ACUERDO DE CONCEJO N° 011-2023-MDSR
Aprueban la remuneración mensual de Alcalde y disponen mantener la dieta de regidores de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa
20230428Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 30/03/2023 |
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Fecha de Publicación : | 28/04/2023 |
Entrada en vigencia : | 29/04/2023 |
Estado : |
Santa Rosa, 30 de marzo del 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA
ROSA
VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N°0174-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N°021-2023-MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°045-2023-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°039-2023-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas, así como el Informe N°0123-2023-SGRH/GAF//MDSR de la Subgerencia de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 12° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estable que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgar más de cuatro dietas mensuales a cada regidor, las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones; por su parte el artículo 21° del indicado texto legal refiere que el monto mensual de la remuneración del acalde es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones delcaso;
Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, se establecieron las disposiciones que permiten a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el marco de la Ley N° 28212, modificad por el Decreto de Urgencia N° 038-2006, no obstante, mediante Decreto Supremo N° 413-2019-EF, se aprobaron los montos de la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales, comprendidos en el literal a) del artículo 52° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, detallados en un Anexo que forma parte de esta norma, señalando además en su primera disposición complementaria final, que no se autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores;
Que, en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 025- 007-PCM, señala que las dietas que corresponden percibir a los regidores municipales, en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde correspondiente;
Que, mediante Informe N° 0123-2023-SGRH/GAF/MDSR la Subgerencia de Recursos Humanos refiere que, tras la verificación de la población electoral del distrito, el monto de la remuneración del Alcalde corresponde al Nivel V del Anexo 01 del Decreto Supremo N° 413-2019-EF, esto es, en la suma de S/. 6,200.00 (Seis Mil Doscientos con 00/100 soles); por otro lado, que las dietas de los regidores, se mantiene en la suma de S/. 1,014.00 (Mil Catorce y 00/100 Soles) por su asistencia efectiva hasta a dos sesiones de concejo al mes;
Que, mediante Informe N° 045-2023-GPP-MDSR emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se da cuenta de la existencia de disponibilidad presupuestal para atender la remuneración del Alcalde y la dieta de los regidores, correspondiente al año fiscal 2023.
Que, con el Informe Legal N° 021-2023-MDSR/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de remuneración del Alcalde y la dieta actual de los regidores de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, se encuentran enmarcadas dentro de los alcances del Decreto Supremo N° 413-2019-EF, e indica que corresponde al concejo municipal su aprobación mediante Acuerdo de Concejo;
En atención a las atribuciones conferidas por el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO de los miembros del Concejo Municipal de Santa Rosa y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, Lima, en S/. 6,200.00 (Seis Mil Doscientos con 00/100 Soles), conforme a los parámetros establecidos en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF.
Artículo Segundo.- MANTENER la dieta de los señores regidores de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, Lima, en S/. 1,014.00 (Mil Catorce con 00/100 Soles), suma equivalente al 30% de la remuneración del alcalde, por su asistencia efectiva hasta a dos (2) sesiones de concejo al mes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente acuerdo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asimismo a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación del mismo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GEORGE ROBLES SOTO
Alcalde