RM 113-2023-DERM_113_2023_DE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0113-2023-DE

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en misión de estudios

[+] Datos Generales
20230208Legislacion
Fecha de Promulgación :03/02/2023
Fecha de Publicación :08/02/2023
Entrada en vigencia :09/02/2023
Página El Peruano:17
Estado :

[+]

Lima, 3 de febrero de 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 0350/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00148-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00177-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Múltiple Nº 00928-2022-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa remite a la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio Nº 02425-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, a través del cual la Dirección General de Relaciones Internacionales comunica, que la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en Brasil informó, que el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Brasil (EMCFA) ofrece vacantes de estudio para el año 2023, dirigido a personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas del Perú, siendo entre otros, para el curso de Altos Estudios en Defensa (CAED), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil;

Que, con Oficio Nº 7508/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica, al Agregado Naval de Brasil en el Perú, la designación del Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE, para que participe en el referido curso;

Que, mediante Oficio Nº 195/52, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil informa a la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú que, el inicio de clases del curso de Altos Estudios en Defensa (CAED) será el 27 de febrero de 2023 y la fecha de término será el 1 de diciembre de 2023. Asimismo, el Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE deberá encontrarse en la ciudad de Brasilia cinco (5) días antes del inicio de clases, con la finalidad de realizar trámites administrativos y personales, de igual manera, precisa que la Escuela Superior de Defensa cubrirá únicamente los gastos de instrucción, los desplazamientos aéreos y terrestres de los viajes y visitas de estudio;

Que, a través del Informe Legal Nº 004-2023/AS-DGE, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE, para que participe en el citado curso. Asimismo, teniendo en cuenta que el mencionado Oficial Superior debe encontrarse en la ciudad de Brasilia cinco (5) días antes del inicio del curso, conforme a lo recomendado por el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil, se debe autorizar su salida del país el día 21 de febrero y su retorno el 2 de diciembre de 2023;

Que, con Oficio Nº 072/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje al exterior del citado Oficial Superior, en misión de estudios; asimismo, adjunta la Exposición de Motivos, la cual señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, por cuanto, le permitirá al Oficial desarrollar competencias de seguridad, desarrollo y defensa, a partir de estudios de la realidad brasileña y su entorno, priorizando los intereses de la función estatal Defensa Nacional, con el fin de proporcionar profesionales de gestión y asesoramiento instrumental superior teórico - práctico, útil para la formulación de políticas y estrategias en el campo de la Defensa en un sentido amplio;

Que, la Hoja de Gastos Nº 002-2023 suscrita por la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, señala que los gastos por pasajes aéreos internacionales, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 002-2023, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, las Certificaciones de Crédito Presupuestario 0000000001, Nº 0000000002 y Nº 0000000004 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantizan el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, considerando los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de las actividades programadas, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de las mismas, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 0350/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE, para realizar trámites administrativos correspondientes y participar en el curso de Altos Estudios en Defensa (CAED), en la República Federativa de Brasil, del 22 de febrero al 1 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 21 de febrero y su retorno el 2 de diciembre de 2023;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; y, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, con Oficio N° 00148-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 030-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, con Informe Legal N° 00177-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE, para que efectúe los trámites administrativos correspondientes y participe en el curso de Altos Estudios en Defensa (CAED), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

[original] [+]

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Navío Williams Francisco SALCEDO BUSTAMANTE, identificado con CIP N° 00926127 y DNI N° 09828987, para que efectúe los trámites administrativos correspondientes y participe en el curso de Altos Estudios en Defensa (CAED), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 22 de febrero al 1 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 21 de febrero y su retorno el 2 de diciembre de 2023.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a lo siguiente:

Pasaje aéreo: Lima – Brasilia (República Federativa de Brasil) - Lima

Clase económica

US$ 2,097.90 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 2,097.90

Gastos de Traslado: (Equipaje, bagaje e instalación)

US$ 6,272.09 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 12,544.18

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 6,272.09 / 28 x 7 días (feb.) x 1 persona US$ 1,568.02

US$ 6,272.09 x 9 meses (mar.-nov.) x 1 persona US$ 56,448.81

US$ 6,272.09 / 31 x 1 día (dic.) x 1 persona US$ 202.33

Total a pagar US$ 72,861.24

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 6.- El Oficial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 7.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 8.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

KEYWORDS:
[original] [+]

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA

Ministro de Defensa


_________________________