ORDENANZA REGIONAL Nº 495-AREQUIPA
Ordenanza Regional que dispone incluir, en el Plan Educativo Regional y/o Actividades Educativas, desarrolladas por la Gerencia Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, los servicios de apoyo educativo de la Educación Básica Especial
20230304Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 15/02/2023 |
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Fecha de Publicación : | 04/03/2023 |
Entrada en vigencia : | 05/03/2023 |
Estado : |
El Consejo Regional de Arequipa
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Que, estando a las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA QUE ESTABLECE SE INCLUYA EN EL PLAN EDUCATIVO REGIONAL Y/O ACTIVIDADES EDUCATIVAS, DESARROLLADAS POR LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN Y LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, LOS SERVICIOS DE APOYO EDUCATIVO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL
Artículo Primero.- INCLUIR, en el Plan Educativo Regional y/o Actividades Educativas, desarrolladas por la Gerencia Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, los servicios de apoyo educativo de la Educación Básica Especial, promoviéndose la creación de modelos de servicio educativo y formas de atención diversificada dirigido a personas con discapacidad congénita o adquirida, que le dificulte su aprendizaje regular, el acceso a la información, participación en todos los espacios educativos, y/o necesiten el aprendizaje de técnicas compensatorias que contribuyan a su participación plena y efectiva en la sociedad.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Gerencia Regional de Educación, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los veinticinco días del mes de enero del 2023.
MIGUEL ÁNGEL LINARES RIVEROS
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los quince días del mes de febrero del dos mil veintitrés.
ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa