 30 días:

• Aprobar viáticos para mi persona, Dr. Luis Ángela Paucar Flores, DNI Nº 01234981, de acuerdo al siguiente detalle:

Presupuesto

Descripción1 docente (S/)Total (S/)
Pasaje terrestre Sullana - Piura150.00150.00
Vuelo Piura – Sao Paulo (con escala en Lima)3,500.003,500.00
Pasajes terrestres Sao Paulo600.00600.00
Vuelo Sao Paulo – Piura(con escala en Lima)3,500.003,500.00
Pasaje terrestre Piura – Sullana150.00150.00
Viáticos (30 días x 1,346.8)40,404.0040,404.00
TOTAL48,304.00

Que, mediante Informe Nº 358-2023-UNF-OAJ de fecha 20 de julio de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye: “Que, resulta viable jurídicamente la aprobación de la autorización de pasantía internacional docente en los laboratorios del Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil y el otorgamiento de asignaciones económicas al docente Dr. Luis Ángel Paucar Flores, Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología durante 30 días; siempre y cuando se haya seguido el trámite establecido en la Directiva Nº 003-2019-UNF.

Que, respecto al Artículo IV el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo número 004-2019-JUS, recoge como uno de los Principios del Procedimiento Administrativo, el Principio de Legalidad por el cual queda sentado que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.

Que, con Informe Nº 595-2023-UNF-PCO-OPP, de fecha 03 de agosto de 2023, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite informe técnico indicando: (…) Como se aprecia, se podría comunicar que se cuenta con cobertura presupuestaria para ejecutar los gastos que implica el viaje al extranjero propuesto por el coordinador de la FIIAB; sin embargo, se sugiere tener en cuenta lo siguiente: Si se está tomando como base legal el Reglamento del Programa de Movilidad de Estudiantes, Docentes e Investigadores, que fuera aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 316-2019-UNF/CO, es necesario que se indique cuáles son los resultados de la postulación, selección y elegibilidad seguidos para acceder a una plaza de pasantía, en el caso que nos ocupa, según los capítulos 3 y 4 del Reglamento. De autorizarse el viaje al extranjero, la adquisición de los pasajes al exterior deberá ser en categoría económica de acuerdo a la Ley Nº 28807 - Ley que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores se realicen en clase económica; la Resolución respectiva que autorice el viaje al exterior debe sustentar el interés nacional o institucional bajo responsabilidad, asimismo ésta debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y funcionarios Públicos; cuyo costo será financiado con cargo al presupuesto de la FIIAB.

Que, mediante ACTA Nº 056-2023-SO-CO, de fecha 03 de agosto del 2023, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, luego de analizar la documentación presentada y de revisar los informes técnicos y legales indicados en los considerandos de la presente Resolución, por unanimidad se acordó: AUTORIZAR la pasantía internacional del Dr. Luis Ángel Paucar Flores, docente de la Universidad Nacional de Frontera, al Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil, la misma que se llevará a cabo del 12 de agosto al 16 de setiembre de 2023. ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para la profesional citada en el artículo precedente, de conformidad con la Directiva Nº 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”. ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial Nº 045-2023-MINEDU y Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora Nº 056-2023-SO-CO de fecha 03 de agosto del 2023.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la pasantía internacional del Dr. Luis Ángel Paucar Flores, docente de la Universidad Nacional de Frontera, al Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil, la misma que se llevará a cabo del 12 de agosto al 16 de setiembre de 2023.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para el profesional citado en el artículo precedente, de conformidad con la Directiva Nº 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a los órganos Académicos y Administrativos a través de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para conocimiento y fines correspondientes.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y ejecútese.

JOSÉ FLORENTINO MOLERO LOPEZ

Presidente de la Comisión Organizadora

MARÍA JIMÉNEZ DE BENITES

Vicepresidenta Académica de la

Comisión Organizadora

BALDEMAR TENE FARFAN

Vicepresidente de Investigación


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