DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2023-MDS
Precisan ubicación de zona que presenta un Riesgo Muy Alto ante sismos prevista en los Decretos de Alcaldía Nº 3-2023-MDS y Nº 5-2023-MDS
20230813Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 03/08/2023 |
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Fecha de Publicación : | 13/08/2023 |
Entrada en vigencia : | 14/08/2023 |
Estado : |
Lima, 3 de agosto de 2023
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, por Decreto de Alcaldía Nº 03-2023-MDS de fecha 27 de marzo de 2023 se acogió los Informes Nº 003-2023-01-MRR/FFL/STA/SDC/MDS de la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Surquillo y 0062-2023-MML-GRD-SEPRR-GO de la Subgerencia de Estimación, Prevención, Reducción y Reconstrucción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los cuales concluyeron que las Manzanas A, B, C y D de la Urbanización Residencial Limatambo, ubicadas en el distrito de Surquillo, con acceso por la Calle Los Quetzales, Av. Gral. Recavarren, Calle Las Cuculíes y Prolongación Los Faisanes, presentan un riesgo muy alto ante sismos, disponiéndose la suspensión por el plazo de sesenta (60) días calendario, de los trabajos de cualquier tipo a nivel constructivo y excavaciones de construcciones nuevas y/o remodelaciones, así como de la emisión de autorizaciones, derechos o licencias de edificación, demolición y/o remodelación y autorizaciones comerciales en dicha zona, además incluye el área de influencia;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 05-2023-MDS de fecha 1 de junio de 2023, se prorrogó el plazo señalado en los literales a) y b) del numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Alcaldía Nº 3-2023-MDS por noventa (90) días calendario adicionales;
Que, a través del Informe Nº 143-2023-MDS-GDU de fecha 06 de junio de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano pone en conocimiento, que la zona considerada de Riesgo Muy Alto ante sismos en el Decreto de Alcaldía Nº 3-2023-MDS corresponde a las Manzanas A, B, C y D de la Cooperativa de Vivienda de los Empleados del Ministerio de Vivienda y Construcción – Victoria (Cooperativa de Vivienda “Victoria”) del Distrito de Surquillo;
Que, mediante Informe Nº 116-2023-MDS-GDE-SGRD de fecha 15 de junio de 2023, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres informa que en el acervo documentario sobre la zona de Riesgo Muy Alto ante sismos, comprende distintas denominaciones; Cooperativa de Vivienda Victoria Ltda., Conjunto Habitacional Residencial Limatambo, Residencial Limatambo y Urbanización Limatambo;
Que, con Memorandum Nº 205-2023-MDS-GDU de fecha 28 de junio de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano opina por la viabilidad de precisar la denominación de la zona de Riesgo Muy Alto antes sismos, en el sentido que corresponde a las Manzanas A, B, C y D de la Urbanización Residencial Limatambo o Cooperativa de Vivienda Victoria Ltda. o conjunto Habitacional Residencial Limatambo, o Residencial Limatambo o Urbanización Limatambo;
Que, mediante Informe Nº 271-2023-MDS-OGAJ de fecha 25 de julio de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta viable precisar la denominación en la zona de Riesgo Muy Alto ante sismos, prevista en los Decretos de Alcaldía Nº 3-2023-MDS y 5-2023-MDS al presentar distintas denominaciones;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y los artículos 39 y 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- Precisar que la zona que presenta un Riesgo Muy Alto ante sismos prevista en los Decretos de Alcaldía Nº 3-2023-MDS y 5-2023-MDS se encuentra ubicada en las Manzanas A, B, C y D de la Urbanización Residencial Limatambo o Cooperativa de Vivienda Victoria Ltda. o Conjunto Habitacional Residencial Limatambo o Residencial Limatambo o Urbanización Limatambo, ubicadas en el distrito de Surquillo, con acceso por la Calle Los Quetzales, Av. Gral. Recavarren, Calle Las Cuculíes y Prolongación Los Faisanes.
Artículo 2.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico, Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, Subgerencia de Participación Vecinal y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Secretaria del Concejo la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina General de Gobierno Electrónico y Digital la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ
Alcaldesa