RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2023-MINEDU
Delegan, durante el Año Fiscal 2023, las facultades de presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal ante la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y de aprobación del Presupuesto Analítico de Personal correspondiente a cada Unidad Ejecutora, en los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación
20230227Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 27/02/2023 |
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Fecha de Publicación : | 27/02/2023 |
Entrada en vigencia : | 28/02/2023 |
Estado : | |
Comentario: | Publicada en Edición Extraordinaria, distribuida con el diario oficial El Peruano el 28/02/2023. |
Lima, 27 de febrero de 2023
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° UPP2022-INT-0310560; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, se aprueba la Directiva N° 005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” (en adelante, la Directiva), con la finalidad de contribuir con la asignación y utilización eficiente de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;
Que, respecto a la presentación de la propuesta del PAP, el numeral 13.3 del artículo 13 de la Directiva señala que la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP de las Unidades Ejecutoras, deberá ser presentada de manera individual, a través del Titular del Pliego, o a quien éste delegue;
Que, en lo concerniente a la aprobación del PAP, los numerales 14.6 y 14.7 del artículo 14 de la Directiva, señalan que el Titular de la Entidad o a quien éste delegue expresamente dicha función, es responsable de emitir el acto administrativo de aprobación del PAP, previa opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos - DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas, y de acuerdo con los términos definidos en el informe de la Dirección de Técnica y de Registro de Información - DTRI; precisando además que el Titular del Pliego aprueba el PAP de sus Unidades Ejecutoras, salvo delegación expresa al Titular de la Entidad de la Unidad Ejecutora;
Que, con Resolución Ministerial N° 021-2023-MINEDU, se designa a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondientes al Año Fiscal 2023;
Que, con Oficio N° 00365-2023-MINEDU/SG-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos remite el Informe N° 00259-2023-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, por medio del cual la Oficina de Gestión de Personal sustenta y propone la emisión de la Resolución Ministerial que delegue en los Responsables de trece (13) Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, la facultad para presentar la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal ante la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y para la aprobación del mismo, durante el Año Fiscal 2023;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, que aprueba la Directiva N° 005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar, durante el Año Fiscal 2023, las facultades de presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal ante la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y de aprobación del Presupuesto Analítico de Personal correspondiente a cada Unidad Ejecutora, en los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación detallados a continuación:
UNIDAD EJECUTORA | DESCRIPCIÓN | RESPONSABLE DE PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DEL PAP |
001 | USE 01 San Juan de Miraflores | Director (a) de la UGEL |
002 | USE 02 San Martín de Porras | Director (a) de la UGEL |
003 | USE 03 Cercado | Director (a) de la UGEL |
004 | USE 04 Comas | Director (a) de la UGEL |
005 | USE 05 San Juan de Lurigancho | Director (a) de la UGEL |
006 | USE 06 Vitarte | Director (a) de la UGEL |
007 | USE 07 San Borja | Director (a) de la UGEL |
017 | Dirección de Educación de Lima | Director (a) de la DRELM |
021 | Escuela Nacional de Bellas Artes | Director (a) General |
022 | Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico | Director (a) General |
023 | Escuela Nacional Superior de Folklore “J.M.A.” | Director (a) General |
122 | Escuela Nacional Superior de Ballet | Director(a) General |
123 | Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Guillermo Ugarte Chamorro” | Director(a) General |
Artículo 2.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente Resolución son indelegables, y comprenden la facultad de decidir y resolver, que incluye la aprobación o denegación, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso.
Artículo 3.- Disponer que el personal en quien se han delegado las diferentes facultades materia de la presente Resolución Ministerial, deben dar cuenta e informar al Despacho Ministerial dentro de los cinco (5) días siguientes de culminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución a las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación citadas en el artículo 1, a la Secretaría General y a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA
Ministro de Educación