RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 297-2023-MDSJL
Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho
20230414Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 22/03/2023 |
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Fecha de Publicación : | 14/04/2023 |
Entrada en vigencia : | 15/04/2023 |
Estado : |
San Juan de Lurigancho, 22 de marzo de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN
DE LURIGANCHO
VISTO: El Proveído N° 497-2023-GM/MDSJL, de la Gerencia Municipal, de fecha 28 de febrero de 2023; el Informe Legal Nº 055-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 28 de febrero de 2023; el Informe N° 030-2023-GAF/MDSJL, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de fecha 21 de febrero de 2023; el Informe Nº 071-2023-GP/MDSJL, de la Gerencia de Planificación, de fecha 16 de febrero de 2023; el Informe N° 042-2023-SGDICNI-GP/MDSJL, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, de fecha 15 de febrero de 2023; el Memorando Nº 072-2023-GDS/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Social, de fecha 13 de febrero de 2023; el Informe Nº 016-2023-SGECDJ-GDS/MDSJL, de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, de fecha 10 de febrero de 2023; todos respecto a la incorporación del servicio de: “Uso de Piscina por horas” en el Texto Único de Servicios NO Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho; y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que cuentas con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, conforme al artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades “Las Municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: (…) 18. Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación, de manera permanente, en la niñez, la juventud y el vecindario en general, así como coordinan con las entidades públicas responsables y convocan la participación del sector privado”;
Que, el numeral 43.4, del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 486-2017-A/MDSJL, de fecha 03 de mayo de 2017, se apruebo el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444;
Que, a través del Informe N° 042-2023-SGDICNI-GP/MDSJL, de fecha 15 de febrero de 2023, la Gerencia de Desarrollo Social, traslada el Informe Nº 016-2023-SGECDJ-GDS/MDSJL, de fecha 10 de febrero de 2023, mediante el cual la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, manifiesta la necesidad de incorporar el servicio de: “Uso de Piscina por horas” en el Texto Único de Servicios NO Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho;
Que, asimismo, todas las unidades orgánicas involucradas, así como la Gerencia de Planificación con sus subgerencias a cargo y la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitieron su opinión favorable respecto a la propuesta planteada por la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes;
Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, conforme a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y en uso a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESUS MALDONADO AMAO
Alcalde
ANEXO 1
Incorporación en el Texto Único de Servicios
No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho del procedimiento denominado: “Servicio Uso de Piscina (Hora Libre)”
Nº | DENOMINACIÓN DEL SERVICIO NO EXCLUSIVO | REQUISITOS | PRECIO | PLAZO MAX. ENTREGA | |
REFERENCIA | S/ | ||||
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL | |||||
SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUDES | |||||
OTROS SERVICIOS | |||||
5.43 | Servicio Uso de Piscina (Hora Libre) | 1. Presentación de DNI | Niños | S/. 2.00 | Lunes a Viernes |
2. Pago de derecho. | Adultos | S/. 4.00 | |||
Niños | S/. 3.00 | Sábados y Domingos | |||
Adultos | S/. 5.00 |