A 38-2023-MDC/CA_38_2023_MDC/C

ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2023-MDC/C

Autorizan Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a Nivel Institucional

[+] Datos Generales
20230813Legislacion
Fecha de Promulgación :20/07/2023
Fecha de Publicación :13/08/2023
Entrada en vigencia :14/08/2023
Estado :

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Cieneguilla, 20 de julio de 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de julio de 2023, el Memorando N° 114-2023-GAF/MDC, de fecha 02 de marzo de 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 036-2023-MDC/GAF-SGC, de fecha 02 de marzo de 2023, de la Subgerencia de Contabilidad, el Memorándum N° 173-2023-GAF/MDC, de fecha 10 de abril de 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 59-2023-MDC/GAF-SGC, de fecha 10 de abril de 2023, de la Subgerencia de Contabilidad, el Memorando N° 889-2023-MDC/GPP, de fecha 13 de julio de 2023, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Legal N° 192-2023-GAJ/MDC, de fecha 14 de julio de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 472-2023-GM/MDC, de fecha 14 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal, respecto a la propuesta de Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Rubro 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito a Nivel Institucional Vía Crédito Suplementario, que provienen del Saldo de Balance Preliminar y Definitivo del Año Fiscal 2022, y;

CONSIDERANDOS:

Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194°; modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, añadiendo que: “la autonomía que la Constitución Política establece radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción el ordenamiento jurídico”;

Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, mediante Acuerdo de Concejo N° 000049-2022-MDC/C, de fecha 28 de diciembre del 2022 y mediante Resolución de Alcaldía N° 207-2022-MDC/A, de fecha 30 de diciembre del 2022, se aprobó y promulgó respectivamente el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, por el monto estimado de S/ 28´396,528.00 (Veintiocho Millones Trescientos Noventa y Seis Mil Quinientos Veintiocho con 00/100 Soles);

Que, el Artículo 45° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los montos y las finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público solo podrán ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en el Subcapítulo III Modificaciones Presupuestarias del Capítulo II Ejecución Presupuestaria del Título IV Procesos Presupuestarios de la citada norma;

Que, el Artículo 46° Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional, en su numeral 46.1 del mencionado Decreto Legislativo, se precisa que: “Constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante ley. 1. Los Créditos Suplementarios, constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público”;

Que, en el Artículo 50° Incorporación de Mayores Ingresos, numeral 50.1 del mencionado Decreto Legislativo, se establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fiscales vigentes, conforme a lo establecido en el presente artículo, y son aprobados mediante resolución del titular de la entidad cuando provienen de: (…) 3. Los saldos de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la entidad, siempre y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad, de acuerdo con la normatividad vigente;

Que, asimismo el numeral 50.4 del Artículo 50° del mencionado Decreto Legislativo establece que, las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos regionales y gobiernos locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso;

Que, mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, los Modelos, las Fichas y los Lineamientos; asimismo, se aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2023 y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2023, disponiéndose en su Artículo 21°, numeral 21.3 que, las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 50.1 del Artículo 50° del Decreto Legislativo Nº 1440, se sujetan a los límites máximos de incorporación determinados por el MEF que se establecen por Decreto Supremo, según corresponda, en consistencia con las metas y reglas fiscales, y proceden cuando provienen de: (…) iii. Los saldos de balance en fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, los cuales se determinan al establecer la diferencia entre los ingresos recaudados en un año fiscal (que incluye el Saldo de Balance del año fiscal previo) y los gastos devengados al 31 de diciembre en el mismo período. Asimismo, se dispone en el Artículo 28°, numeral 28.1, literal b) que: La incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de recursos por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del Artículo 50° y Artículo 70° del Decreto Legislativo N° 1440, y es promulgado por el Titular del Pliego a través de Resolución de Alcaldía, utilizando el Modelo N° 2/GL;

Que, mediante Memorando N° 114-2023-GAF/MDC, la Gerencia de Administración y Finanzas formaliza la desagregación del Saldo de Balance Preliminar del Año Fiscal 2022, el cual fue remitido por la Subgerencia de Contabilidad mediante el Informe N° 036-2023-MDC/GAF-SGC, correspondiéndole al Rubro 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito el monto de S/ 66,195.95 (Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Cinco con 95/100 Soles) de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;

Que, con Memorándum N° 173-2023-GAF/MDC, la Gerencia de Administración y Finanzas formaliza la desagregación del Saldo de Balance Definitivo del Año Fiscal 2022, el cual fue remitido por la Subgerencia de Contabilidad mediante el Informe N° 59-2023-MDC/GAF-SGC, manteniéndose lo informado de acuerdo al monto indicado en el considerando anterior, respecto al Rubro 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;

Que, mediante Memorando N° 889-2023-MDC/GPP, la Gerencia de Planificación y Presupuesto en el marco de sus funciones y competencias, luego del análisis correspondiente de la información remitida por la Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Contabilidad; solicita y recomienda la autorización y/o aprobación de la propuesta de incorporación mediante Acuerdo de Concejo del Saldo de Balance Preliminar y Definitivo del Año Fiscal 2022 en el Rubro 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por el monto de S/ 66,196.00 (Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Seis con 00/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a Nivel Institucional, Vía Crédito Suplementario, a efectos de otorgar crédito presupuestario a compromisos asumidos por la entidad, de acuerdo al marco normativo vigente y los saldos existentes para gastos de capital en lo que corresponda;

Que, con Informe Legal N° 192-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación de la propuesta de incorporación mediante Acuerdo de Concejo del Saldo de Balance Preliminar y Definitivo del Año Fiscal 2022 en el Rubro 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones

Oficiales de Crédito en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla por encontrarse debidamente sustentado en el marco de los establecido en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023 y la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, los Modelos, las Fichas y los Lineamientos, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01 y demás normas vigentes sobre la materia;

Que, con Memorándum N° 472-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, para ser incluido en la agenda de Sesión de Concejo;

Que, de conformidad a lo dispuesto en los considerandos precedentes, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, los Modelos, las Fichas y los Lineamientos, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; y, en uso de las facultades conferidas en el numeral 16) del Artículo 9° y el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, con la dispensa de trámite de comisiones, de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD de los Señores Regidores;

ACUERDA:

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Artículo Primero.- AUTORIZAR, la INCORPORACIÓN DE MAYORES INGRESOS PÚBLICOS EN EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL MODIFICADO (PIM) 2023 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA a Nivel Institucional, Vía Crédito Suplementario que provienen del Saldo de Balance Preliminar y Definitivo del Año Fiscal 2022, hasta por el monto de S/ 66,196.00 (Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Seis con 00/100 Soles), desagregado de la siguiente manera:

INGRESOS (En Soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

Rubro : 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

1. Ingresos Presupuestarios

1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance

TOTAL INGRESOS : 66,196.00

EGRESOS (En Soles)

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : 150109 Municipalidad Distrital de Cieneguilla

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : 9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos.

PRODUCTO/PROYECTO : 3999999: Sin Producto

ACTIVIDAD : 5001022 Planeamiento Urbano

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

Rubro : 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

2. Gastos Presupuestarios

2. Gastos de Capital

Genérica de Gastos : 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

TOTAL GASTOS : 66,196.00

TOTAL PLIEGO : 66,196.00

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Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la elaboración de las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestal”, que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente acuerdo.

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Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto remitir copia de la presente Resolución y las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria”, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes de su aprobación, a la Municipalidad Metropolitana de Lima.

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Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, para que cumpla con realizar la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.

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Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano” y ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el Portal Estándar de la entidad.

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Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA

Alcalde


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